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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (16/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES Pág. 224775Lima, domingo 16 de junio de 2002 Oficina de Derechos de Autor Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso de Autoridad Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Apelación que resuelve Formales (Nota 1) de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. inicia el Reconsideración Solicitud y la y/o la (Nota 2) Positivo Negativo procedimiento Reconsideración Adhesión Apelación a. Si el fonograma cuenta con obras artísticas musicales - El género, autor de la letra, autor de la música y arreglista - La autorización del autor o autores o de la sociedad de gestión colectiva que los representa, a favor del productor fonográfico a fin de reproducir sus obras en el fonograma o la declaración jurada de poseer los mencionados documentos - La autorización de los artístas intérpretes y/o ejecutantes o de la sociedad de gestión colectiva que los representa, a favor del productor fonográfico a fin de reproducir sus interpretaciones y ejecuciones en el fonograma o la declaración jurada de poseer los mencionados documentos - La autorización del arreglista o de la sociedad de gestión colectiva que los representa, a favor del productor fonográfico con la finalidad de arreglar su obra o la declaración jurada de poseer los mencionados documentos. b. Copia de los documentos que acrediten la existencia de la persona jurídica solicitante c. Los poderes que fueran necesarios (Nota 3) d. En el caso de documentos elaborados en el extranjero, deberán estar traducidos al español Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822, Ley sobre Derecho de Autor / Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI 4. Registro de Software o Programa de Computación 1. Llenar el formato F-ODA-02, siendo indispensable llenar la siguiente información: 10% UIT üOficina de 9% UIT Jefe de la Oficina de 14% UIT Sala de - El nombre, número de documento de identidad, domicilio y país de nacimiento del autor o autores, salvo que la obra (Nota 4) Derechos de Procede dentro Derechos de Autor Procede dentro Propiedad fuera anónima en cuyo caso se consignará en el formato tal circunstancia Autor de los 15 días de de los 15 días Intelectual - El título del software o programa de computación, si la obra es inédita o públicada, el país de origen de la obra y los u Notificada la de Notificada la del elementos del soporte lógico presentados. Oficina Resolución Resolución Tribunal de - Datos del productor, a quien se presumirá como titular del derecho, en virtud del artículo 71º y el domicilio Descentralizada Indecopi - Datos del solicitante y el domicilio en el cual se efectuarán las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en el caso de no saber firmar o estar impedido 2. La parte más importante del código fuente 3. Un Manual de Usuario 4. Una memoria descriptiva del software o programa de computación o en su defecto los ejecutables 5. De ser el caso: a. Si la obra fuera publicada, la fecha de su primera publicación b. Si el titular fuera una persona distinta del productor, la cesión de derechos en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesión es o no en exclusiva, el tiempo de duración, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito. c. En el caso de ser una obra derivada, se precisará el título de la obra originaria y se presentará la autorización del autor a fin de modificar la misma o la declaración jurada de poseer el mencionado documento. d. Copia de los documentos que acrediten la existencia de la persona jurídica solicitante e. Los poderes que fueran necesarios (Nota 3) f. En el caso de documentos elaborado en el extranjero, deberán estar traducidos al español Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822, Ley sobre Derecho de Autor / Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI 5. Registro de Obras Audiovisuales o Imágenes en Movimiento no consideradas como Obras 1. Llenar el formato F-ODA-01, siendo indispensable llenar la siguiente información: 5% UIT üOficina de 9% UIT Jefe de la Oficina de 14% UIT Sala de - El nombre, número de documento de identidad, domicilio y país de nacimiento del autor o autores, salvo que la obra fuera (Nota 4) Derechos de Procede dentro Derechos de Autor Procede dentro Propiedad anónima en cuyo caso se consignará en el formato tal circunstancia. Autor de los 15 días de de los 15 días Intelectual - El título de la obra o producción, si ésta es ínédita o publicada, el país de origen de la obra o producción, la fecha de u Notificada la de Notificada la del terminación, duración y el tipo de soporte. Oficina Resolución Resolución Tribunal de - Datos del productor, a quien se presumirá como titular del derecho, en virtud del artículo 66º y el domicilio Descentralizada Indecopi - Datos del solicitante y el domicilio en el cual se efectuarán las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en el caso de no saber firmar o estar impedido 2. Un ejemplar de la obra en el soporte deseado, salvo que la misma fuera publicada en cuyo caso se presentará en el soporte reproducido para su posterior distribución o fotografías de las principales escenas, acompañando una breve sinopsis de la obra. 3. De ser el caso: a. Si la obra fuera publicada, la fecha de la primera publicación b. Si el titular fuera una persona distinta del productor, la cesión de derechos, en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesión es o no en exclusiva, el tiempo de duración, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito