Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2002 (16/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

Oficina de Derechos de Autor
Calificacion Derechos de Tramite (Nota 2) Automatico Evaluacion Previa Sil. Adm. Sil. Adm. Positivo Negativo donde se inicia el procedimiento Recurso de Reconsideracion resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Apelacion y/o Adhesion Dependencia Autoridad que Recurso de Autoridad que resuelve la Apelacion

Requisitos

Formales (Nota 1)

MORDAZA, MORDAZA 16 de junio de 2002

documento. f. El contrato de trabajo o contrato de obra, los cuales salvo pacto en contrario se regiran por lo establecido en el articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 822 o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento g. En el caso de ser una obra derivada, se precisara el titulo de la obra originaria y se presentara la autorizacion del autor a fin de modificar la misma o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento. h. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica solicitante i. Los poderes que fueran necesarios (Nota 3) j. En el caso de documentos elaborado en el extranjero, deberan estar traducidos al espanol Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822, Ley sobre Derecho de Autor / Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI

8. Registro de Interpretaciones Artisticas
5% UIT

1.

u (Nota 4)
Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion

Jefe de la Oficina de Derechos de Autor

14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion

Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

NORMAS LEGALES

2. 3.

Llenar el formato F-ODA-09, siendo indispensable llenar la siguiente informacion: - El nombre, numero de documento de identidad, domicilio y MORDAZA de nacimiento del o de los artistas interpretes o ejecutantes - El titulo del o las interpretaciones o ejecuciones, especificar si es inedita o publicada - El MORDAZA de formato en el cual se presenta - Datos del solicitante y el domicilio en el cual se efectuaran las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en el caso de no saber firmar o estar impedido Un Ejemplar conteniendo las fijaciones de las interpretaciones o ejecuciones. De ser el caso: a. La cesion de derechos, en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesion es o no en exclusiva, el tiempo de duracion, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito o la declaracion jurada de contar con el mencionado documento. b. La autorizacion por parte de los autores, productor fonografico y otros artistas interpretes y ejecutantes, que intervinieron en la(s) fijacione(s) c. MORDAZA de los Documentos que acrediten la existencia de la persona juridica. d. Los poderes que fueren necesarios (Nota 3) e. En el caso de documentos elaborados en el extranjero, deberan estar traducidos al espanol.

Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822, Ley sobre Derecho de Autor / Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI

9. Registro de Actos Modificatorios
5% UIT

1.

u (Nota 4)

2. 3.

Formato F-ODA-08, siendo indispensable llenar la siguiente informacion: - Datos del solicitante y el domicilio en el cual se efectuaran las notificaciones. - Numero de la Partida Registral - Datos a modificarse MORDAZA de los documentos que sustenten el acto modificatorio al registro De ser el caso: a. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica solicitante b. Los poderes que fueren necesarios (Nota 3) c. En el caso de documentos elaborados en el extranjero, deberan estar traducidos al espanol.

Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada

9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion

Jefe de la Oficina de Derechos de Autor

14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion

Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822 , Ley sobre Derecho de Autor / Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI

10.Procedimiento de Nulidad y Posterior Cancelacion de Partida Registral
5% UIT Por cada Partida y Asiento cuya Nulidad se solicita

1.

Escrito dirigido a la Oficina de Derechos de Autor, conteniendo la siguiente informacion: a. Si el reclamante es una persona natural, numero de documento de identidad y el domicilio. b. Si el reclamante es una persona juridica, debera acreditar la existencia, poderes (Nota 3) y senalar el domicilio c. El domicilio en el cual se desea recibir las notificaciones del procedimiento. d. Numero de partida registral y del asiento objeto de la solicitud de nulidad y el domicilio del titular de la partida. e. El petitorio redactado de manera MORDAZA y concreta . f. Los hechos en los cuales se fundamenta la solicitud de nulidad, expuestos en forma precisa y ordenada . g. Lugar, fecha y firma o huella digital, en el caso de no saber firmar o estar impedido. h. Los medios probatorios que se ofrecen i. La relacion de los documentos y anexos que se acompanan

u (Nota 4)

Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada

9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion

Jefe de la Oficina de Derechos de Autor

14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion

Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

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