Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2002 (08/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de junio de 2002

Meteorologia e Hidrologia - SENAMHI, referente al viaje al extranjero en mision oficial; CONSIDERANDO: Que, del 11 al 13 de junio del presente ano en la MORDAZA de Seul - Corea se llevara a cabo la "Segunda Reunion del Grupo de Trabajo del Sistema Climatico del Foro de Cooperacion Economica MORDAZA - MORDAZA (APEC); Que, es necesario estrechar los lazos de intercambio de tecnologia e informacion con los Jefes de los Servicios Meteorologicos de los Paises miembros y de otros Organismos Internacionales, con vista a mejorar la capacidad del pronostico del Fenomeno El MORDAZA y otros eventos climaticos extremos; Que, por la importancia de tiene la indicada reunion para los intereses nacionales, es pertinente nombrar al Jefe del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia SENAMHI; en mision oficial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM de 27 de MORDAZA de 2001 y sus modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en comision del servicio al senor Mayor General FAP WILAR MORDAZA MORDAZA, Jefe del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia - SENAMHI, a viajar a la MORDAZA de Seul - Corea, para participar en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion, a partir del 10 hasta el 14 de junio del presente ano. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Resolucion seran sufragados por el Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia - SENAMHI, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos: US$ 260.00 x 5 x 1 persona Pasajes Internacionales: MORDAZA - Seul - MORDAZA US$ 1,965.00 x 1 persona Impuesto de Aeropuerto: U.S.$ 25.00 x 1 persona Articulo 3º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a solicitar liberacion y/o exoneracion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- El citado Oficial General debera cumplir con lo dispuesto en los Articulos 5º y 9º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM de 27 de MORDAZA de 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 10275

nos Extranjeros, Agencias Oficiales de Gobierno e Instituciones Extranjeras cuyo beneficiario sea el Gobierno del Peru, Entidades del Estado o Instituciones previamente acordadas con el Gobierno de Peru, excepto empresas, dentro del MORDAZA de Convenios de Cooperacion Tecnica Internacional; estableciendo que los recursos provenientes de la comercializacion interna de los alimentos seran depositados en las cuentas especiales de los Fondos de Contravalor, de acuerdo a los terminos establecidos en cada convenio; Que, asimismo el Decreto de Urgencia Nº 105-2000 amplia los alcances del Decreto Ley Nº 25774 senalando que el sistema de monetizacion es de aplicacion en la comercializacion interna de bienes donados, distintos a alimentos; Que, resulta necesario precisar que las normas citadas en los considerandos precedentes comprenden a todos los bienes posibles de ser monetizados y cuyos recursos van a formar parte de las cuentas especiales de los Fondos de Contravalor; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Precisase que lo establecido en el Decreto Ley Nº 25774 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 105-2000 es de aplicacion a los bienes adquiridos con financiacion proveniente de donaciones. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de junio del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 10294

Aprueban "Convenio de Conversion de Deuda en Inversion en Naturaleza" y el "Acuerdo para la Conservacion de Bosques Tropicales"
DECRETO SUPREMO Nº 092-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

ECONOMIA Y FINANZAS
Precisan que lo establecido en el D.L. Nº 25774, sobre procedimiento de comercializacion de alimentos donados, es de aplicacion a los bienes adquiridos con financiacion proveniente de donaciones
DECRETO SUPREMO Nº 091-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ley Nº 25774 se regula el procedimiento aplicable a la comercializacion interna de alimentos donados por Organismos Internacionales, Gobier-

CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las relaciones bilaterales de cooperacion internacional, se han sostenido negociaciones con los representantes del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA relacionadas con la deuda que la Republica del Peru mantiene con dicho pais; Que, ambos paises han manifestado su interes por la conservacion, proteccion, restauracion, uso y manejo sostenible de los bosques tropicales en el Peru; reconociendo que constituye un serio problema en muchas regiones del MORDAZA la degradacion y la deforestacion de los bosques tropicales; Que, como resultado de las referidas negociaciones, los representantes del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA y de la Republica del Peru han acordado la suscripcion de un "Convenio para la Conversion de Deuda Externa en Inversion en Naturaleza", asi como la suscripcion de un "Acuerdo para la Conservacion de Bos-

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