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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2002 (18/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 67

Pág. 215953 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de enero de 2002 Ítem Plazo aA más tardar el 30 de noviembre bDentro de los 30 días naturales a partir del en- cargo cDentro de los 180 días naturales a partir de la adjudicación dDentro de los 7 días naturales a partir de la pre- sentación del estudio eANULAR fDentro de los 10 días naturales a partir de la pu- blicación gDentro de los 10 días útiles a partir de las obser- vaciones presentadas hDentro de los 20 días naturales a partir del infor- me final iDentro de los 15 días naturales a partir de la apro- bación del VAD jUn día natural a partir de la audiencia pública kDentro de los 10 días naturales a partir de la pu- blicación lDentro de los 5 días naturales a partir de la re- consideración mANULAR nDentro de los 30 días naturales a partir de la re- consideración ñDentro de los 2 días naturales siguientes a su interposición pPublicación de los VAD DEFINITIVOS antes del 15 de octubre oDesde el inicio hasta el fin del Proceso. Análisis del OSINERG Con las modificaciones de plazos que se han indicado anteriormente, los plazos que se señalan en el Anexo C han variado lo que implica, a su vez, la variación lógica del cronograma previsto originalmente. La realización de la Audiencia Pública para la pre- sentación y sustento del Estudio de Costos del VAD no debe ser anulada por cuanto se atentaría contra el principio de transparencia cortando la posibilidad de los usuarios e interesados en general a expresar opi- nión. Conclusión El Anexo C incluirá la nueva fecha de inicio del procedi- miento para la fijación de las tarifas de distribución eléctri- ca y la ampliación del plazo para la elaboración del estudio de costos. No debe anularse del proceso la realización de la Au- diencia Pública prevista para presentación y sustento del estudio de costos. 2.6.6. Comentario 6 Argumento La concesionaria solicita modificar el texto de las facultades del ítem "h" del numeral 1 del anexo C de la siguiente forma: " revisado y analizado el informe final del estudio de costos del VAD, se procede a aprobar los informes, estudios, dictámenes o modelos econó- micos que sustenten la resolución de fijación del VAD, los cuales serán publicados en la página WEB con excepción de información clasificada como confiden- cial por el OSINERG" . Análisis del OSINERG La propuesta del concesionario, modifica y excede lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 124-2001-PCM, que obliga al regulador a la publicación en su página web institucional de una relación de la información.Conclusión No se acepta la propuesta del concesionario. 2.6.7. Comentario 7 Argumento La recurrente solicita modificar el texto de las faculta- des del ítem "e" del numeral 2 del anexo C: "revisado y analizado el informe final del estudio de costos de Conexión, se procede a aprobar los informes, estudios, dictámenes o modelos económicos que sustenten la resolución de fija- ción del VAD, los cuales serán publicados en la página WEB con excepción de información clasificada como con- fidencial por el OSINERG." Análisis del OSINERG La propuesta del concesionario, modifica y excede lo dispuesto en el último párrafo del Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 124-2001-PCM, que obliga al regulador a la publicación en su página web institucional de una relación de la información. Conclusión No se acepta la propuesta del concesionario. 2.6.8. Comentario 8 Argumento Edelnor S.A.A. solicita se explique el significado de los términos días útiles y naturales contenidos en los anexos del Proyecto de Norma. Análisis del OSINERG Se acepta el comentario de Edelnor S.A.A. en el senti- do de que es necesario definir los términos señalados an- teriormente. Conclusión Se incluirá en el Artículo 4º del documento "Procedi- mientos para la Fijación de Precios Regulados" la defini- ción solicitada. 2.7. Luz del Sur S.A.A. Con fecha 7.1.2002 se recibió, vía correo electrónico, un comentario general de la empresa Luz del Sur S.A.A. al Proyecto de Norma publicado. A continuación se detalla las sugerencias propuestas. 2.7.1. Comentario General Argumento Luz del Sur S.A.A. solicita que se publiquen los infor- mes definitivos que sirven de base a la Resolución que fija las tarifas, con anterioridad a la realización de la Audiencia Pública de presentación de Tarifas en Barra (Anexo A), de presentación de Tarifas y Compensaciones para el Siste- ma Secundario de Transmisión (Anexo B), de presentación del VAD (numeral 1, Anexo C) y de presentación de los Costos de Conexión (numeral 2, Anexo C). Análisis del OSINERG La propuesta del concesionario cambia y excede lo dis- puesto en el Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 124-2001- PCM, la misma que en su tercer párrafo señala que el Or- ganismo Regulador debe incluir en su página web una re- lación de la información a que se refiere el primer párrafo de dicho artículo. Conclusión No es posible atender el pedido del concesionario por no adecuarse con lo dispuesto en el Artículo 5º del Decre- to Supremo Nº 124-2001-PCM. 11290