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Pág. 225996 NORMAS LEGALES Lima, lunes 8 de julio de 2002 PODER EJECUTIVO DEFENSA Autorizan a procurador iniciar proceso judicial con el fin de cobrar montos adeudados por empresa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1051-DE/EP Lima, 1 de julio de 2002 Vistos los antecedentes relacionados a la deuda con- traída con el Grifo Servicentro LIMA S.A. con el DCC/ JBIENE; CONSIDERANDO: Que, el 10 de enero de 1999, el BCE y la Empresa Servicentro Lima S.A. suscriben un contrato de Presta- ción de Servicios No Personales, por el cual acuerdan que esta última prestará mediante una estación de ser- vicios, el servicio no personal de transporte, almace- namiento y distribución de combustible a los Oficiales del Ejército, así como otros servicios conexos, de- jándose establecido que el combustible es de propie- dad del BCE y lo proporcionará a la Empresa en cali- dad de depósito; Que, mediante contrato celebrado el 13 de setiembre de 1999, la Empresa Servicentro Lima S.A., reconoce la deuda al BCE de TREINTA MIL VEINTIÚN NUEVOS SO- LES (S/. 30,021.00) por concepto de combustible entre- gado para su distribución a los Oficiales del Ejército a tra- vés de nuevos grifos, la misma que ha venido amortizan- do, descendiendo a SIETE MIL NOVECIENTOS UN NUE- VOS SOLES (S/. 7,901.00); con fecha 27 de enero del 2000 se emitió la orden de compra de combustible Nº 001229 por QUINCE MIL QUINIENTOS CUARENTA NUE- VOS SOLES (S/. 15,540.00), la misma que se mantiene a la fecha impaga; Que, mediante Carta Notarial de fecha 2 de mayo del 2002, se solicitó el pago de la deuda pendiente, la misma que fue debidamente recepcionada por la Empresa deu- dora, concediéndole el plazo máximo de OCHO (8) días para coordinar las actividades sobre el particular, caso contrario se procedería a interponer las acciones legales del caso con el consistente cobro de intereses, costos y costas, ante lo cual la Empresa Servicentro LIMA S.A. no se ha manifestado al respecto; Que, conforme lo precisa el Art. 47º de la Constitu- ción Política del Perú, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, la defensa de los intereses del Estado se ejercita judicialmente por intermedio de los Procura- dores Generales a cargo de los asuntos de los dife- rentes Ministerios; y, Estando a lo recomendado por la Jefatura de Bienes- tar del Ejército, aprobado por la Comandancia General del Ejército y dictaminado por la Oficina de Asuntos Jurídi- cos del Ejército; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Mi- nisterio de Defensa a cargo de los Asuntos Judiciales del Ejército para que en nombre y representación del Estado interponga las acciones judiciales correspondientes, con- tra la Empresa Servicentro LIMA S.A. Artículo 2º.- Remítase los antecedentes que motiva- ron la presente Resolución al Procurador Público del Mi- nisterio de Defensa a cargo de los Asuntos Judiciales del Ejército, para su conocimiento y cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 12001RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1052-DE/EP Lima, 1 de julio de 2002 Vistos los antecedentes relacionados a la deuda con- traída con el Grifo Servicentro LIMA S.A. con el DCC/ JBIENE; CONSIDERANDO: Que, el 10 de enero de 1999, el BCE y la Empresa Servicentro Lima S.A. suscriben un contrato de Presta- ción de Servicios No Personales, por el cual acuerdan que esta última prestará mediante una estación de servicios, el servicio no personal de transporte, almacenamiento y distribución de combustible a los Oficiales del Ejército, así como otros servicios conexos, dejándose establecido que el combustible es de propiedad del BCE y lo proporcio- nará a la Empresa en calidad de depósito; Que, mediante contrato celebrado el 13 de setiembre de 1999, la Empresa Servicentro Lima S.A., reconoce la deuda al BCE de TREINTA MIL VEINTIÚN NUEVOS SO- LES (S/. 30,021.00) por concepto de combustible entre- gado para su distribución a los Oficiales del Ejército a tra- vés de nuevos grifos, la misma que ha venido amortizan- do, descendiendo a VEINTITRÉS MIL VEINTIÚN NUEVOS SOLES (S/. 23,021.00); por la cual firmó una Letra de Cam- bio como garantía, a la fecha dicha deuda fue amortizada llegando a SIETE MIL NOVECIENTOS UN NUEVOS SO- LES (S/. 7,901.00) que aún no han sido cancelados; Que, en la R.M. Nº 083-DE/EP de 21 de enero del 2002, se consignó como deuda la suma de VEINTIDÓS MIL NO- VECIENTOS CINCUENTIÚN NUEVOS SOLES (S/. 22,951.00); que del análisis de los antecedentes, se con- cluye que la suma adeudada es de SIETE MIL NOVECIEN- TOS UN NUEVOS SOLES (S/. 7,901.00); por lo que se hace necesario expedir una nueva Resolución Autoritativa, que permita interponer las acciones judiciales correspondientes, respecto al cobro de la deuda pendiente contraída por la Empresa Servicentro LIMA S.A. con el DCC/JBIENE; Que, conforme lo precisa el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, la defensa de los intereses del Estado se ejercita judicial- mente por intermedio de los Procuradores Generales a cargo de los asuntos de los diferentes Ministerios; y, Estando a lo recomendado por la Jefatura de Bienes- tar del Ejército, aprobado por la Comandancia General del Ejército y dictaminado por la Oficina de Asuntos Jurídi- cos del Ejército; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la R.M. Nº 083-DE/EP de 21 de enero del 2002 por los motivos expuestos en la par- te considerativa. Artículo 2º.- Autorizar al Procurador Público del Mi- nisterio de Defensa a cargo de los Asuntos Judiciales del Ejército para que en nombre y representación del Estado interponga las acciones judiciales correspondientes, con- tra la Empresa Servicentro LIMA S.A. Artículo 3º.- Remítase los antecedentes que motiva- ron la presente Resolución al Procurador Público del Mi- nisterio de Defensa a cargo de los Asuntos Judiciales del Ejército, para su conocimiento y cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 12002 Autorizan viaje a asesor técnico del SURNET y a oficiales del Ejército a EE.UU. en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1090-DE/CCFFAA Lima, 5 de julio de 2002 Visto, el Oficio Nº U-064-02, de 24.junio.2002, del Capitán de Navío, UNS Agregado de Defensa y Naval