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Pág. 226650 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso c) del Ar- tículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones en situación de emergencia o de urgencia declaradas se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Público o Adjudicación Directa, procediendo su contratación mediante una Adjudicación de Menor Cuantía, conforme a lo establecido por el Artículo 20º de dicha Ley; Que, el Artículo 21º del mismo texto legal establece que se considera situación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inmi- nente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisi- ción o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, ne- cesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, los Artículos 105º y 116º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones aprobado mediante De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen los proce- dimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de selección antes aludidos precisando que, una vez aprobada la exo- neración, la contratación deberá realizarse mediante ac- ciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contrata- ción exonerada; Que, con fecha 5 de julio del presente año se publicó la Ordenanza Nº 386 aprobada por la Municipalidad Me- tropolitana de Lima que establece el Régimen Especial Temporal para el Saneamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, RESTE, mediante el cual se establecen facilidades para el pago de deudas administradas por esta Institución estableciéndose como el plazo máximo para el acogimiento a este Régimen el 29 de agosto del pre- sente año; Que, el Servicio de Administración Tributaria, SAT, requiere contratar a una empresa que preste el servi- cio de alquiler de 67 computadoras para la adecuada atención de los administrados que decidan acogerse al RESTE, a fin de brindar un buen y rápido servicio a los administrados desde el 23 de julio al 29 de agosto del presente año, período en el cual debe incrementar- se el número de personas que deseen acogerse al RESTE; Que, de los Informes Nºs. 49-82-00000002 del De- partamento de Logística de la Gerencia de Adminis- tración y 04-82-00000122 de la Gerencia de Asuntos Legales de esta Entidad, se considera que siendo priori- taria para las funciones del SAT la atención de los De- partamentos de Servicios y teniendo en cuenta que la falta de estos equipos ocasionaría una deficiente aten- ción a los administrados, a fin de no comprometer de forma directa e inminente la continuidad de los servi- cios que el SAT tiene a su cargo, se configura la situa- ción de urgencia prevista en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, lo expresado en los citados informes, justifican técnica y legalmente la contratación de los servicios re- queridos mediante la exoneración del respectivo proce- so de selección, cumpliéndose así con lo estipulado en el Artículo 113º del Reglamento antes mencionado; Estando a lo expresado y de conformidad con lo dis- puesto en los Artículos 19º, 20º y 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, y con los Artículos 105º, 108º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, y contando con los Informes Nºs. 49-82-00000002 y 04- 82-00000122;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la con- tratación de una empresa que preste el servicio de alqui- ler de 67 computadoras para la atención de los adminis- trados que opten acogerse al RESTE. Artículo 2º.- Exonerar al Servicio de Administración Tributaria, SAT, del proceso de adjudicación directa se- lectiva para la contratación del servicio a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución y autorizar a la Gerencia de Administración la contratación por 38 días calendario del servicio mencionado mediante el proceso de adjudicación de menor cuantía. Artículo 3º.- El valor referencial del servicio a contra- tar asciende a US$ 10,5000.00 (diez mil quinientos y 00/ 100 dólares americanos) que incluye todo concepto, gas- tos y tributos a que hubiere lugar. Artículo 4º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración remita copia de la presente resolución y de los informes que sustentan esta exoneración a la Contralo- ría General de la República dentro de los diez días ca- lendario siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ ARISTA ARBILDO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 12812 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Incorporan a personal de la Municipali- dad a la carrera administrativa RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 68-2002-A/MDA Ancón, 30 de enero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN VISTO: El Informe Nº 001-02-CP/MDA, de la Comisión de Personal de fecha 7.ENE.2002, referente a nombramiento de personal que desempeña cargos desde el año 1990, así como el Informe Nº 001-2002-OAI-MDA, de fecha 12.ENE.2002; y, CONSIDERANDO: Que, existen vacantes para ser cubiertas por haberse producido la jubilación y traslado de personal a Sedapal a través de un convenio y que suman un total de dieci- séis (16); Que, el distrito ha crecido en población y territorio, con lo cual se incrementa la demanda de necesidades de servicios; Que, es necesario cubrir la demanda de servicio, ni- velando las vacancias con el nombramiento de personal idóneo; Que, en fecha 13 de diciembre del 2001, el Pleno del Concejo Municipal acordó nombrar a trabajadores previa evaluación y continuidad de labores; Que, el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Pública, en su Art. 13º, define que las vacan- tes se establecen en el Presupuesto de cada entidad, lo cual ya ha sido previsto en el Presupuesto para el Ejerci- cio Fiscal 2002; Que, el Art. 5º de la misma Ley indica que la contra- tación de un servidor no puede ser por más de tres años consecutivos, vencido este plazo, el servidor ingresará a la carrera administrativa, siempre que exista la vacante; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 en su Art. 2º indica autonomía económica y administrati- va en los asuntos de su competencia;