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Pág. 217173 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de febrero de 2002REQUISITOS DERECHOS CALIFICACIÓNDEPENDENCIA DONDEDEPENDENCIA QUE RECURSO DE RESOLUCIÓN DELRECURSO DERESOLUCIÓN DEL ADMINISTRATIVOS SE INICIA ELAPRUEBA EL TRÁMITERECONSIDERACIÓN RECURSO DE APELACIÓN RECURSO DE PROCEDIMIENTO RECONSIDERACIÓN APELACIÓN NOMBRE DEL ARCHIVO : LIS_ADE.DBF Es de trámite gratuito. negativo. NombreDescripción TipoLongitud NUM_PAGNúmero de página o folioNumérico6 NUM_ITENúmero de línea o ítemNumérico2 DOC_IDEDocumento de identidadCaracter8 APE_PATApellido Paterno Caracter40 APE_MATApellido Materno Caracter40 NOM_ADENombres Caracter35 4. Pago de derechos administrativos. ENTIDAD: REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL UNIDAD ORGÁNICA: UNIDAD DE CALIFICACIÓN DE TÍTULOS DE LA GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA 35. AUTENTICACIÓN DE FIRMA EN LA COPIA CERTIFICADA DE HECHOS VITALES: Autenticación de la firma del funcionario autorizado puesta en la copia certificada de las actas de nacimiento, matrimonio o defunción, para ser utilizada ante autoridades extranjeras. Dichas copias certificadas no deben tener una antigüedad mayor al 04 Enero 1999, de conformidad con la Resolución Jefatural Nº 001-99 JEF/RENIEC. 1. Copia certificada del acta de hecho vital a autenticar. 0.50 % de la UIT. Evaluación previa. Unidad de CalificaciónUnidad de Calificación deDentro de los 15 díasUnidad de CalificaciónDentro de los 15Gerencia de 2. Pago de derechos administrativos. Opera el silencio de Títulos. Títulos. hábiles posteriores a lade Títulos. días hábiles Asesoría Jurídica. 3. Copia del documento de identidad del solicitante. administrativo negativo, fecha en que el posteriores a la si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto pronunciamiento solicitante, debiendo en conocimiento alguno. sustentarse del solicitante u necesariamente en opera el silencio nueva prueba. administrativo Es de trámite gratuito. negativo. ENTIDAD: REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL UNIDAD ORGÁNICA: GERENCIA GENERAL 36. ACCESO A INFORMACIÓN QUE POSEE O PRODUCE EL RENIEC: Acceso a información que posee o produce el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con excepción de aquella información que afecte la intimidad personal y la que expresamente se excluya por ley o por razones de seguridad nacional, así como por encontrarse el expediente administrativo en trámite o por carecer de la información solicitada. Esta información se refiere a estados financieros, convenios suscritos con diversas instituciones, procesos de selección y contratos de adquisición de bienes y servicios, presupuestos anuales, y acciones administrativas de personal. 1. Solicitud dirigida a la Gerencia General precisando la información0.4 % de la UIT. Evaluación previa. Gerencia General.Gerencia General. Dentro de los 15 díasGerencia General. Dentro de los 15Jefatura Nacional. a la que desea acceder y el medio de reproducción. Opera el silencio hábiles posteriores a la días hábiles 2. Copia simple de documento de identidad del solicitante para administrativo positivo, fecha en que el posteriores a la persona natural u original del Poder en caso de persona si transcurridos 7 días, rechazo es puesto en fecha en que el jurídica. la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto 3. Declaración Jurada del solicitante comprometiéndose a cancelarReproducción: pronunciamiento solicitante o mediante en conocimiento el costo incurrido por la reproducción o copia de la información. Copia fotostática por folio:alguno. notificación, debiendo del solicitante 4. Pago de derechos administrativos. 0.015 % U.I.T. sustentarse mediante notificación. Copia en unidad necesariamente en disquete: nueva prueba. 0.15 % U.I.T. Es de trámite gratuito. Disposición Final.- Las rectificaciones de datos del Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, que no estén consignadas en el Documento Nacional de Identidad (DNI), serán de trámite gratuito en tanto no demande emisión del DNI.