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Pág. 224661 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de junio de 2002 FUNDAMENTACIÓN: 1.- Del análisis del Expediente Nº 142/2002.TC, se advierte que efectivamente se incurrió en error material al omitir señalar que la notificación se entiende realiza- da con la publicación de la Resolución en el Diario Ofi- cial El Peruano, al no tener la empresa sancionada do- micilio cierto. 2.- Por el fundamento expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, le confieren al Tribunal de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, y luego de agotado el co- rrespondiente debate. LA SALA RESUELVE: 1º.- Rectificar el error material, el numeral 1. de la Re- solución Nº 392/2002.TC-S2. Dice: "Sancionar a la empresa LATIN FREIGHT S.A., con suspensión para contratar con el Estado, por el perío- do de cuatro (4) meses, sanción que entrará en vigencia al día siguiente de notificada la presente resolución, por las razones expuestas en la fundamentación de la presente resolución", Debe decir: "Sancionar a la empresa LATIN FREIGHT S.A., con suspensión para contratar con el Estado, por el período de cuatro (4) meses, sanción que entrará en vi- gencia al día siguiente de notificada la presente resolución, notificación que se entiende realizada con la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, al no tener la empresa sancionada domicilio cierto, por las razones expuestas en la fundamentación de la presente resolución". Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. OCHOA CARDICH WENDORFF RODRÍGUEZ BERAMENDI GALDÓS 10640 OSINERG Aprueban Plan Anual de Contratacio- nes y Adquisiciones Modificado para el año 2002 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 009-2002-OS/PRES Lima, 31 de mayo del 2002 VISTO: El Memorándum OAF- 0532-2002 del 31 de mayo de 2002, de la Oficina de Administración y Finanzas sobre aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones del año 2002; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado y su Reglamento establecen que los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones modificados serán apro- bados por la máxima autoridad administrativa de la enti- dad; Que, mediante Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/ PRE, aprobada por Resolución Nº 200-2001-CONSUCO- DE/PRE, se puntualizaron las obligaciones de las Enti- dades del Sector Público sujetas a la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y se uniformizó el contenido de la Información del Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones, respecto a su elaboración, apro- bación, difusión, publicación, ejecución y supervisión, asícomo se estableció el procedimiento de la remisión de su contenido al CONSUCODE, su registro en el Sistema de Información sobre Adquisiciones y Contrataciones del Estado del CONSUCODE, para su difusión en el ámbito nacional; Que, el numeral 6 de la Directiva antes citada, en con- cordancia con el Artículo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM), precisa que el Plan Anual po- drá ser modificado en cualquier momento, durante el de- curso del ejercicio presupuestal, de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de las metas propuestas; agregando que, toda modifica- ción del Plan Anual, sea por inclusión o exclusión de pro- cesos de selección, deberá ser aprobada por la máxima autoridad administrativa de la Entidad o por el funciona- rio o dependencia delegada; toda modificación deberá ser comunicada al CONSUCODE y a PROMPYME, den- tro de los diez (10) días hábiles siguientes a dicha aproba- ción; Que, el Artículo 8º del citado Reglamento considera que las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudica- ciones Directas no contenidas en el Plan Anual deberán ser aprobadas por la máxima autoridad administrativa para su inclusión en el mismo, lo cual deberá informarse al CON- SUCODE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a dicha aprobación; a su vez las inclusiones y exclusiones de los procesos de selección serán comunicadas a PROM- PYME, dentro del mismo plazo, dando cuenta al CONSU- CODE; Que, el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de OSINERG correspondiente al ejercicio 2002 fue aprobado mediante Resolución de Presidencia del Con- sejo Directivo Nº 001-2002-OS/PRES; Que, la Gerencia General ha solicitado la modificación del Plan Anual de Adquisiciones a fin de incluir determi- nados rubros no considerados originalmente, lo cual re- quiere de la Resolución antes mencionada; De conformidad con el Artículo 7º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los Artículos 5º, 6º y 7º del Reglamento de la mencionada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y lo dis- puesto en el Artículo 62º del Decreto Supremo Nº 054-2001- PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Anual de Contra- taciones y Adquisiciones Modificado del Organismo Su- pervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, para el año 2002, que en Anexo Nº 1 forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones Modificado del año 2002 aprobado en el artículo precedente, se ponga a disposi- ción de los interesados en la página Web Institucional; y que copia del mismo sea remitido al CONSUCODE y a PROMPYME, de conformidad con lo establecido en el Ar- tículo 7º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Tercero.- Disponer que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones Modificado del año 2002 y aprobado, se ponga a disposición de los interesados en la Oficina de Administración y Finanzas. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 10596 Exoneran de proceso de adjudicación directa selectiva la contratación del servicio "Desarrollo del Sistema de Ges- tión para la Gerencia de Usuarios" con CONSITE S.A.C. RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 010-2002-OS/PRES Lima, 11 de junio del 2002.