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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (21/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 225096 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de junio de 2002 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Otorgan beneficio de regularización administrativa de Licencia de Funciona- miento Provisional y Permanente ORDENANZA Nº 057-MDR Rímac, 14 de junio del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Sra. Teniente Alcaldesa, encargada de la Alcaldía Econ. Gloria Jaramillo Aguilar con la asistencia de los señores Regidores: Rosa Olinda Liza Nunton, William Castañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdi- via, Rafael Fernando Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada, Teófilo Silva Zava- leta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamán Lazo; Visto, el Informe Nº 321-2002-DAT-MDR emitido por la Dirección de Administración Tributaria sobre Proyecto de Ordenanza sobre Beneficio de Regularización Administra- tiva de Licencia de Funcionamiento Provisional y Perma- nente; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 27680, con- cordado con el Art. 2º de la Ley Orgánica de Munici- palidades, señala que las Municipalidades Provinciales, Distritales, son los órganos de Gobierno Local, que ema- nan de la Voluntad popular. Son personas jurídicas de de- recho público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con Ordenanza Nº 047-MDR se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente en el cual se establece el pago de los derechos y toda la infor- mación relativa a la tramitación de los procedimientos ad- ministrativos que se realicen en las diferentes dependen- cias de la Municipalidad; Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 23853 las Municipalidades tienen la facultad de fiscalizar y controlar el funcionamiento de locales comerciales en el distrito, habién- dose detectado a través de la División de Fiscalización Tribu- taria la existencia de establecimientos que vienen operando en el distrito sin contar con Licencia Municipal de Funciona- miento, habiéndoseles impuesto la sanción correspondiente de acuerdo al Reglamento de Aplicación de Sanciones; Que, es necesario dictar las medidas necesarias que incentiven a los señores comerciantes a regularizar dicha situación con la obtención de su Licencia de Funcionamiento correspondiente;Que, la actual gestión Municipal consciente de la difícil situación económica que viene atravesando el país otorga facilidades a los vecinos rimenses para regularizar el cum- plimiento de sus obligaciones tributarias y administrativas, por lo cual se hace necesario otorgar beneficios a favor de los administrados; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispues- to en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo y con la dis- pensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Otorgar en el distrito del Rímac el beneficio de Regularización administrativa de Licencia Pro- visional y Licencia Permanente, simplificando el trámite y disminuyendo el monto de pago de derechos que se con- signan en el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos (TUPA). Artículo Segundo.- De los montos por Derechos de Trámite de Zonificación, Compatibilidad de Uso, acondi- cionamiento de local y Licencia de Funcionamiento esta- blecidos en nuestro Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos, el beneficiado efectuará los pagos señalados con un descuento del 50% tanto para el caso de Licencia Permanente como para el caso de Licencia Provisional, según el siguiente detalle: Caso 1: 1.Certificado de Zonificación, Compatibilidad de Uso y Acondicionamiento de Local S/. 190.00 2.Licencia Provisional 70.00 --------------------- Pago según TUPA S/. 260.00 50% Descuento 130.00 -------------------- Total a pagar con beneficio otorgado S/. 130.00 Caso 2: 1.Certificado de Zonificación, Compatibilidad de Uso y Acondicionamiento de Local S/. 190.00 2.Licencia Permanente 300.00 --------------------- Pago según TUPA S/. 490.00 50% Descuento 245.00 --------------------- Total a pagar con beneficio otorgado S/. 245.00 Artículo Tercero.- Para acogerse al beneficio de la pre- sente Ordenanza los interesados deberán cumplir con la presentación de los siguientes requisitos: a) Solicitud - Declaración Jurada presentada en formato especial proporcionado por la Municipalidad, con el cual se tramita la Zonificación, Compatibilidad de Uso, acondicio- namiento de local y Licencia Municipal de Funcionamiento. b) Recibo de Pago por derecho de trámite de Certifica- do de Zonificación, Compatibilidad de Uso, Acondiciona- miento de Local. c) Croquis de ubicación del predio. d) Plano de distribución del local firmado por arquitecto para áreas mayores a 30 m2.ANEXO 1 FECHA DE VENCIMIENTO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DEL REGISTRO MES AL QUE INTENDENCIA REGIONAL ÚNICO DE CONTRIBUYENTES (RUC) CORRESPONDE LA U OFICINA ZONAL OBLIGACIÓN 1 2 3 4 5 INTENDENCIA REGIONAL 24 de junio 24 de junio 25 de junio 25 de junio (*) AREQUIPA de 2002 de 2002 de 2002 de 2002 INTENDENCIA REGIONAL (*) 24 de junio 25 de junio 25 de junio 24 de junio MAYO TACNA de 2002 de 2002 de 2002 de 2002 INTENDENCIA REGIONAL (*) (*) (*) 25 de junio (*) CUSCO de 2002 OFICINA ZONAL JULIACA (*) (*) 25 de junio 25 de junio 24 de junio de 2002 de 2002 de 2002 (*) Aplicable la Resolución de Superintendencia Nº 144-2001/SUNAT 11023