Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2002 (08/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Modifican resolucion mediante la cual se dictaron medidas complementarias para permitir aplicacion de exoneracion del IGV a importacion de bienes para
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 275-2002-EF/15 MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 245-99-EF/15 se dictaron medidas complementarias a fin de permitir la aplicacion de la exoneracion al Impuesto General a las Ventas a la importacion de bienes para el consumo en la Amazonia; Que, es necesario precisar el mecanismo de devolucion del Impuesto General a las Ventas pagado en las Aduanas a traves de las cuales se efectuo la referida importacion, cuando dicho impuesto, de modo excepcional, no MORDAZA sido depositado en la "Subcuenta Especial Tesoro Publico Ley Nº 27037"; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 18º del Reglamento de las Disposiciones Tributarias en la Amazonia, aprobado por Decreto Supremo Nº 103-99-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incorporese como tercer y MORDAZA parrafo del Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 24599-EF/15, los siguientes textos: "Las Aduanas de destino en la Amazonia procederan a efectuar la devolucion del Impuesto Pagado en la importacion de bienes cuyo destino final sea la Amazonia, mediante la emision de las Notas de Credito Negociables correspondientes, en los casos que el importador MORDAZA omitido consignar en la Declaracion Unica de Aduanas los datos requeridos por el procedimiento aduanero pertinente para establecer el destino de los bienes importados a la Amazonia e indispensables para que el referido Impuesto sea depositado en la "Subcuenta Especial Tesoro Publico Ley Nº 27037". ADUANAS a traves del Banco de la Nacion, transferira a la "Subcuenta Especial Tesoro Publico Ley Nº 27037", los importes correspondientes a los montos que, en su oportunidad, distribuyo a los beneficiarios finales de lo recaudado por la misma, en las operaciones de importacion, con cargo a las subcuentas de recaudacion de dichos beneficiarios." DISPOSICION TRANSITORIA Y FINAL Unica.- Las regularizaciones en tramite se adecuaran a lo dispuesto en la presente resolucion, en lo que fuera pertinente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 12070

PESQUERIA
Otorgan permiso de pesca a PERUKO S.A. para operar embarcaciones de bandera coreana y china en la extraccion del recurso calamar gigante
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 240-2002-PE/DNEPP MORDAZA, 28 de junio del 2002 Visto el escrito de Registro Nº CE-00460001 de fecha 25 de junio, presentado por la empresa PERUKO S.A., representante legal en el Peru de la empresa coreana DOO-AN FISHERIES CO., LTD. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 138-2001-PE del 16 de MORDAZA de 2001, se establecio un Regimen Provisional para la extraccion comercial del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas), prorrogada hasta el 31 de MORDAZA del 2002 por las Resoluciones Ministeriales Nº 308-2001-PE, 413-2001-PE, 107-2002-PE y 201-2002-PE; Que a traves del escrito del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera calamarera denominada "Nº 77 DOO AN" de 370.00 de TN, en la extraccion del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas, asi como licencia para la operacion de la planta de procesamiento pesquero a bordo de la misma, para desarrollar la actividad de congelado; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada al expediente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que procede otorgar el permiso de pesca y la licencia de operacion solicitados; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 298-2002PE/DNEPP-Dap, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; las Resoluciones Ministeriales Nº 138-2001-PE, Nº 308-2001PE, Nº 413-2001-PE, Nº 107-2002-PE y Nº 201-2002-PE; el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a la empresa PERUKO S.A., representante legal en el Peru de la em-

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