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Pág. 224856 NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de junio de 2002 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección de Personal de la Policía Nacional del Perú; en su Dictamen Nº 5275-2001-DIRPER-DIVRTSP/OFIAL de 17.OCT.2001; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior rela- tivos a la Policía Nacional del Perú, para que interponga las acciones judiciales correspondientes contra doña Ynes Lotty SARAVIA GARCÍA, por los fundamentos expues- tos en los considerandos de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de los actuados y de la presente Resolución al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para los fines a que se contrae el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 10036 JUSTICIA Autorizan viaje a procurador a Austria para participar en certámenes organiza- dos por Naciones Unidas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 208-2002-JUS Lima, 14 de junio de 2002 Visto el Oficio Nº 470-02/Procuraduría-JUS de fecha 11 de junio de 2002, del Procurador Público Ad Hoc del Estado; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 017-2002-JUS, se designó a la doctora Astrid Jenny Leigh Vetter, como Procurador Público Adjunto Ad Hoc, para que en repre- sentación de la defensa de los derechos e intereses del Estado, interponga las acciones legales pertinentes, in- tervenga en los procesos judiciales, investigaciones pre- liminares y procedimientos de acusación constitucional, por los delitos contra la administración pública y otros, en agravio del Estado; Que se ha designado en representación del Estado Peruano, a la abogada Astrid Jenny Leigh Vetter, para que participe en la Segunda Sesión del Comité Ad Hoc de las Naciones Unidas encargado de negociar una Con- vención contra la Corrupción; así como participar en el Seminario Técnico sobre Recuperación de Bienes que se celebrará dentro del contexto de la referida Sesión, a realizarse en la ciudad de Viena - Austria, del 18 al 25 de junio de 2002, por lo que es necesario autorizar el viaje y los gastos a realizarse; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la abogada Astrid Jenny Leigh Vetter, Procurador Público Adjunto Ad Hoc, a la ciudad de Viena - Austria, del 18 al 25 de junio del año 2002, para los fines expuestos en la parte considera- tiva de la presente Resolución.Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos transferidos al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, en el marco del Proyecto PER/02/003 "Procuraduría Anticorrupción Ad Hoc", de acuerdo al si- guiente detalle: Pasajes US$1 629,72 Viáticos US$2 600,00 Tarifa CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- La citada Procuradora Pública Adjunta Ad Hoc, deberá cumplir con sustentar lo señalado en los Artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 10808 P R E S Autorizan al Banco de Materiales S.A.C. llevar a cabo proceso de reestructura- ción de préstamos u operaciones con morosidad al 31 de diciembre de 2001 DECRETO SUPREMO Nº 015-2002-PRES EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Banco de Materiales S.A.C. de conformidad con su Ley de Creación Nº 23220 y las Leyes Comple- mentarias Nº 26903 y Nº 26963, tiene como finalidad colaborar con el desarrollo integral de la comunidad ur- bana y rural, realizando actividades de promoción, eje- cución y/o aprovisionamiento de recursos, bienes y ser- vicios para la edificación y mejoramiento de la vivienda básica mínima, de las habilitaciones urbanas, de la infra- estructura urbana y rural, de la infraestructura productiva y de servicios, así como del equipamiento de la Microe- mpresa de todos los sectores productivos; Que el Banco de Materiales S.A.C., de acuerdo a su fin social, ha otorgado desde su creación préstamos en los sectores de menores recursos económicos desarro- llando programas de apoyo social para atender el proble- ma habitacional, generando empleo; Que, para atender a otras familias necesitadas de vi- vienda, es imprescindible la recuperación de los présta- mos otorgados por el Banco de Materiales S.A.C.; así como, la cartera que le fuera transferida por la Ley Nº 26969 y la Ley Nº 27044; Que, mediante Ley Nº 27205 se autorizó al Banco de Materiales S.A.C. para que con cargo a los recursos asig- nados y/o que se les asigne para la ejecución de los progra- mas a su crédito, cubra las contingencias propias de los créditos otorgados y el desgravamen a que hubiere lugar; Que, durante los años 1997, 1998 y 1999 se otorga- ron préstamos en materiales para techos livianos, en condiciones que viene investigando la Contraloría Gene- ral de la República, y que se han visto afectados seria- mente por la acción de desastres y elementos naturales; Que, para ser considerados como damnificados los prestatarios deberán recabar de su Municipalidad Dis- trital o Provincial un Certificado de Damnificado, el mismo que se emite en virtud de lo dispuesto en el Artículo 9º del Decreto Ley Nº 19338, Ley Nacional de Defensa Civil; Que, por Decreto Supremo Nº 002-2001-PRES se pre- cisaron diversos hechos como contingencias propias de