Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2002 (18/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 18 de MORDAZA de 2002

Que, conforme a lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobada mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones en situacion de emergencia o de urgencia declaradas se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, procediendo su contratacion mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme a lo establecido por el Articulo 20º de dicha Ley; Que, el Articulo 21º del mismo texto legal establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, los Articulos 105º y 116º del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen los procedimientos a que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion MORDAZA aludidos precisando que, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion exonerada; Que, con fecha 5 de MORDAZA del presente ano se publico la Ordenanza Nº 386 aprobada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que establece el Regimen Especial Temporal para el Saneamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, RESTE, mediante el cual se establecen facilidades para el pago de deudas administradas por esta Institucion estableciendose como el plazo MORDAZA para el acogimiento a este Regimen el 29 de agosto del presente ano; Que, el Servicio de Administracion Tributaria, SAT, requiere contratar a una empresa que preste el servicio de alquiler de 67 computadoras para la adecuada atencion de los administrados que decidan acogerse al RESTE, a fin de brindar un buen y rapido servicio a los administrados desde el 23 de MORDAZA al 29 de agosto del presente ano, periodo en el cual debe incrementarse el numero de personas que deseen acogerse al RESTE; Que, de los Informes Nºs. 49-82-00000002 del Departamento de Logistica de la Gerencia de Administracion y 04-82-00000122 de la Gerencia de Asuntos Legales de esta Entidad, se considera que siendo prioritaria para las funciones del SAT la atencion de los Departamentos de Servicios y teniendo en cuenta que la falta de estos equipos ocasionaria una deficiente atencion a los administrados, a fin de no comprometer de forma directa e inminente la continuidad de los servicios que el SAT tiene a su cargo, se configura la situacion de urgencia prevista en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, lo expresado en los citados informes, justifican tecnica y legalmente la contratacion de los servicios requeridos mediante la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, cumpliendose asi con lo estipulado en el Articulo 113º del Reglamento MORDAZA mencionado; Estando a lo expresado y de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º, 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, y con los Articulos 105º, 108º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, y contando con los Informes Nºs. 49-82-00000002 y 0482-00000122;

Articulo 1º.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion de una empresa que preste el servicio de alquiler de 67 computadoras para la atencion de los administrados que opten acogerse al RESTE. Articulo 2º.- Exonerar al Servicio de Administracion Tributaria, SAT, del MORDAZA de adjudicacion directa selectiva para la contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion y autorizar a la Gerencia de Administracion la contratacion por 38 dias calendario del servicio mencionado mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia. Articulo 3º.- El valor referencial del servicio a contratar asciende a US$ 10,5000.00 (diez mil quinientos y 00/ 100 dolares americanos) que incluye todo concepto, gastos y tributos a que hubiere lugar. Articulo 4º.- Disponer que la Gerencia de Administracion remita MORDAZA de la presente resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a su aprobacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Servicio de Administracion Tributaria 12812

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Incorporan a personal de la Municipalidad a la MORDAZA administrativa
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 68-2002-A/MDA Ancon, 30 de enero del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON VISTO: El Informe Nº 001-02-CP/MDA, de la Comision de Personal de fecha 7.ENE.2002, referente a nombramiento de personal que desempena cargos desde el ano 1990, asi como el Informe Nº 001-2002-OAI-MDA, de fecha 12.ENE.2002; y, CONSIDERANDO: Que, existen vacantes para ser cubiertas por haberse producido la jubilacion y traslado de personal a Sedapal a traves de un convenio y que suman un total de dieciseis (16); Que, el distrito ha crecido en poblacion y territorio, con lo cual se incrementa la demanda de necesidades de servicios; Que, es necesario cubrir la demanda de servicio, nivelando las vacancias con el nombramiento de personal idoneo; Que, en fecha 13 de diciembre del 2001, el Pleno del Concejo Municipal acordo nombrar a trabajadores previa evaluacion y continuidad de labores; Que, el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Publica, en su Art. 13º, define que las vacantes se establecen en el Presupuesto de cada entidad, lo cual ya ha sido previsto en el Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2002; Que, el Art. 5º de la misma Ley indica que la contratacion de un servidor no puede ser por mas de tres anos consecutivos, vencido este plazo, el servidor ingresara a la MORDAZA administrativa, siempre que exista la vacante; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 en su Art. 2º indica autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

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