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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (11/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 217163 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de febrero de 2002REQUISITOS DERECHOS CALIFICACIÓNDEPENDENCIA DONDEDEPENDENCIA QUE RECURSO DE RESOLUCIÓN DELRECURSO DERESOLUCIÓN DEL ADMINISTRATIVOS SE INICIA ELAPRUEBA EL TRÁMITERECONSIDERACIÓN RECURSO DE APELACIÓN RECURSO DE PROCEDIMIENTO RECONSIDERACIÓN APELACIÓN Nacional de Identidad, una fotografía que cumpla con los requisitos la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto del anexo Nº1. pronunciamiento solicitante de acuerdo en conocimiento alguno. al formulario, debiendo del solicitante u sustentarse opera el silencio necesariamente en administrativo nueva prueba. negativo. Es de trámite gratuito. 8. RECTIFICACIÓN DE PRENOMBRES, APELLIDOS U OTROS DATOS DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO: Presenta tres modalidades: a. RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA: Procede cuando se determine algún error material o se haya omitido alguna información relativa a la inscripción. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración Rectificación: GratuitaEvaluación previa Unidad de recepción deDivisión Central de Dentro de los 15 díasDivisión Central de Dentro de los 15Gerencia de jurada Opera el silencio documentos. Procesos. hábiles posteriores a laProcesos. días hábiles Operaciones. 2. Copia certificada del Acta de Nacimiento expedida por el RegistroEmisión de DNI: 1% UIT enadministrativo negativo, fecha en que el posteriores a la del Estado Civil o Título de Naturalización, según el caso, con la territorio nacional y si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el rectificación correspondiente. extranjero. la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto 3. Pago de derechos administrativos pronunciamiento solicitante de acuerdo en conocimiento 4. Solamente para los ciudadanos que no tienen Documento alguno. al formulario, debiendo del solicitante u Nacional de Identidad, una fotografía que cumpla con los requisitos sustentarse opera el silencio del anexo Nº 1. necesariamente en administrativo nueva prueba. negativo. Adicionalmente, en el caso de adoptados se deberá cumplir Es de trámite gratuito. con los requisitos del anexo Nº 5. Las personas bautizadas antes del 14 de noviembre de 1936, podrán sustentar la rectificación que se solicita con original de la correspondiente Partida de Bautismo certificada por el notario eclesiástico. b. RECTIFICACIÓN JUDICIAL: Procede cuando el solicitante ha obtenido un pronunciamiento judicial firme respecto de la pretensión de suprimir, adicionar o modificar alguno de sus prenombres, apellidos u otros datos de la Partida de Nacimiento. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración Rectificación: GratuitaEvaluación previa Unidad de recepción deDivisión Central de Dentro de los 15 díasDivisión Central de Dentro de los 15Gerencia de jurada Opera el silencio documentos. Procesos. hábiles posteriores a laProcesos. días hábiles Operaciones. 2. Copia certificada del Acta de Nacimiento original expedida por elEmisión de DNI: 1% UIT enadministrativo negativo, fecha en que el posteriores a la Registro del Estado Civil con la anotación marginal de territorio nacional y si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el pronunciamiento judicial firme de la rectificación. extranjero. la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto 3. Pago de derechos administrativos pronunciamiento solicitante de acuerdo en conocimiento 4. Solamente para los ciudadanos que no tienen Documento alguno. al formulario, debiendo del solicitante u Nacional de Identidad, una fotografía que cumpla con los requisitos sustentarse opera el silencio del anexo Nº 1. necesariamente en administrativo nueva prueba. negativo. Adicionalmente, en el caso de adoptados se deberá cumplir Es de trámite gratuito. con los requisitos del anexo Nº 5. Las personas bautizadas antes del 14 de noviembre de 1936, podrán sustentar la rectificación que se solicita con la correspondiente Partida de Bautismo original certificada por el notario eclesiástico. c. RECTIFICACIÓN NOTARIAL: Procede cuando el solicitante ha obtenido la rectificación propuesta ante notario público dentro de su competencia. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración Rectificación: GratuitaEvaluación previa Unidad de recepción deDivisión Central de Dentro de los 15 díasDivisión Central de Dentro de los 15Gerencia de jurada Opera el silencio documentos. Procesos. hábiles posteriores a laProcesos. días hábiles Operaciones. 2. Copia certificada del Acta de Nacimiento original expedida por elEmisión de DNI: 1% UIT enadministrativo negativo, fecha en que el posteriores a la Registro del Estado Civil con la anotación marginal de la escrituraterritorio nacional y si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el pública correspondiente a la rectificación. extranjero. la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto 3. Pago de derechos administrativos pronunciamiento solicitante de acuerdo en conocimiento