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Pág. 225940 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de julio de 2002 zación con relación a la siguiente por pagar. ... Estos hechos se han debido a la decisión del Alcalde y del ex Director de Administración de concertar préstamos para fines distintos a los permitidos ..."; 2. "Mediante documentación irregular se sustenta el pago a los efecti- vos de la policía municipal por S/. 32 436,00 por supues- to apoyo en los operativos de reorganización realizados en el distrito; evidenciándose que los policías municipa- les no han cobrado importe alguno por algún operativo realizado por la municipalidad, señalando algunos de ellos que la firma que figuraba en la relación no les correspon- de; y en otros casos, manifiestan no haber participado en dichos operativos por cuanto no laboraban en la munici- palidad cuando estos se realizaron ... Estos hechos se han debido al interés del titular ..." 3. Contratos suscritos con los señores Juan Luyo Sánchez y Vincent John Busta- mante Luyo, padre y sobrino del ex Secretario General señor Elías Aurelio Luyo Oroya, ... habiéndoles cancela- do S/. 7 208.00 y S/. 5, 684.17 respectivamente." 5. Se dispuso de los fondos de la municipalidad sin efectuar la incorporación presupuestal y el registro contable corres- pondiente, a favor de la señora Gladys Isabel Angles Cuentas por S/. 10 530,00, no existiendo el comprobante de pago con la respetiva documentación sustentatoria en los archivos del departamento de Contabilidad y Tesorería. Cabe señalar que la mencionada señora con el Alcalde registra una hija en la Municipalidad de Jesús María con fecha 27.Feb.92. ... Lo expuesto se debe a la actitud voluntaria, e interés del Alcalde de favorecer a la citada señora, sin cautelar el uso y destino de los re- cursos de la municipalidad ..."; entre otros hechos; Que aparece a fojas 347 la carta Nº 274-SG-2002 de fecha 2 de mayo del 2002 firmada por la señora doctora Edy C. Sánchez Arriola, Secretaria General del Concejo, como respuesta al pedido realizado por los señores Re- gidores Aurelio Cayao Núñez, Paulo Hinostroza Guzmán, Fabio Menacho Barrientos, Richard Llamoca Moriano y Eline Ponte Montes sobre convocatoria a sesión extraor- dinaria de concejo para tratar la evaluación del Informe Nº 032-2001-CG/B350; ante esta petición la Alcaldía a través de la citada funcionaria citó a sesión extraordina- ria de concejo a realizarse el 27 de setiembre del 2002 a horas 10.30 a.m., es decir, cuatro meses y 25 días des- pués, lo que constituye un irrespeto a la función fiscaliza- dora que ostentan los regidores como atribución otorga- da por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que obran en el expediente oficios firmados por la Secretaria General del Concejo quien en nombre del Al- calde cita y posterga sesiones de concejo que debieron realizarse en su oportunidad; entre ellos: a) a fojas 302 el Oficio Circular Nº 418-SG-2002 sin fecha, citando a sesiones extraordinarias de 4 de abril y 10 de abril del 2002 y a sesión ordinaria de 12 de abril del 2002 que es continuación de la sesión de 7 de febrero del 2002; b) a fojas 303 el Oficio Circular Nº 221-SG-2002 sin fecha, postergando la sesión ordinaria de 12 de abril del 2002 para el 18 de abril del 2002; c) a fojas 304 el Oficio Circu- lar Nº 223-SG-2002 de 12 de abril del 2002, citando a sesión extraordinaria de 17 de abril del 2002; d) a fojas 306 el Oficio Circular Nº 234-SG-2002 de 18 de abril del 2002, postergando la sesión ordinaria de 18 de abril del 2002 para el 30 de abril del 2002; e) a fojas 308 el Oficio Circular Nº 261-SG-2002 de 29 de abril del 2002, poster- gando la sesión ordinaria de 30 de abril del 2002 para el 13 de mayo del 2002; f) a fojas 309 el Oficio Circular Nº 265-SG-2002 de 6 de mayo del 2002, postergando la sesión ordinaria de 13 de mayo del 2002 para el 21 de mayo del 2002; g) a fojas 310 el Oficio Circular Nº 289- SG-2002 de 6 de mayo del 2002, reprogramando la se- sión ordinaria de 21 de mayo del 2002 para el 13 de mayo del 2002; h) a fojas 345 el Oficio Circular Nº 249-SG- 2002 sin fecha, convocando a sesión extraordinaria para tratar el cese de funcionarios para el 25 de junio del 2002; i) a fojas 349 el Oficio Circular Nº 272-SG-2002 de 6 de mayo del 2002 citando a sesión extraordinaria para el 23 de agosto del 2002 a fin de tratar la ejecución de obras, modalidad y modificación presupuestaria. Estas constan- tes variaciones de fecha conllevaron a que por negligen- cia del Alcalde se dejara de realizar sesiones en claro afán obstruccionista de la labor de fiscalización que le compete a los regidores de dicho municipio;Que estas irregularidades en la conducción de la admi- nistración municipal hacen notar con evidencia el grave per- juicio ocasionado por el Alcalde del Municipio Distrital de San Juan de Miraflores y beneficio ilícito para quienes han percibido sumas de dinero provenientes del erario público, incurriendo en responsabilidad tanto como aquellos que permitieron estos actos, dando mérito a que el Poder Judi- cial accediera a la denuncia penal correspondiente; Que estos mismos hechos, apreciados con el criterio de conciencia que la Constitución Política y la Ley Orgá- nica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486 con- fieren a este Colegiado, tipifican el interés del Alcalde en llevar a cabo los mencionados actos irregulares, no obs- tan las evidente ilicitudes anotadas, lo que se encuadra en lo señalado por el inciso 7) del Artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y es causal de vacancia, conforme al inciso 3) del Artículo 26º de la mis- ma norma legal; Que, el numeral 1) del Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 establece que en los casos de vacancia, el Alcalde es reemplazado por el Teniente Alcalde, que es el primer regidor hábil que le sigue en su propia lista electoral; por lo que, corresponde convocar a don Pedro Pablo Medina Pérez al cargo de Alcalde; y, para completar el número legal de miembros del concejo, debe incorporarse a don Ricardo Ramos Alendres, candidato no proclamado de la organización política "Movimiento In- dependiente Vamos Vecino", tal como lo dispone el Artícu- lo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Eleccio- nes, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundado el recurso de revisión interpuesto por Adolfo Ocampo Vargas, contra el acuerdo de sesión de Concejo de fecha 13 de mayo de 2002, adoptado por los Regidores del Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima; que declara la vacancia del cargo de Alcalde en el citado municipio; dejándose sin efecto la credencial otor- gada para tal efecto. Artículo Segundo.- Convocar a don Pedro Pablo Medina Pérez para que asuma el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, para completar el período de go- bierno municipal 1999 - 2002, a quien se le otorgará la correspondiente credencial. Artículo Tercero.- Convocar a don Ricardo Ramos Alendres para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de San Juan de Miraflores, para completar el período de gobierno municipal 2002, otorgándosele la correspondiente credencial. Artículo Cuarto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías necesarias para el cumpli- miento de la presente resolución. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 12014 MINISTERIO PÚBLICO Declaran fundada denuncia interpuesta contra magistrado de la Primera Fisca- lía Superior Mixta del Santa por la co- misión de delito de abuso de autoridad RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1211-2002-MP-FN Lima, 5 de julio de 2002