Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2002 (06/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2002

de abogado defensor acompano al denunciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA a visitar a la menor, quien en esos momentos se encontraba internada en la habitacion de la Sala de Servicios de Obstetricia para Gestantes Adolescentes, tercer piso, MORDAZA cincuentidos del Hospital MORDAZA MORDAZA de Pueblo Libre, lugar en el que habia alumbrado al MORDAZA fruto de la presunta violacion, con el proposito de coaccionarla para que firme un documento liberando a su defendido de la indicada acusacion; circunstancia en la que fueron interceptados por una obstetriz y personal de seguridad del hospital, quedando en evidencia la grave irregularidad funcional del mencionado Auxiliar de Justicia; Tercero; que de fojas veintisiete aparece que el auxiliar investigado presto servicios en el Poder Judicial bajo la modalidad de servicios no personales hasta el mes de noviembre del dos mil; sin embargo, ello no lo releva de responsabilidad disciplinaria pues estuvo al servicio del Estado y, en consecuencia sujeto, a las obligaciones, deberes y prohibiciones estabecidos en la Ley Organica del Poder Judicial, por lo que debe dejarse expresa MORDAZA de esa responsabilidad en los hechos involucrados en circunstancias en que aun era Auxiliar Jurisdiccional adscrito al Primer Juzgado de Derecho Publico de la Corte Superior de Justicia de Lima. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, haciendo uso de sus atribuciones, en sesion extraordinaria de la fecha, de conformidad en parte con el informe del senor Consejero MORDAZA Ordonez MORDAZA, quien no interviene por encontrarse de vacaciones, por unanimidad, RESUELVE: Primero.- Declarar la responsabilidad de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los hechos que se le atribuyen en la presente investigacion, por su actuacion como Auxiliar Jurisdiccional adscrito al Primer Juzgado de Derecho Publico de la Corte Superior de Justicia de Lima; Segundo.- Disponer se tenga presente lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion y no se le contrate bajo ninguna modalidad en el Poder Judicial, conforme a las prescripciones legales preexistentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA 12004

Sancionan con destitucion a servidores por su actuacion como tecnico judicial, especialista legal y asistente de juzgados especializados y de paz letrado del Distrito Judicial de MORDAZA
INVESTIGACION Nº 110-2000-CORTE SUPREMA MORDAZA, veinticinco de junio del dos mil dos. VISTO: el expediente que contiene la Investigacion numero ciento diez guion dos mil guion Corte Suprema, instaurada contra don Abidan MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Tecnico Judicial del Tercer Juzgado Especializado en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas, actualmente adscrito al Juzgado Penal de Procesos en Reserva de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por los fundamentos de la resolucion expedida por el Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial de fecha seis de noviembre del dos mil uno, obrante a fojas cuatrocientos trece y siguientes; y; CONSIDERANDO: Primero; que, de lo actuado aparece que el veintiuno de noviembre del dos mil don MORDAZA Munoz MORDAZA se presento ante el Juez doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Tercer Juzgado Especializado en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas de MORDAZA, formulando queja contra el servidor Abidan MORDAZA MORDAZA atribuyendole haberse hecho pasar como el Juez MORDAZA MORDAZA para lograr que en varias oportunidades le entregue dinero que totalizo cinco mil ciento veinte nuevos soles y otros

objetos a cambio de favores, percatandose despues que no era tal funcionario sino servidor del Juzgado; Segundo; que, abierta la investigacion como aparece de fojas cinco, el denunciante presto declaracion a fojas nueve y diez, senalando que su familiar MORDAZA Herreras Condemayta, procesada por Trafico Ilicito de Drogas en MORDAZA, fue sorprendida en el Penal de esa MORDAZA por Abidan MORDAZA MORDAZA diciendole que era el Juez y que se ofrecia ponerla en MORDAZA previo pago de dinero y diversos objetos, Munoz MORDAZA refirio haberle entregado una casaca y sobre todo almuerzos tanto en MORDAZA como en MORDAZA, anade que en el Despacho del Juez MORDAZA MORDAZA reconocio al investigado y que este admitio su responsabilidad, agregando incluso, que posteriormente acepto una Letra de Cambio en MORDAZA en que MORDAZA y puso el numero de su Libreta Electoral, y que el investigado tambien le dio el numero de su telefono celular; Tercero; que, en su declaracion de fojas catorce, Abidan MORDAZA MORDAZA niega los cargos, sin embargo admite haber viajado a MORDAZA con motivo de su trabajo, acepta haber sido convocado por el Juez para esclarecimiento de los hechos denunciados, aseverando, asimismo, que se le pretendio obligar a devolver dinero, y aun cuando dicho funcionario niega este ultimo hecho, en su declaracion a fojas veintidos, debe advertirse que el mismo procesado afirma que en ese momento tuvo temor a perder su MORDAZA, y si a esto se agrega que del acta que corre a fojas veintiuno consigna el reconocimiento que hizo el denunciante MORDAZA Munoz MORDAZA de Abidan MORDAZA MORDAZA como la persona a quien entrego dinero a su requerimiento, llegandose a crear conviccion acerca de la responsabilidad de este respecto a los hechos investigados, con mayor razon si existen elementos significativos tales como el numero del celular que le dio el investigado corroborado por diversas llamadas como se ve del comprobante de fojas trescientos sesentinueve, asimismo, obra a fojas trescientos noventa la Letra de Cambio en que aparece la firma del investigado y el numero de su Libreta Electoral, sin reconocimiento por no haber concurrido el investigado a la respectiva diligencia pericial pese a reiterada citacion; Cuarto; que finalmente, si bien el investigado expreso a fojas catorce no conocer a la entonces detenida MORDAZA Herreras y al denunciante MORDAZA Munoz , tal hecho ha sido desvirtuado con la declaracion del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que corre a fojas trescientos setentiocho, quien sostiene que a fines de agosto del dos mil llegaron a su estudio juridico el denunciante y el denunciado para contratar sus servicios profesionales para la defensa de la familia del denunciante, y que ante la referencia que Munoz MORDAZA le hizo sobre entrega de dinero a MORDAZA MORDAZA, el abogado sugirio esclareciera el caso pues dicha persona no era ni Juez ni Secretario; lo que evidencia la inconducta funcional en que ha incurrido el investigado, quien con su actitud ha comprometido gravemente la dignidad del cargo frente al concepto publico, resultando de aplicacion lo previsto en el Articulo doscientos once de la Ley Organica del Poder Judicial; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, haciendo uso de las atribuciones conferidas por el inciso treintiuno del Articulo ochentidos de la referida Ley Organica, en concordancia con los Articulos ciento seis y doscientos dos del mismo cuerpo normativo, de conformidad con el Informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA, en sesion extraordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero Ordonez MORDAZA, por encontrarse de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitucion a don Abidan MORDAZA MORDAZA, por su actuacion como Tecnico Judicial del Tercer Juzgado Especializado en Delitos de Trafico Ilicito de Drogas, actualmente adscrito al Juzgado Penal de Procesos en Reserva de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, comprension del Distrito Judicial de Lima. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA 12003

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