Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2002 (14/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, viernes 14 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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Autorizan acuerdo de codigo compartido suscrito entre Aerolineas Centrales de Colombia S.A. y AVIANCA para prestar servicio de transporte aereo internacional en la ruta Bogota-LimaBogota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 110-2002-MTC/15.16 MORDAZA, 20 de MORDAZA del 2002 Vista, la solicitud de AEROLINEAS CENTRALES DE COLOMBIA S.A. - ACES y de AEROVIAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. AVIANCA, sobre la aprobacion del Acuerdo de Cooperacion Comercial de Codigo Compartido suscrito entre MORDAZA empresas, para el Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, con Solicitud de Registro Nº 026119 del 11 de MORDAZA de 2002 AEROLINEAS CENTRALES DE COLOMBIA S.A. - ACES, solicito la autorizacion del Acuerdo de Codigo Compartido suscrito con AEROVIAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. - AVIANCA para operar el Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta BOGOTA - MORDAZA - BOGOTA, con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire; Que, con Solicitud de Registro Nº 034131 del 14 de MORDAZA del 2002 AEROVIAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. - AVIANCA, solicito la autorizacion del Acuerdo de Codigo Compartido suscrito con AEROLINEAS CENTRALES DE COLOMBIA S.A. - ACES, ratificando los fundamentos de la Solicitud presentada por esta MORDAZA con fecha 11 de MORDAZA del 2002; Que, AEROLINEAS CENTRALES DE COLOMBIA S.A. - ACES cuenta con Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, otorgado segun Resolucion Directoral Nº 119-98-MTC/15.16 del 27 de agosto de 1998, modificada por Resolucion Directoral Nº 066-2000-MTC/15.16 del 6 de marzo del 2000 y Resolucion Directoral Nº 0812002-MTC/15.16 del 29 de MORDAZA del 2002, autorizandola a servir la ruta BOGOTA y/o MORDAZA - MORDAZA y vv., con siete (7) frecuencias semanales y con derechos de trafico de Tercera, Cuarta y MORDAZA MORDAZA del Aire; Que, AEROVIAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. AVIANCA cuenta con Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, otorgado segun Resolucion Directoral Nº 272-2000-MTC/15.16 del 31 de octubre del 2000, autorizandola a servir la ruta CARACAS - BOGOTA - MORDAZA - MORDAZA - LA PAZ y/o MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA y vv., con catorce (14) frecuencias semanales, con derechos de trafico de Tercera, Cuarta y MORDAZA MORDAZA del Aire; Que, la Unidad Aeronautica Especial de la Republica de Colombia, ha autorizado el Acuerdo de Codigo Compartido entre AEROVIAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. - AVIANCA y AEROLINEAS CENTRALES DE COLOMBIA - ACES, para operar la ruta BOGOTA - MORDAZA BOGOTA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261; y, con a opinion favorable de las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE:

Articulo Segundo.- La autorizacion indicada en el Articulo Primero se sujetara a las siguientes condiciones: 1. La presente autorizacion comprende la explotacion y/o comercializacion por parte de AEROLINEAS CENTRALES DE COLOMBIA S.A. - ACES y de AEROVIAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. - AVIANCA de los derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire en la ruta BOGOTA - MORDAZA - BOGOTA de acuerdo a las autorizaciones emitidas por la Direccion General de Aeronautica Civil del Peru. 2. En la publicacion y comercializacion de los servicios materia del Acuerdo de Codigo Compartido que se autoriza, ambos transportadores deberan hacer mencion expresa al publico usuario, que se trata de vuelos de codigo compartido de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. Articulo Tercero.- MORDAZA empresas de transporte aereo se encuentran obligadas a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a las operaciones de codigo compartido que se autorizan por la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- La presente autorizacion sera revocada, previa comunicacion a MORDAZA empresas transportadoras, cuando incumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolucion Directoral, o renuncie, se suspenda o se revoque el respectivo Permiso de Operacion. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorizacion, sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo Quinto.- En la presente autorizacion, MORDAZA empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Articulo Sexto.- La presente autorizacion queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, Decreto Supremo Nº 050-2001-TC, asi como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolucion Directoral tanto por parte de AEROLINEAS CENTRALES DE COLOMBIA S.A. - ACES y de AEROVIAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. AVIANCA, asi como a las demas disposiciones legales vigentes y directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN-VENG Director General de Aeronautica Civil 9662

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen disposiciones para la atencion de poblacion no comprendida en la competencia territorial del Modulo Basico de Justicia de Los MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 174-2002-P-CSJCN/PJ
Independencia, doce de junio del Dos mil dos.

Articulo Primero.- Autorizar el Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre AEROLINEAS CENTRALES DE COLOMBIA S.A. - ACES y AEROVIAS NACIONALES DE COLOMBIA S.A. - AVIANCA, para prestar el servicio de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta BOGOTA - MORDAZA - BOGOTA, con siete (7) frecuencias semanales. El plazo de vigencia de la presente autorizacion es por un (1) ano, contado desde la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolucion, al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en tanto se mantenga en vigencia el Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre MORDAZA empresas.

VISTA: La Resolucion Administrativa numero cero sesentisiete - dos mil dos - CE - PJ de fecha cinco de junio y publicado en la fecha en el Diario Oficial El Peruano; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Administrativa de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, ha resuelto, modificar (reducir) la competencia territorial de los organos juris-

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