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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (16/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALESPág. 224778 Lima, domingo 16 de junio de 2002Oficina de Derechos de Autor Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso de Autoridad Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Apelación que resuelve Formales (Nota 1) de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. inicia el Reconsideración Solicitud y la y/o la (Nota 2) Positivo Negativo procedimiento Reconsideración Adhesión Apelación 2. Copia de la solicitud y sus recaudos para las partes (obligación aplicable a todo escrito, o recurso que las partes presenten en el procedimiento) 3. De ser el caso: a. Copia de los documentos que acrediten la existencia de la persona jurídica reclamante b. Los poderes que fueren necesarios (Nota 3) c. En el caso de los documentos elaborados en el extranjero, deberán estar traducidos al español Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822 , Ley sobre Derecho de Autor / Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI 11.Otorgamiento de Autorización de Funcionamiento de Sociedades de Gestión Colectiva de Derechos de Autor y/o Derechos Conexos 1. Escrito, dirigido a la Oficina de Derechos de Autor, conteniendo la siguiente información: 20% UIT üOficina de 9% UIT Jefe de la Oficina de 14% UIT Sala de a. Denominación de la Asociación, domicilio y número de R.U.C. (Nota 4) Derechos de Procede dentro Derechos de Autor Procede dentro Propiedad b. Nombre del representante legal o apoderado y domicilio en el cual se desea recibir las notificaciones en el Autor de los 15 días de los 15 días Intelectual procedimiento u de Notificada la de Notificada la del c. El petitorio redactado de manera clara y concreta, especificando los derechos de autor o conexos que se pretende Oficina Resolución Resolución Tribunal de administrar. Descentralizada Indecopi d. Lugar, fecha y firma o huella digital, en el caso de no saber firmar o estar impedido e. La relación de los documentos y anexos que se acompañan 2. Se acompañarán necesariamente a la solicitud los siguientes documentos: a. Copia del acta constitutiva b. Copia de los estatutos y sus modificaciones, los mismos que deberán cumplir los requisitos exigidos en las normas respectivas ( Decreto Legislativo Nº 822, Decisión Andina 351) y encontrarse previamente inscritos en Registros Públicos. c. Los Reglamentos de: Asociados, Tarifas Generales, Recaudación y Distribución, Elecciones, Préstamos y Fondo de Ayuda para sus Asociados y otros que desarollen los principios estatutarios. d. Copias de las actas donde conste la elección y designación de los miembros de los Organos Directivos, del Comité de Vigilancia y del Director General e. Relación de titulares que se hayan comprometido a confiarle la administración de derechos a la Asociación, una vez que obtenga la autorización de funcionamiento. f. La relación y volumen del repertorio que aspiran administrar y la presencia efectiva del mismo en las actividades realizadas por los usuarios más significativos en el último año. g. Relación de usuarios potenciales, indicando la cantidad e importancia de los mismos h. Acreditar los medios humanos, técnicos, financieros y materiales con los que cuenta para el cumplimiento de sus fines i. Instrumentos que acrediten las representaciones que ejerzan, de asociaciones u organizaciones extranjeras del mismo género y/o ofrecimiento de firma de dichos convenios de representación recíproca, una vez obtenida la autorización de funcionamiento j. Declaración jurada de los miembros del Consejo Directivo, Comité de Vigilancia y Director General de no estar comprendidos en ninguna de las incompatibilidades previstas en el D. Leg. 822 y Declaración Jurada de Bienes y Rentas k. Copia de los documentos que acrediten que la convocatoria y realización del acto de nombramiento, se llevó a cabo con las formalidades respectivas. 3. Los demás requisitos establecidos en el D.Leg. 822 y en la Decisión Andina 351 4. De ser el caso: a. Los poderes que fueren necesarios (Nota 3) b. En el caso de documentos elaborados en el extranjero, deberán estar traducidos al español. Base Legal: Decreto Legislativo 822, Ley sobre Derecho de Autor, Art.146º 12.Registro del Acta de Nombramiento de Nuevos Miembros de Organos Directivos de Sociedades de Gestión Colectiva de Derechos de Autor y/o Derechos Conexos o del Comité de Vigilancia, así como Administradores y Apoderados 1. Formato F-ODA-06, siendo indispensable llenar la siguiente información: 5% UIT üOficina de 9% UIT Jefe de la Oficina de 14% UIT Sala de - Denominación de la Asociación, domicilio y número de R.U.C. (Nota 4) Derechos de Procede dentro Derechos de Autor Procede dentro Propiedad - Nombre del representante legal o apoderado y domicilio en el cual se desea recibir las notificaciones en el Autor de los 15 días de los 15 días Intelectual procedimiento u de Notificada la de Notificada la del - Señalar el nombre y cargo de la(s) persona(s). En el caso de nombramiento por vacancia o renuncia, previamente Oficina Resolución Resolución Tribunal de deberá registrarse tal acto. Descentralizada Indecopi 2. Copia del acta en el que consta el nombramiento 3. Copia de los documentos que acrediten que la convocatoria y realización del acto de nombramiento se llevó a cabo con las formalidades establecidas en los estatutos de la Asociación y de conformidad con la leyes respectivas.