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Pág. 224664 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de junio de 2002 Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal, a la Oficina de Imagen Institucional y a la División de Seguri- dad Ciudadana, Policía Municipal y Defensa Civil, el cabal cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 10667 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad ORDENANZA Nº 000005 Puente Piedra, 4 de abril de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Puente Piedra, en Sesión Or- dinaria de Concejo, celebrada el día cuatro de abril de 2002, por mayoría de votos aprobó la siguiente Ordenanza; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 191º de la Constitución Política del Perú 1993, las municipalidades tie- nen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 337 de fecha 17-7-01; publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21-10-01 la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobó el Régimen Municipal de aplicación de Sanciones y Escala de Mul- tas en el Ámbito Metropolitano de Lima, en su capítulo I sobre las Disposiciones Generales del Art. 2º se refiere al ámbito de aplicación de la citada Ordenanza que se circunscribe a la jurisdicción de las Municipalidades Dis- tritales que la integran de acuerdo a sus atribuciones y competencias; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones en el inciso 3) del Art. 36º de la Ley Orgánica de Municipali- dades - Ley Nº 23853, el Concejo con el voto mayoritario aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Puente Piedra que forma parte de la presente Ordenanza, el cual consta de 30 Artículos y 2 Anexos. Artículo 2º.- Adecuarse en la jurisdicción del distrito de Puente Piedra, el Cuadro de Sanciones establecidas por la Ordenanza Municipal Nº 337 de la Municipalidad Metropo- litana de Lima, aprobado con fecha 17-7-01 y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 21-10-01; dispositivo legal que se refiere al Régimen Municipal de Aplicación de San- ciones y Escala de Multas. Artículo 3º.- Incorporar en el Cuadro de Sanciones y Escalas de Multas aprobado por Ordenanza Nº 337-MML el Anexo 01; que forma parte del Reglamento indicado en el Art. 1º. Artículo 4º.- Establecer la tabla de equivalencias del factor único por tipo de infracción aplicables de acuerdo a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente y acorde a la realidad de la jurisdicción del distrito de Puente Piedra indi- ca en el Anexo 02; que forma parte del Reglamento indica- do en el Art. 1º. Artículo 5º.- Derogar la Ordenanza Nº 006-2000 y to- das las normas que se opongan a la presente Ordenanza.Artículo 6º.- Facultar al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte medidas complementarias. Artículo 7º.- Encargar a las Direcciones de Desarrollo Urbano, Servicios Públicos, Oficina de Rentas y División de Policía Municipal y Defensa Civil y Ejecutoría Coactiva el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMÉNEZ SALAZAR Alcalde 10556 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Encargan funciones de auxiliar coacti- vo de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 00483-MDR Rímac, 31 de mayo de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO: El Informe Nº 180-UP-MDR-2002 de la Unidad de Per- sonal y el Memorándum Nº 345-02-MDR/DM emitido por la Dirección Municipal; CONSIDERANDO: Que, el señor Alberto León Rurange, es trabajador de esta Corporación habiendo ingresado a la entidad median- te concurso público de méritos y ostenta el nivel académi- co señalado en el Art. 6º de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva Nº 26979; Que, es objetivo de esta administración optimizar los servicios que se brindan a la ciudadanía, maximizando el aprovechamiento de las capacidades del personal; Que, el Art. 78º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa D.S. Nº 005-90-PCM, permite la rotación temporal del personal al interior de la entidad para asignar- le funciones según el nivel de carrera y grupo ocupacional alcanzados; Que, de conformidad con la Ley Nº 26979, Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853, D.S. Nº 005-90-PCM, R.A. Nº 00451-MDR de fecha 20 de mayo del 2002; RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR temporalmente al se- ñor ALBERTO LEÓN RURANGE, el cargo de Auxiliar Co- activo de la Municipalidad Distrital del Rímac, a partir del 1 de junio del 2002 hasta el 31 de diciembre del mismo año, conservando su mismo nivel ocupacional y remunerativo. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Munici- pal, Oficina de Administración y Unidad de Personal, el cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 10666 Disponen rotación temporal de auxiliar coactivo a la oficina de asesoría legal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 00484-MDR Rímac, 31 de mayo de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC