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Pág. 224866 NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de junio de 2002 mentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- APROBAR la exoneración del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Selectiva el suministro de combustible a que se refiere el artículo precedente. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Administrativa del Instituto Nacional de Cultura la contratación del sumi- nistro antes referido, por un período de dos meses, me- diante el proceso de Adjudicación Directa de Menor Cuan- tía, debiendo llevar a cabo el proceso de selección correspondiente para la adquisición definitiva. Artículo 4º.- La contratación y/o adquisición que se efectúe en virtud de la presente Resolución, se regulará por las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y nor- mas complementarias. Artículo 5º.- El egreso que irrogue la contratación y/o adquisición objeto de la exoneración a que se refieren los artículos precedentes será con cargo a la Fuente de Financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados, Cadena Funcional Programática 09/ 003/ 0006/ 1 00267, Cadena del Gasto 5.3.11.23. Artículo 6º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes será remitida a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario si- guientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LEONOR CISNEROS VELARDE Directora Nacional 10849 OSINERG FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 1317-2002-OS/CD Por Oficio Nº 0846-2002-OSINERG-OAF el Organis- mo Supervisor de la Inversión en Energía solicita se publi- que Fe de Erratas de la Resolución OSINERG Nº 1317- 2002-OS/CD, publicada en nuestra edición del día 11 de junio del año 2002, en la página 224440. En el quinto párrafo del Numeral 2.2.2 Análisis del OSINERG. DICE: ".... El VNR determinado por el organismo regulador, el que será siempre igual al Monto de Inversión del Adjudi- catario ajustado en cada período de revisión por la varia- ción." DEBE DECIR: ".... El VNR determinado por el organismo regulador, el que será siempre igual al Monto de Inversión del Adjudi- catario ajustado en cada período de revisión por la varia- ción." 10813 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 1321-2002-OS/CD Por Oficio Nº 0846-2002-OSINERG-OAF, el Organis- mo Supervisor de la Inversión en Energía solicita se publi- que Fe de Erratas de la Resolución OSINERG Nº 1321-2002-OS/CD, publicada en nuestra edición del día 12 de junio del año 2002, en la página 224523. En el último párrafo del Numeral 1; DICE: (...) Informe OSINERG-GART-AL-2002-045 (...) DEBE DECIR: (...) Informe OSINERG-GART-AL-2002-047 (...) En el pie de página número 13; DICE: (....) b) El concesionario no realice los estudios y/o ejecute las obras e instalaciones en los plazos establecidos en el contrato de concesión, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditados ; (...) DEBE DECIR: (...) b) El concesionario no realice los estudios y/o ejecute las obras e instalaciones en los plazos establecidos en el contrato de concesión, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditados; (...) 10814 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican Ordenanza de la Municipali- dad Distrital de Pueblo Libre que regu- la arbitrios de limpieza pública, par- ques y jardines y serenazgo para el ejer- cicio 2002 ACUERDO DE CONCEJO Nº 149 Lima, 30 de mayo de 2002 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Vista en Sesión de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, mediante Oficios Nºs. 098, 118 y 183-MPL-OSGC sobre ratificación de la Ordenanza Nº 079-MPL, que regula los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Se- renazgo para el ejercicio 2002 en su jurisdicción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Ad- ministración Tributaria (SAT) emitida mediante Oficio Nº 00295-02-SAT/MML e Informe Nº 000324-2002-SAT/04, lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 088-2002-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211 Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas de Carácter Tributario de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; ACORDÓ: Artículo Único.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 79-MPL de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre, que regula los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2002 en su jurisdicción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 10848