Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2002 (14/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de junio de 2002

a esta Superintendencia la documentacion sustentatoria pertinente; Contando con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General; y en virtud de lo senalado en la Resolucion SBS Nº 1028-2001 del 27 de diciembre de 2001; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a partir de la fecha, la adecuacion de la empresa Apoyo International Services S.A., a lo dispuesto en la Ley General Nº 26702 y sus modificatorias, y a lo senalado en la Circular SBS Nº ETF 002-97 del 29 de septiembre de 1997 y sus modificatorias, como Empresa de Transferencia de Fondos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros (e) 10550

areas tecnicas y de asesoria juridica de la entidad. Dicho informe contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion, y contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, la autoridad competente para aprobar la exoneracion determinara en cada caso la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o satisfaccion; Que, por los considerandos expuestos, es procedente la compra de alimentos para personas para el comedor universitario de la UNAP y declarar la situacion de URGENCIA por un periodo establecido hasta que se realice la MORDAZA convocatoria; De conformidad con el inciso c) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado numeral 2) del Articulo 108º, Articulo 113º y Articulo 116º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Estando al acuerdo de sesion extraordinaria del Consejo Universitario del 7 de MORDAZA del 2002, continuacion de la sesion del 27 de marzo del 2002; SE RESUELVE: Articulo Primero.- EXONERAR del MORDAZA de Licitacion Publica la Adquisicion de Alimentos para personas del comedor universitario hasta que se concluya con el MORDAZA de la MORDAZA convocatoria. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a que la adquisicion senalada en el articulo precedente se realice mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia hasta por un valor referencial de S/. 27,246.40 (Veintisiete Mil Doscientos Cuarenta y Seis y 40/100 Nuevos Soles), cuya ejecucion estara a cargo de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion. Articulo Tercero.- PRECISAR que la presente resolucion, conjuntamente con el informe tecnico-legal que la sustenta, sera remitida de la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, asimismo sera publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro del mismo plazo. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 10557

UNIVERSIDADES
Autorizan adquisicion de alimentos para el comedor de la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONIA PERUANA RESOLUCION RECTORAL Nº 1253-2002-UNAP
Iquitos, 27 de MORDAZA del 2002 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONIA PERUANA VISTO: El Informe Nº 020-A/AL-UNAP-2002 del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Asesoria Legal de la UNAP sobre exoneracion del MORDAZA de seleccion para la compra de alimentos para personas del comedor universitario; CONSIDERANDO: Que, estan exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa segun sea el caso, entre otros, las adquisiciones y contrataciones que se realizan en situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la Ley; Que, la situacion de urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, con Oficio Nº 273-OGEBU-UNAP-2002, la Lic. Enf. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefa de la Oficina General de Bienestar Universitario, solicita al Rectorado, autorizar la compra de alimentos para personas del comedor universitario, por haberse declarado desierta la primera convocatoria a Licitacion Publica, estando en MORDAZA la MORDAZA convocatoria; Que, mientras dure la ejecucion del MORDAZA MORDAZA mencionado, el comedor universitario, dependencia de dicha oficina general, no puede interrumpir el suministro de alimentos a los estudiantes comensales, por ser esta una de las funciones esenciales y permanentes del comedor universitario; Que, las resoluciones o acuerdos que aprueben la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Articulo 19º de la Ley, requieren obligatoriamente un informe tecnico-legal emitido por las

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Rectifican resolucion mediante la cual se sanciono a Latin Freight S.A. con suspension para contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 415/2002.TC-S2
MORDAZA, 11 de junio de 2002 Visto en sesion de la MORDAZA Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de fecha 10.6.2002, el Expediente Nº 142/2002.TC, sobre la rectificacion de la Resolucion Nº 392/2002.TC-S2 por error material. ANTECEDENTES: El 3.6.2002 este Tribunal emitio la Resolucion Nº 392/ 2002.TC-S2, en la cual se cometio un error material al omitir senalar que la notificacion de la mencionada Resolucion se entiende realizada con la publicacion de la misma en el Diario Oficial El Peruano, al no tener la empresa sancionada domicilio MORDAZA, por lo tanto es necesario corregir dicho error material.

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