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Pág. 225997 NORMAS LEGALES Lima, lunes 8 de julio de 2002 de los Estados Unidos, en la que hace la Invitación del Asesor Técnico de SURNET, Capitán de Navío OLIVA- RES POLACK Javier, para participar en la prueba de funcionamiento del programa de traducción de la Red SURNET del Comando Sur, a realizarse del 8 al 12 de julio, del presente año en la ciudad de Miami - USA. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje del Asesor Técni- co de SURNET, Capitán de Navío OLIVARES POLACK Javier, para participar en el indicado evento, por ser de interés del Estado asegurar la permanencia y continuidad del intercambio de Información e Inteligencia entre las Fuerzas Armadas del Perú y de los países de América, la misma que contribuirá a los aspectos de Seguridad Na- cional, como un mecanismo generador de amistad, co- municación y confianza mutua; Que, el viaje del mencionado Oficial Superior, no oca- sionará gasto alguno al Tesoro Público, por consiguiente no es de aplicación el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 del 14.junio.2002, como tampoco el Decreto de Urgencia Nº 033-2002 del 27.junio.2002; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 5.junio del 2002; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejérci- to Presidente del Comando Conjunto de las Fuerzas Ar- madas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servi- cio, del Asesor Técnico de SURNET, Capitán de Navío OLIVARES POLACK Javier, del 7 al 12 de julio, del pre- sente año, a la ciudad de Miami - USA, para participar en la prueba de funcionamiento del programa de traducción de la Red SURNET del Comando Sur. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes, alimentación y alojamiento, serán cubiertos por el Comando Sur de los Estados Unidos. Artículo 3º.- El citado Oficial Superior, deberá cumplir con presentar el informe señalado en el Artículo 10º del D.S. Nº 047-2002-PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución no genera gasto alguno al Tesoro Público, ni derecho a exoneración de im- puestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 11989 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1091-DE/EP/CP-JAPE 1-1/ Lima, 5 de julio de 2002 Visto, el Oficio Nº 099 AYUDANTIA/CGE de 13.Jun.02, de la Secretaría Personal de la Comandancia General del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto se comunica la asis- tencia del Sr. General de Ejército Víctor Guillermo BUS- TAMANTE REÁTEGUI, Comandante General del Ejér- cito y del Sr. General de División Roberto Enrique CHIA- BRA LEÓN, para que participen en la Conferencia so- bre Asuntos de Seguridad Regional que se llevará a cabo en Washington DC los días 15 y 16.Jul.02, en la que participarán los Comandante Generales de los Ejér- citos Andinos; Que, todos los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución, serán sufragados por el Ejérci- to de los Estados Unidos de América; Que el Artículo 11º del D.S. Nº 047-2002-PCM de 5 de junio del 2002, establece que las autorizaciones de viaje al exterior de servidores y funcionarios públicos, que no ocasionen gastos al Estado, se efectuarán por Resolu- ción del titular de la entidad correspondiente; Estando a lo propuesto por el Sr. General de Ejército Comandante General del Ejército;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en comisión de servicios, al si- guiente personal de oficiales Generales, para que partici- pen en la Conferencia sobre Asuntos de Seguridad Re- gional que se llevará a cabo en Washington DC, del 14 al 17.Jul.02: -Gral. de Ejto. Víctor Guillermo CIP 104932100 BUSTAMANTE REÁTEGUI Comandante General del Ejército. -Gral. de Div. Roberto Enrique CHIABRA LEÓN CIP 104979800 Acompañante Artículo 2º.- El Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o térmi- no de la indicada comisión, sin exceder el plazo total establecido. Artículo 3º.- La presente Resolución no irroga gasto al Estado, ni da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 11990 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban crédito suplementario para el año 2002 en el presupuesto consoli- dado de las Entidades Reguladoras, Supervisoras, Administradoras de Re- cursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 274-2002-EF/76 Lima, 5 de julio del 2002 CONSIDERANDO : Que, mediante el Decreto Supremo Nº 231-2001-EF, se aprobó el Presupuesto de Ingresos y Egresos de las Entida- des Reguladoras, Supervisoras, Administradoras de Recur- sos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios para el año fiscal 2002, hasta por DOS MIL CUA- TROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIEN- TOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 434 757 672,00); Que, el Artículo 4º del citado Decreto Supremo, esta- blece que la mayor captación u obtención de recursos que se perciban durante el período de ejecución presupuesta- ria del año fiscal 2002, así como la creación, fusión o for- malización de nuevas Entidades o Empresas Municipa- les, podrá modificar el nivel del Presupuesto de Ingresos y Egresos de las Entidades Reguladoras, Supervisoras, Administradoras de Recursos, Fondos, Empresas Munici- pales y Otras Entidades de Servicios, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Directiva Nº 010-2001- EF/76.01 aprobada por la Resolución Directoral Nº 042- 2001-EF/76.01, que regula el proceso presupuestario de dichas Entidades para el año fiscal 2002; Que, el Artículo 23º de la Directiva mencionada en el párrafo precedente establece que la modificación del Pre- supuesto Consolidado de las citadas Entidades, se efec- túa en períodos trimestrales y se aprueba mediante Re- solución del Ministro de Economía y Finanzas, sobre la base de las Resoluciones del Titular de la Entidad que impliquen modificación por Crédito Suplementario; Que, es necesario aprobar las modificaciones del Pre- supuesto Consolidado de las Entidades Reguladoras, Su- pervisoras, Administradoras de Recursos, Fondos, Empre- sas Municipales y Otras Entidades de Servicios, corres- pondiente al año fiscal 2002; De conformidad con el Artículo 4º del Decreto Supre- mo Nº 231-2001-EF y el Artículo 23º de la Directiva Nº 010-2001-EF/76.01;