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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (12/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 224458 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de junio de 2002 PODER EJECUTIVO P C M Autorizan viaje a funcionaria del INEI a EE.UU. para participar en la Reunión sobre Tecnologías de la Información y de la Comunicación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 216-2002-PCM Lima, 11 de junio de 2002 Visto el Oficio Nº 079-2002-INEI/CT del Instituto Nacio- nal de Estadística e Informática; CONSIDERANDO: Que, la presidencia de la Asamblea General de las Na- ciones Unidas para las Tecnologías de la Información y de la Comunicación, ha solicitado la participación del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI en la Reunión sobre Tecnologías de la Información y de la Comunicación, que se llevará a cabo en la ciudad de Nueva York - Estados Unidos de América, del 17 al 18 de junio de 2002; Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática es el órgano encargado de normar, coordinar, integrar y promover el desarrollo de la actividad informática en la Administración Pública, impulsando y fomentando el uso de las nuevas tecnologías de información y comunicación, para la modernización y desarrollo del Estado y por ende de la Sociedad de la Información; Que, es pertinente autorizar el viaje de la Subjefa de Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informá- tica, para que participe en la mencionada reunión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por De- creto Supremo Nº 053-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Lic. CHERLY ORÉ RAMÍREZ, Subjefa de Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, a la ciudad de Nueva York - Estados Unidos de América, del 17 al 19 de junio de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán asumidos con Recur- sos Ordinarios del Pliego 02 Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), de acuerdo al desagregado siguiente: Pasajes :US$752.06 Viáticos :US$450.00 Impuesto CORPAC :US$25.00 Artículo 3º.- La mencionada funcionaria en el término de quince (15) días calendario, contados a partir de su re- torno al país, deberá elaborar un informe para la Jefatura del INEI, en el cual describirá las actividades desarrolladas en el mencionado viaje. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga dere- cho a exoneración alguna o liberación de Impuestos Aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 10458 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 047-2002-PCM Mediante Oficio Nº 1622-2002-PCM/SG-200 la Presi- dencia del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, publica- da en la edición del 6 de junio de 2002, en la página 224185.DICE: Artículo 6º.- (...) "en el plazo establecido en el Artículo 9º ..." DEBE DECIR: Artículo 6º.- (...) "en el plazo establecido en el Artículo 10º ..." DICE: Artículo 8º.- "(...) conforme a la Escala citada en el Artículo 4º ..." DEBE DECIR: Artículo 8º.- "(...) conforme a la Escala citada en el Artículo 5º ..." DICE: Artículo 12º.- (...) "que corresponda al infractor éste deberá devol- verle ..." DEBE DECIR: Artículo 12º.- (...) "que corresponda al infractor éste devolver el ..." 10359 AGRICULTURA Constituyen Comisión Técnica encar- gada de revisar la normatividad vigen- te de los sectores agrario y pesquero en materia de uso de agua para activida- des acuícolas o piscícolas continentales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2002-AG Lima, 7 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Aguas, Decreto Ley Nº 17752 y sus Reglamentos, regulan, entre otros aspectos, el uso de las aguas continentales, el otorgamiento de usos de aguas o tramos de ríos y demás cauces naturales, así como áreas de lagos, lagunas y embalses naturales o artificiales para destinarse al cultivo o crianza de espe- cies de la fauna acuática y el pago por concepto de uso del recurso natural agua; Que, los Artículos 17º y 19º de la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, Decreto Ley Nº 25902, modifi- cada por el Artículo 1º de la Ley Nº 26822, estipulan que el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA es un Organismo Público Descentralizado del Sector, en- cargado de promover, en el ámbito nacional, el uso ra- cional y la conservación de los recursos naturales con la activa participación del Sector Privado y del público en general; Que, el Artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Natura- les - INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2001-AG, dispone que la Dirección General de Aguas y Suelos es la más alta autoridad técnico normativa con relación al uso sostenible de los recursos agua y suelos, encargada de proponer, supervisar y controlar políticas, planes, programas, proyectos y normas sobre el uso y aprovechamiento sostenible de los recursos agua y sue- los; además de supervisar y controlar la ejecución de los mismos; Que, conforme al Artículo 21º de la Ley Orgánica del Ministerio de Pesquería, dado por Decreto Ley Nº 25806, la Dirección Nacional de Acuicultura es el órgano técnico, normativo y promotor encargado de proponer, implemen- tar y supervisar la política sectorial relativa a las activida- des de cultivo de los recursos hidrobiológicos marinos y de aguas continentales, así como de supervisar, evaluar y pro- poner la pertinente normatividad sectorial; Que, la Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicul- tura, dada por Ley Nº 27460 y su respectivo Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030-2001-PE, contienen diversas disposiciones referidas al uso del re-