Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2002 (20/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 20 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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la ejecucion del Proyecto Piloto de Vivienda Martinete, ubicado en la provincia y departamento de MORDAZA, con fines de destugurizacion y renovacion MORDAZA, contando con los recursos economicos que aporte el Banco de Materiales, de acuerdo a la asignacion presupuestal que se le otorgue en el presente ejercicio para la construccion de viviendas; Que, en aplicacion de lo dispuesto por los Articulos 1º y 4º del Decreto Ley Nº 18806 modificado por el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, el Poder Ejecutivo podra aprobar a favor de las Empresas del Estado, las transferencias de bienes en propiedad necesarios para el desarrollo de sus actividades comerciales e industriales, como aporte de capital, por su valor de tasacion, a traves de una Resolucion de la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, estando a lo dispuesto en el Informe Nº 0862002/SBN-GO-JAD de fecha 12 de junio del 2002, es necesario aprobar la transferencia en calidad de aporte de capital al Banco de Materiales, del inmueble descrito en el primer parrafo, sobre el cual se va a realizar el Proyecto Piloto de Vivienda Martinete, por su valor de tasacion establecido por el Consejo Nacional de Tasaciones -CONATA que asciende a S/. 639 873,36 (seiscientos trentinueve mil ochocientos setentitres con 36/100 nuevos soles); Que, los literales k) y l) del Articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolucion Nº 315-2001/SBN de fecha 3 de setiembre del 2001, facultan a la Jefatura de Adjudicaciones a otorgar en aporte de capital, los inmuebles de propiedad del Estado a favor de las empresas publicas, asi como a emitir en primera instancia, las Resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 18806 modificado por Decreto de Urgencia Nº 0712001, Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001EF, Decreto Supremo Nº 019-2002-MTC, Resolucion Ministerial Nº 267-2002-MTC/15.01 y Resolucion Nº 3152001/SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia del predio denominado Lote 2 - Patio Martinete, de 27 950,00 m² ubicado en el Kilometro 15,240 y 15,731 de la linea del Ferrocarril Central, en la MORDAZA denominada MORDAZA Perdida a una distancia de 300,00 metros del MORDAZA Amazonas, Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, en calidad de aporte de capital del Estado a favor del Banco de Materiales, por su valor de tasacion comercial que asciende a S/. 639 873,36 (seiscientos trentinueve mil ochocientos setentitres con 36/100 nuevos soles). Articulo 2º.- La Superintendencia de Bienes Nacionales comunicara al organismo rector encargado del registro del accionariado de las empresas del Estado, el aporte efectuado, a fin que proceda a realizar todos los actos societarios necesarios para la correspondiente capitalizacion, remitiendo para tal efecto la tasacion comercial efectuada por el. Articulo 3º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao, por el merito de la presente Resolucion, procedera a inscribir en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, la transferencia dispuesta en el Articulo 1º, a favor del Banco de Materiales. Registrese, publiquese y comuniquese. YALU MORDAZA MORDAZA Jefe de Adjudicaciones 10871

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Facultan realizar modificaciones presupuestarias para aplicar recursos correspondientes al FONCOMUN en actividades y proyectos a ejecutar en el presupuesto institucional del ano 2002
ORDENANZA Nº 384

EL MORDAZA MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA En Sesion realizada el 14 de junio de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en el presente Ano Fiscal 2002, ha obtenido un credito interno del Banco de la Nacion por un importe de S/. 51'000,000.00, cuyo Servicio de la Deuda sera integramente atendido por la Corporacion con cargo a los recursos que por concepto de Fondo de Compensacion Municipal - FONCOMUN le corresponden; Que, del Endeudamiento obtenido del Banco de la Nacion, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA efectuara al Fondo Metropolitano de Inversiones -INVERMETuna transferencia hasta por el importe de S/. 40'000,000 para financiar la Ejecucion de Obras que requiere la Comunidad, dentro del MORDAZA de lo prescrito en el Acuerdo de Concejo Nº 118-2002; Que, como consecuencia de dicha transferencia, se requiere autorizar al INVERMET para modificar el Presupuesto Institucional, tanto en el Nivel Institucional como en el Funcional Programatico, dentro del MORDAZA de los lineamientos de politica metropolitanos establecidos para el presente Ano Fiscal; Que, mediante la Ordenanza Nº 309 se establecieron los porcentajes de utilizacion de los recursos correspondientes al FONCOMUN; Que, siendo el caso que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA atendera el Servicio de la Deuda de dicha operacion para el presente Ano Fiscal, resulta conveniente aplicar los recursos correspondientes a la Fuente de Financiamiento 07. FONCOMUN del Presupuesto Institucional de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MML, en el logro de los Objetivos Institucionales y Metas Presupuestarias contempladas para el Ano Fiscal 2002, segun la Escala de Prioridades vigente, liberandola para tal fin de lo dispuesto por la Ordenanza Nº 309; Que, para dicho efecto, las modificaciones presupuestarias que se requieren efectuar en el Nivel Funcional Programatico se sujetaran a lo establecido en la Ley Nº 27616, MORDAZA que regula el tratamiento del FONCOMUN para el presente Ano Fiscal; Que, de acuerdo con lo prescrito en el Articulo 1º de la Ley Nº 27630, que rige a partir del Ejercicio Presupuestal 2003 los recursos que perciban las Municipalidades por el Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) seran utilizados integramente para los fines que determinen los Gobiernos Locales por acuerdo de su Concejo Municipal y acorde a sus propias necesidades reales; De conformidad con lo senalado en el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Facultase a la administracion municipal a realizar, en sujecion a lo dispuesto en el Articulo 1º de

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