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Pág. 216852 NORMAS LEGALES Lima, martes 5 de febrero de 2002 ra Coactiva de la Intendencia Regional Ica, efectuado me- diante Resolución de Superintendencia Nº 068-1998/SUNAT. Artículo 2º.- Nombrar como Ejecutora Coactiva, encarga- da de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regio- nal Ica, a la abogada Sra. Lilian Fátima Curuchaga Zevallos. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 2447 Autorizan prorrogar plazos de contra- tos de arrendamiento de inmuebles ubicados en la ciudad de Cajamarca mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 008-2002/SUNAT Lima, 4 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Público o Adjudicaciones Directas las prórrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa ma- yor al crecimiento del índice general de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneración correspondien- te, la contratación debe efectuarse a través de un proceso de adjudicación de menor cuantía, conforme a lo estable- cido por el Artículo 20º de dicho Texto; Que en los Artículos 105º y 116º del referido Regla- mento se establecen los procedimientos a que deben so- meterse tales contrataciones precisándose que deberá in- dicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se en- cargará de llevar a cabo la contratación; Que el Informe Técnico Nº 22-2001-ID1010 indica que el local donde actualmente funciona el almacén de bienes em- bargados y comisados de la Oficina Zonal Cajamarca se en- cuentra acondicionado e implementado para operar como tal; Que, adicionalmente, en dicho Informe se precisa que si bien se ha arrendado un nuevo local, para que funcionen en él tanto la sede administrativa de la Oficina como el Centro de Servicios al Contribuyente y el almacén de bienes embargados y comisados, éste debe ser acondicionado y, habiendo sido solicitada con Memorándum Nº 53-2002-ID1010, la prórroga por tres meses del contrato de arrendamiento de local referido en el considerando precedente, dicha prórroga procede de con- formidad con lo dispuesto en el Artículo 20º del mismo Texto; Que el Informe Legal Nº 01-2002-KG0000 precisa que es factible exonerar del respectivo proceso de selección la prórroga de dicho contrato de conformidad con lo dispues- to en los Artículos 19º y 20º del citado Texto; Que lo expuesto en los citados Informes justifican técnica y legalmente la exoneración del proceso de selección para la pró- rroga del contrato de arrendamiento, cumpliéndose así con lo establecido en el Artículo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 y en los Artículos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, y en uso de las facultades conferidas en el inciso m) del Artículo 6º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por Resoluciones de Superintendencia Nºs. 004- 2001/SUNAT y 129-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de adjudicación direc- ta selectiva la prórroga del contrato de arrendamiento del in- mueble ubicado en Av. Independencia Nº 903 (entrada princi- pal) y Jr. América 100 (entrada de vehículos) en la ciudad de Cajamarca, por el plazo de tres meses contados a partir del 1 de enero al 1 de abril de 2002, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina Zonal Cajamarca a suscribir contrato con la Sra. Rosa María Posadas Bazán mediante Adjudicación de Menor Cuantía y por una renta mensual de S/. 2 074,00 incluido impuestos de ley. Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copia de la presente Resolución ydel informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calenda- rio siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 2448 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 009-2002/SUNAT Lima, 4 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Público o Adjudicaciones Directas las prórrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa ma- yor al crecimiento del índice general de precios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneración correspondien- te, la contratación debe efectuarse a través de un proceso de adjudicación de menor cuantía, conforme a lo estable- cido por el Artículo 20º de dicho Texto; Que en los Artículos 105º y 116º del referido Regla- mento se establecen los procedimientos a que deben so- meterse tales contrataciones precisándose que deberá in- dicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se en- cargará de llevar a cabo la contratación; Que el Informe Técnico Nº 22-2001-ID1010 indica que el local donde actualmente funciona la sede administrativa de la Oficina Zonal Cajamarca se encuentra acondicionado e implementado para operar como tal; Que, adicionalmente, en dicho Informe se precisa que si bien se ha arrendado un nuevo local, para que funcionen en él tanto la sede administrativa de la Oficina como el Centro de Servicios al Contribuyente y el almacén de bienes embargados y comisados, éste debe ser acondicionado y, habiendo sido solicitada con Memorándum Nº 53-2002-ID1010, la prórroga por tres meses del contrato de arrendamiento de local referido en el considerando precedente, dicha prórroga procede de con- formidad con lo dispuesto en el Artículo 20º del mismo Texto; Que el Informe Legal Nº 01-2002-KG0000 precisa que es factible exonerar del respectivo proceso de selección la prórroga de dicho contrato de conformidad con lo dispues- to en los Artículos 19º y 20º del citado Texto; Que lo expuesto en los citados Informes justifican técnica y legalmente la exoneración del proceso de selección para la pró- rroga del contrato de arrendamiento, cumpliéndose así con lo establecido en el Artículo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 y en los Artículos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, y en uso de las facultades conferidas en el inciso m) del Artículo 6º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por Resoluciones de Superintendencia Nºs. 004- 2001/SUNAT y 129-2001 /SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de adjudicación di- recta selectiva la prórroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en Jr. Apurímac Nº 688 1er. piso, Oficinas 208 y 209 del 2do. piso y dos interiores del Jr. Apurímac Nº 694, Cajamarca, sede de la Oficina Zonal Cajamarca de SUNAT, por el plazo de tres meses contados a partir del 1 de enero al 1 de abril de 2002, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina Zonal Cajamarca a suscribir contrato con la Sociedad de Beneficencia Pública de Cajamarca mediante Adjudicación de Menor Cuantía y por una renta mensual de S/. 5 000,00 incluido impuestos de ley. Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copia de la presente Resolución y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría Ge- neral de la República, dentro de los diez días calendario si- guientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 2449