TEXTO PAGINA: 58
Pág. 226656 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de julio de 2002 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIALSUNASS Proyecto de modificación de Anexos 1 y 2 del Procedimiento de Fijación de Tarifas de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento y su Exposición de MotivosPROYECTO Artículo 3º.- Otorgar un plazo de quince (15) días ca- lendario, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, para que los interesados remitan sus comentarios a SUNASS. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Políticas y Normas de SUNASS el acopio, procesamiento y siste- matización de los comentarios que se presenten, así como la presentación a la Alta Dirección de las recomendacio- nes correspondientes. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Relaciones Institucionales la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO SALINAS RIVAS Presidente del Consejo Directivo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con el fin de que los organismos reguladores actúen en forma transparente con respecto a sus procedimientos para determinar los precios regulados de las Empresas Prestadoras que están bajo su ámbito funcional, el Estado peruano aprobó el Decreto Supremo Nº 124-2001-PCM. En atención al mencionado Decreto Supremo, la SUNASS aprobó mediante Resolución Nº 008-2002- SUNASS-CD del 27 de marzo del 2002, el Procedimien- to de Fijación de Tarifas de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento. Dichas tarifas se fijan a tra- vés de “Fórmulas Tarifarias” que son determinadas me- diante un conjunto de criterios técnicos y metodologías diseñadas por la misma SUNASS. Luego de evaluar el grado de información que se pue- de lograr en la población respecto a las tarifas a ser apro- badas, y dado el nivel de importancia inherente a los ser- vicios de agua potable y desagüe, se ha determinado que es necesario incrementar las instancias de partici- pación de los usuarios del servicio, las municipalidades y las empresas prestadoras en el proceso. Para este fin se ha incorporado la realización de una audiencia pública previa a la elaboración del Estudio Tarifa- rio por parte de SUNASS. De esta manera la población ten- drá mayor oportunidad para informarse de la situación de la empresa y sus necesidades de mejoramiento y expansión. Asimismo se posibilita la incorporación de mayores y mejo- res elementos de juicio, tanto en la determinación de los niveles de calidad y cobertura que deberá alcanzar la em- presa, como en la fijación de las fórmulas tarifarias. Asimismo, el nuevo procedimiento describe con ma- yor detalle los ajustes que se pueden realizar a los Estu- dios Tarifarios como producto de las reuniones llevadas a cabo con todos los interesados y los pasos necesarios para la admisión a trámite de las solicitudes de las EPS.RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 034-2002-SUNASS-CD Lima, 16 de julio de 2002 VISTO: El Proyecto de modificación de los anexos 1 y 2 del Procedimiento de Fijación de Tarifas de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, presentado por la Gerencia de Regulación Tarifaria; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 124-2001-PCM se requiere a los organismos reguladores la emisión de normas que garanticen la transparencia en el procedi- miento de fijación de precios regulados; Que, mediante Resolución del Consejo Directivo de SUNASS Nº 008-2002-SUNASS-CD, se aprobó el Procedi- miento de Fijación de Tarifas de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, que establece cuáles son los órganos competentes involucrados en dicho procedimiento, los plazos en que cada uno de estos órganos debe pronun- ciarse y los recursos que las Empresas Prestadoras pueden interponer contra las Resoluciones de la SUNASS; Que, para efectos de transparencia, se ha visto por con- veniente incrementar las instancias de participación de la población, los municipios y las empresas prestadoras en el mencionado procedimiento, por lo cual se propone la modi- ficación de los anexos del mencionado procedimiento; Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 032-2001- PCM, complementado por el Artículo 23º del Reglamen- to General de la SUNASS, señala que en el ejercicio de sus funciones, los organismos reguladores velarán por la adecuada transparencia en el desarrollo de las mismas, debiendo publicar en el Diario Oficial El Peruano los pro- yectos de normas y resoluciones de carácter general, con el fin de recibir los comentarios de los interesados; De conformidad con el acuerdo adoptado en la se- sión de Consejo Directivo de fecha 18 de junio de 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de modificación de los anexos 1 y 2 del Procedimiento de Fijación de Tarifas de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, estable- cido mediante Resolución del Consejo Directivo de SUNASS Nº 008-2002-SUNASS-CD, así como su exposición de moti- vos, que como anexo forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación del proyecto y la exposición de motivos aprobados en el artículo anterior en el Diario Oficial El Peruano y en la página web de la SUNASS ( www.sunass.gob.pe ).