Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2002 (14/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 14 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2382002-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 134-98MTC/15.19; asi como tambien es procedente autorizar el cambio de frecuencia y de ubicacion de la planta MORDAZA indicados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias; el MORDAZA del Ministerio; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos a la empresa RADIO GALAXIA E.I.R.L., la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Urcos, provincia de Quispicanchi, departamento del MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion :BC-FM Frecuencia :98.1 MHz Indicativo :OCT-7T Potencia :0.5 Kw. Emision :256F8E Horario :H24 Ubicacion de los Estudios :Calle Belaunde Nº 160, distrito de Urcos, provincia de Quispicanchi, departamento del Cusco. Ubicacion de la Planta :Cerro Wirajochan, distrito de Urcos, provincia de Quispicanchi, departamento del Cusco. Coordenadas: L.O. 71° 38' 10" L.S. 13° 40' 33" Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses otorgado por Resolucion Ministerial Nº 134-98-MTC/15.19, por tanto vencera el 18 de marzo del ano 2008. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 10516

Otorgan autorizacion y permiso de instalacion a empresas para operar estaciones del servicio de radiodifusion sonora comercial en el departamento de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 395-2002-MTC/15.03
MORDAZA, 7 de junio de 2002

servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Resoluciones Directorales Nºs. 005 y 422-2001-MTC/15.19.02 de fechas 9 de enero y 16 de octubre de 2001, se otorgo el beneficio de fraccionamiento a la COMPANIA UNIVERSAL DE RADIODIFUSION S.A., y para el pago de su deuda por concepto de canon anual, tasa anuales asi como la multa que le fuera impuesta mediante Resolucion Directoral Nº 015-99-MTC, a merito de la Directiva Nº 001-2000-MTC/15.19, aprobada por Decreto Supremo Nº 043-2000-MTC, modificada por Decreto Supremo Nº 029-2001-MTC; Que, los numerales 6) y 7) del Articulo 116º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones establecen que el Ministerio no otorgara la autorizacion cuando el solicitante no hubiere cumplido con pagos que resulten exigibles respecto de derechos, tasas y canon por las autorizaciones que hubieren sido otorgadas a dicha empresa, asi como respecto de alguna multa que se le hubiere impuesto; Que la Directiva Nº 001-2000-MTC establece en el numeral 7 del rubro Del Procedimiento, que la perdida del fraccionamiento produce, entre otros efectos, la cancelacion automatica de la autorizacion obtenida por las personas naturales o juridicas, sancionadas con multa; Que, mediante Informes Nºs. 341-2001-MTC/15.19.03.2 y 1184-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la COMPANIA UNIVERSAL DE RADIODIFUSION S.A., cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE:

VISTA, la solicitud formulada por la COMPANIA UNIVERSAL DE RADIODIFUSION S.A, para que se le otorgue autorizacion para establecer una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de Dios; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del

Articulo 1º.- Otorgar a la COMPANIA UNIVERSAL DE RADIODIFUSION S.A., autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia : BC-FM : 99.1 MHz

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