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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JULIO DEL AÑO 2002 (06/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 225937 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de julio de 2002 Que, en este caso, se tiene a fojas 62 el cargo de la solicitud del 4 de marzo de 2002 presentada por el ciuda- dano recurrente al Concejo Distrital de Ate, pidiendo la vacancia del cargo de Alcalde de don Óscar Benavides Majino por presunto nepotismo, amparando su pedido en la Ley Nº 26771, su Reglamento y el Artículo 23º inciso 7) de la Ley Orgánica de Municipalidades; siendo que dicha solicitud fue declarada inadmisible e improcedente mediante acuerdo aprobado en la Sesión Ordinaria de Concejo del 23 de marzo de 2002, según resulta del acta correspondiente, cuya trascripción certificada corre de fojas 183 a 193, verificándose que el acuerdo adoptado logró una votación de diez (10) votos a favor, lo que cons- tituye mayoría calificada atendiendo a que el Concejo en mención cuenta con un número legal de catorce (14) miembros; Que la solicitud de vacancia del cargo de Alcalde del distrito de Ate planteada por el recurrente ya ha sido materia de pronunciamiento por parte del Concejo Distri- tal correspondiente de acuerdo a sus atribuciones, que- dando acreditado que se le ha dado trámite con arreglo a lo dispuesto por el tercer párrafo del Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, por lo que resulta improcedente la solicitud de vacancia que se for- mula ante este organismo electoral sobre la misma ma- teria y con idéntico fundamento; circunstancia que no li- mita el derecho del solicitante de recurrir al Órgano Con- tralor en caso de darse situaciones que pudieran presu- mirse como irregulares; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente la solicitud presentada por el ciudadano Flavio Estanislao Rojas Sarmiento sobre declaración de vacancia del cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Ate, provincia y departa- mento de Lima, que ejerce don Óscar Benavides Majino. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 12010 Declaran improcedente recurso de revi- sión contra acuerdo que desestimó so- licitud de vacancia de regidor del Con- cejo Distrital de Surquillo, provincia de Lima RESOLUCIÓN Nº 238-2002-JNE Expediente Nº 370-2002 Lima, 4 de julio de 2002 Vista la solicitud presentada el 22 de mayo de 2002 por la ciudadana Amanda Estela Guzmán Mancilla, identificada con Libreta Electoral Nº 06550780, interpo- niendo recurso de revisión contra el Acuerdo adoptado el 14 de mayo de 2002 por el Concejo Distrital de Surquillo, provincia y departamento de Lima, que desestimó la so- licitud planteada por la recurrente sobre vacancia del cargo de Regidor que ejerce don Guillermo Steve Valdi- vieso Payva por la causal de cambio de domicilio fuera de la jurisdicción de la Municipalidad; CONSIDERANDO: Que al no haberse declarado la vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Surquillo que ejerce donGuillermo Steve Valdivieso Payva, el Acuerdo de Conce- jo del 14 de mayo de 2002 no es recurrible en revisión al no ser de aplicación en este caso el segundo párrafo del Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, pues la ley no franquea recurso alguno contra el acuerdo en el que el concejo no apruebe la vacancia del cargo municipal, debiendo ser declarado improcedente el presente recurso; Que, por otro lado, debe tenerse en cuenta que sólo los vecinos pueden solicitar al Concejo Municipal que declare la vacancia de los cargos de sus miembros, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades, ya mencionado, sin em- bargo, se advierte en la consulta en línea vía Internet efectuada al Registro Nacional de Identificación y Esta- do Civil, que la ciudadana recurrente, doña Amanda Es- tela Guzmán Mancilla, se encuentra inscrita en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima y no en el dis- trito de Surquillo; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente el recurso de revisión interpuesto por doña Amanda Estela Guzmán Mancilla, contra el Acuerdo del 14 de mayo de 2002 adop- tado por el Concejo Distrital de Surquillo, provincia y de- partamento de Lima, que desestimó la solicitud de va- cancia del cargo de Regidor que ejerce don Guillermo Steve Valdivieso Payva. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 12011 Declaran que alcalde y regidores del Concejo Provincial de Loreto continúan en el ejercicio de sus cargos RESOLUCIÓN Nº 239-2002-JNE Lima, 4 de julio de 2002 Visto; el Expediente Nº 193-2002-Vacancia y el Oficio Nº 014-2002-MPL-N de fecha 7 de marzo de 2002, presentado por el ex Alcalde del Concejo Provincial de Loreto, Alfredo Rodríguez Rodríguez, los escritos presen- tados por Juan Belisario Casimiro Vela, Angela Fahara Torres López, Roger Rocha Arriaga y Jacob Valles Win; CONSIDERANDO: Que con fecha 21 de febrero de 2002, el ciudadano José Gabriel Ramírez Agurto solicitó en sede munici- pal la vacancia del cargo de Regidor de Carlos Ruiz Ramírez y; Jaime Oswaldo Long Oliva solicitó la va- cancia de los regidores Angela Fahara Torres López y Roger Rocha Arriaga, por las causales establecidas por el inciso 7) del Artículo 23º; incisos 3) y 6) del Ar - tículo 26º y 88º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, advirtiéndose que las citadas solicitudes fueron recepcionadas por la "Mesa de Parte" de la Municipalidad Provincial de Loreto en la fecha indica- da, conforme se acredita de los sellos de recepción de fojas 3, 76 y 105; Que no obstante lo mencionado, con fecha 19 de fe- brero de 2002; es decir, dos días antes de la presenta- ción de las solicitudes de vacancia, el ex Alcalde del Concejo Provincial de Loreto Alfredo Rodríguez Rodrí- guez, convocó a sesión extraordinaria de Concejo para