Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2002 (06/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2002

diente al Ejercicio Fiscal 2002, el mismo que en dos (2) folios forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La Gerencia Regional de Administracion, dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes, debera disponer la publicacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CTAR MORDAZA aprobado, y remitir en igual plazo, MORDAZA al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA EDDY CALUMANI MORDAZA Presidente Ejecutivo (e) CTAR MORDAZA 11956

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Autorizan contratacion de servicio de publicacion de aviso publicitario del RESTE mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 01-04-00000009 MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones de servicios personalisimos se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, procediendo su contratacion mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme a lo establecido por el Articulo 20º de dicha Ley; Que, el Articulo 111º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que son servicios personalisimos, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 071-2001PCM, se preciso con relacion al articulo precitado que, se encuentran expresamente incluidos en dicha clasificacion los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, los Articulos 105º y 116º del mencionado Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion MORDAZA aludidos precisando que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion exonerada;

Que, habiendose publicado el dia de hoy en el Diario Oficial El Peruano el Regimen Especial Temporal para el Saneamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, RESTE, aprobado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante el cual se establecen facilidades para el pago de deudas administradas por esta Institucion, es necesario difundir los alcances de esta MORDAZA a la mayor cantidad de personas posibles para lo cual se requiere contratar una empresa especializada en prensa escrita masiva y de amplia circulacion, a fin de realizar una publicacion extraordinaria para este MORDAZA 7 de un aviso publicitario en un periodico local, informando adecuadamente sobre la vigencia y alcances del referido Regimen Especial Temporal; Que, de los Informes Nºs. 03-82-00000002 de la Gerencia de Administracion y 04-82-00000097 de la Gerencia de Asuntos Legales, se opina que los servicios de Empresa Editora El Comercio S.A., califican como servicios personalisimos, teniendo en consideracion su amplia cobertura y circulacion a nivel local, en especial los dias domingos, y su amplia credibilidad; Que, lo expresado en los citados Informes, justifican tecnica y legalmente la contratacion de los servicios especializados mediante la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, cumpliendose asi con lo estipulado en el Articulo 113º del Reglamento MORDAZA mencionado; Estando a lo expresado y de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, los Articulos 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001CONSUCODE/PRE, y contando con los Informes Nºs. 0382-00000002 y 04-82-00000097; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar por servicios personalisimos al Servicio de Administracion Tributaria, SAT, del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva para la contratacion de la Empresa Editora El Comercio S.A. referida en la parte considerativa de la presente resolucion, y autorizar a la Gerencia de Administracion la contratacion de este servicio mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia. Articulo 2º.- El valor referencial del servicio a contratar asciende a US$ 6,608.44 (seis mil seiscientos ocho y 44/100 Dolares Americanos) que incluye todo concepto, gastos y tributos a que hubiere lugar. Articulo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administracion remita MORDAZA de la presente resolucion y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria 12025

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO - CHOSICA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumos del Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 12-2002/CDL-CH Chosica, 21 de junio del 2002

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