Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2002 (06/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2002

Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que contrate la licencia MORDAZA indicada con la empresa Bureau Van Dijk Electronic Publishing Inc., por un valor referencial de US$ 17 400,00, sin incluir impuestos, mediante un MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia y con cargo a los recursos de esta Institucion. Articulo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los informes que sustentan la exoneracion. MORDAZA MORDAZA Gerente General 11901

CONTRALORIA GENERAL
Encargan funciones del Contralor General de la Republica al Subcontralor General
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 123-2002-CG MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2002 VISTOS; las invitaciones cursadas por la Contraloria General de la Republica de Colombia del 30 de MORDAZA y 24 de MORDAZA del presente ano, la Hoja de Recomendacion Nº 10-2002-CG/CT de la Gerencia de Cooperacion Tecnica, del 26 de junio de 2002, y la Hoja Informativa OLACEFS Nº 013/2002 de la Secretaria General de la Organizacion Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS) del 27 de junio de 2002; CONSIDERANDO: Que, el Contralor General de la Republica de Colombia ha formulado invitacion al Titular de la Contraloria General de la Republica del Peru para participar en las II Jornadas Euroamericanas de Entidades Fiscalizadoras Superiores "Temas de Control Fiscal: Avances y Perspectivas", que se realizaran los dias 10 y 11 de MORDAZA de 2002 en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Colombia, organizadas por los Consejos Directivos de las Entidades Fiscalizadoras Superiores de Europa (EUROSAI) y Organizacion Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores (OLACEFS), bajo la coordinacion de la Contraloria General de la Republica de Colombia, asi como al MORDAZA Internacional "Control Fiscal y Gobernabilidad", auspiciado por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, a desarrollarse el 12 de MORDAZA de 2002 con motivo de dichas jornadas, integrando la mesa redonda relativa al tema "Impacto de las Tecnologias de la Informacion en la modernizacion de las EFS - Perspectivas"; Que, en su calidad de Presidente de la OLACEFS, corresponde al Contralor General de la Republica del Peru representar a la referida Organizacion Regional en el curso de las Jornadas, en la ceremonia inaugural y presidiendo la mesa de trabajo relativa al tema II "Las Entidades Fiscalizadoras Superiores y la Cooperacion Internacional", interviniendo asimismo como ponente del Tema I "Control y lucha contra la corrupcion en un MORDAZA globalizado"; Que, MORDAZA actividades tienen por proposito generar espacios de reflexion e intercambio de conocimientos y experiencias en el ejercicio del control gubernamental, brindando la oportunidad de profundizar el analisis de los instrumentos juridicos internacionales, conocer los diversos aspectos y enfoques de trabajo y experiencias de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (EFS), especificamente en torno a los temas de interes sobre el presente y futuro del control fiscal, tales como la lucha contra la corrupcion en el contexto de la globalizacion, la cooperacion internacional en el control fiscal, el control

de la gestion ambiental y la modernizacion tecnologica de las EFS, entre otros; Que, los eventos contaran con la participacion de altas autoridades en materia de control gubernamental, constituyendo una oportunidad para afianzar la cooperacion reciproca y mutua entre las EFS de Europa y MORDAZA, asi como la posibilidad de compartir in situ la experiencia de la Contraloria General de la Republica de Colombia en el Fortalecimiento Institucional y Modernizacion Tecnologica; Que, en ese sentido, resulta necesaria la participacion en los eventos MORDAZA senalados del Contralor General de la Republica del Peru; situacion que ha sido comunicada oportunamente al Congreso de la Republica; Que, en consecuencia, se debe proceder a encargar las funciones del cargo de Contralor General de la Republica al Subcontralor General, a efecto de asegurar el normal desarrollo de la gestion rectora que le compete; Que, conforme a los documentos de vistos, el financiamiento de los gastos que irrogue la participacion del Titular de la Contraloria General de la Republica, se efectuara con cargo a recursos de la OLACEFS; De conformidad con las facultades conferidas por los Articulos 24º y 30º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, y con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Encargar al senor Subcontralor General, MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, las funciones del cargo de Contralor General de la Republica, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, a partir del 9 de MORDAZA de 2002 y en tanto dure la ausencia de su Titular. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gastos del Presupuesto de la Contraloria General de la Republica. Articulo Tercero.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 11870

JNE
Declaran improcedente solicitud de declaratoria de vacancia de MORDAZA del Concejo Distrital de Ate, provincia de MORDAZA
RESOLUCION Nº 237-2002-JNE Expediente Nº 253-2002 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2002 Vista la solicitud presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre declaracion de vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, que ejerce don MORDAZA MORDAZA Majino por presunta contravencion a la Ley Nº 26771 y su Reglamento, e inciso 7) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; solicita que el MORDAZA Nacional de Elecciones se pronuncie declarando la vacancia en mencion; CONSIDERANDO: Que es competencia de los Concejos Municipales declarar la vacancia de los cargos de sus miembros, con arreglo a lo dispuesto por los Articulo 27º y 36º inciso 10) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853;

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