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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2002 (18/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 42

Pág. 226640 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de julio de 2002 Inician proceso disciplinario a ex Director del Establecimiento Peni- tenciario de Régimen Cerrado Especial de Challapalca RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 480-2002-INPE/P Lima, 11 de junio de 2002 VISTO, el Informe Nº 013-2001-INPE-CEPAD de fe- cha 10 de junio de 2002, de la Comisión Especial de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacio- nal Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 240-2001-INPE/01 de fecha 13 de junio del 2001, la Oficina General de Auditoría del Instituto Nacional Penitenciario remite el Informe Nº 011-2001-INPE/05-03 relacionado con el Exa- men Especial sobre "Supuestos maltratos físicos a inter- nos del Pabellón de Máxima Seguridad del Estable- cimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Especial Challapalca", estableciéndose presuntas irregularida- des en las que se encontrarían comprendidos diversos servidores, así como el ex funcionario Nivel F-1 Alfonso SANTILLANA VERA, ex Director del Establecimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Especial de Challa- palca; Que, del análisis de autos se desprende que en horas de la noche del 19 de febrero del 2001, un grupo de servidores del Establecimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Especial de Challapalca, entre los que se encontrarían los servidores Julián OTAZU YANA, ex Jefe de Seguridad Interna del Grupo Nº 3, Eduardo PÉREZ GARNICA, ex Administrador, y los Técnicos de Seguridad Germán CONTRERAS PÁUCAR, Edwin RAMOS FLORES, Felipe CHOQUE LIMACHI, José SALAMANCA FLORES, Hernán NÚÑEZ TEJADA, Da- vid NIETO ALARCÓN, Edwin CARI VARGAS, Elías LUQUE ROMANI y Roberto ROJAS OVIEDO, actuan- do indebidamente con el rostro cubierto con pasamon- tañas, ingresaron al Ala 2 del Pabellón de Máxima Se- guridad del referido Establecimiento Penitenciario para realizar una requisa, en la cual algunos internos fue- ron maltratados físicamente, causándoseles hemato- mas en diversas partes del cuerpo; Que, ante tales hechos asumiría responsabilidad el ex funcionario Nivel F-1 Alfonso SANTILLANA VERA, ex Director del Establecimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Especial de Challapalca, por haber permitido que un grupo de servidores con el rostro cubierto con pa- samontañas ingresaran a realizar una requisa y maltra- taran físicamente a los internos, tal como se observa en las fotografías que forman parte del sustento del Informe emitido por la Oficina General de Auditoría del Instituto Nacional Penitenciario; Que, en consecuencia, al haber evidencias de que el ex funcionario Nivel F-1 Alfonso SANTILLANA VERA, ex Director del Establecimiento Penitenciario de Régi- men Cerrado Especial de Challapalca, habría infringi- do lo establecido en el Artículo 116º del Código de Eje- cución Penal, así como los incisos a) y d) del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, faltas administrati- vas disciplinarias contempladas en los incisos a), d), j) y l) del Artículo 28º del acotado dispositivo legal, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme lo establece el segundo pá- rrafo del Artículo 165º del Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, ha recomendado se instaure el proceso ad- ministrativo correspondiente; Estando a lo Informado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visa- ciones de los miembros del Consejo Nacional Peni- tenciario, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Oficina General de Administración; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Legislativo Nº 276, Decre-to Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de Organización y Funcio- nes del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolución Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo dis- ciplinario al ex funcionario Nivel F-1 Alfonso SANTILLANA VERA ex Director del Establecimiento Penitenciario de Régimen Cerrado Especial de Challapalca de la Direc- ción Regional Altiplano Puno del Instituto Nacional Peni- tenciario. Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE y de ser necesario mediante la publicación en el Diario Oficial El Peruano, a efecto de que el servidor procesado presente su descargo ante la Comisión Especial de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios en el término de Ley. Regístrese y comuníquese. JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ Presidente 12745 Autorizan contratar elaboración de estudio de factibilidad del proyecto de construcción de establecimiento peni- tenciario mediante procedimiento de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 518-2002-INPE/P Lima, 8 de julio de 2002 Visto, el Oficio Nº 756-2002-INPE/15 de fecha 26 de junio del 2002 de la Oficina General de Infraestructura, mediante el cual alcanza el Informe Nº 24-2002-INPE/ DGI/15.01/LABQ, sustento Técnico - Económico, e Infor- me Nº 182-2002-INPE/15.02, sustento legal, respecto a la solicitud de autorización para la contratación de los servicios de elaboración del Estudio de Factibilidad del Proyecto "Construcción del Establecimiento Penitenciario de Máxima Seguridad Piedras Gordas" con una Univer- sidad Pública. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Artículo 3º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario aprobado por Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, es misión de esta entidad, dirigir y con- trolar técnica y administrativamente el Sistema Peni- tenciario Nacional, asegurando la reeducación, reha- bilitación y reincorporación del interno a la sociedad, así como el establecimiento y mantenimiento de la in- fraestructura penitenciaria dentro del marco de seguri- dad necesario; Que, mediante Informe Nº 023-2002-JUS/ODCT/O- PI-RS de 27 de mayo del 2002, el representante Sec- torial del Programa de Inversiones del Sector Justicia ha emitido opinión favorable al Estudio de Prefactibili- dad del Proyecto "Construcción del Establecimiento Penitenciario de Máxima Seguridad Piedras Gordas", recomendando se continúe con la aprobación del es- tudio a nivel de factibilidad, de acuerdo con la Directi- va Nº 002-2002-EF/68.01 - Directiva General del Sis- tema Nacional de Inversión Pública; Que, la Oficina General de Infraestructura del Institu- to Nacional Penitenciario en los documentos del visto in- forma que no cuenta con personal para el desarrollo del estudio antes mencionado e informa que los costos del mercado para elaborar estudios de factibilidad, así como el Proyecto de Construcción del Establecimiento Peni-