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Pág. 217166 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de febrero de 2002REQUISITOS DERECHOS CALIFICACIÓNDEPENDENCIA DONDEDEPENDENCIA QUE RECURSO DE RESOLUCIÓN DELRECURSO DERESOLUCIÓN DEL ADMINISTRATIVOS SE INICIA ELAPRUEBA EL TRÁMITERECONSIDERACIÓN RECURSO DE APELACIÓN RECURSO DE PROCEDIMIENTO RECONSIDERACIÓN APELACIÓN del anexo Nº 1. sustentarse opera el silencio necesariamente en administrativo nueva prueba. negativo. Es de trámite gratuito. 15. RECTIFICACIÓN DE ESTATURA: Se tramita con la simple declaración jurada que formula el solicitante al llenar el formulario de Identidad. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración Gratuito Evaluación previa Unidad de recepción deDivisión Central de Dentro de los 15 díasDivisión Central de Dentro de los 15Gerencia de jurada Opera el silencio documentos. Procesos. hábiles posteriores a laProcesos. días hábiles Operaciones. 2. Pago de derechos administrativos. administrativo negativo, fecha en que el posteriores a la 3. Solamente para los ciudadanos que no tienen Documento si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el Nacional de Identidad, una fotografía que cumpla con los requisitos la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto del anexo Nº1. pronunciamiento solicitante de acuerdo en conocimiento alguno. al formulario, debiendo del solicitante u sustentarse opera el silencio necesariamente en administrativo nueva prueba. negativo. Es de trámite gratuito. 16. ACTUALIZACIÓN DE IMAGEN: Se tramita cuando la persona desea efectuar un cambio de su firma autógrafa, fotografía o incluso impresión digital sólo por la pérdida del dedo o el mejoramiento de los dactilogramas de la impresión capturada. 1. Formulario, el mismo que tiene el carácter de declaración En territorio Evaluación previa. Unidad de recepción deDivisión Central de Dentro de los 15 díasDivisión Central de Dentro de los 15Gerencia de jurada nacional y Opera el silencio documentos. Procesos. hábiles posteriores a laProcesos. días hábiles Operaciones. 2. Pago de derechos administrativos. extranjero: 1% UIT. administrativo negativo, fecha en que el posteriores a la 3. Una fotografía que cumpla los requisitos del anexo Nº 1. si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el El ciudadano también deberá presentar una fotografía cuando la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto solicite sólo el cambio de firma o impresión digital. pronunciamiento solicitante de acuerdo en conocimiento alguno. al formulario, debiendo del solicitante u Sólo para cambio de impresión digital por pérdida del dedo o sustentarse opera el silencio mejoramiento de los dactilogramas de la impresión capturada, se necesariamente en administrativo requerirá adicionalmente el formato de Prueba Decadactilar. nueva prueba. negativo. Es de trámite gratuito. 17. IMPUGNACIÓN A LA INSCRIPCIÓN: Trámite para obtener la cancelación de una inscripción que causa agravio a otra persona. 1. Recurso fundamentado, adjuntando medios probatorios, Gratuito Evaluación previa. División Central deDivisión Central de Dentro de los 15 díasDivisión Central de Dentro de los 15Gerencia de dirigido a la Jefatura de la División Central de Procesos, en el Opera el silencio Procesos Procesos. hábiles posteriores a laProcesos. días hábiles Operaciones. que se consignará con carácter de declaración jurada lo administrativo negativo fecha en que el posteriores a la siguiente: si transcurridos 30 días, rechazo es puesto en fecha en que el a. Nombre del ciudadano o número de su documento de la entidad no emite conocimiento del rechazo es puesto identidad cuya inscripción se impugna. pronunciamiento solicitante, debiendo en conocimiento b. Datos personales, domicilio procesal y firma o impresión alguno. sustentarse del solicitante u digital, según corresponda, del impugnante. necesariamente en opera el silencio c. Motivo claro y preciso de la impugnación. nueva prueba. administrativo 2, Original y copia simple del documento de identidad del Es de trámite gratuito. negativo. impugnante. 3. Original y copia simple de los medios probatorios que sustentan la impugnación de la inscripción. 4. Pago de derechos. La impugnación se resolverá previa citación al titular de la inscripción que se pretende impugnar. La notificación se realizará al domicilio consignado en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales.