Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2002 (21/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 21 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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e) Para personas juridicas presentar Testimonio de Constitucion de Empresa. f) Contrato de alquiler vigente (en caso que el solicitante sea arrendatario). g) MORDAZA del D.N.I. h) MORDAZA del Certificado RUC. i) Original o MORDAZA fedateada de la autorizacion de la Institucion Publica correspondiente en caso de Boticas y Farmacias, Venta de Gasolina, Gas y afines, Consultorios profesionales (acreditar colegiatura), Centro Educativos y otros giros en los cuales sea necesario. j) Pago de Hoja de Ruta. Articulo Cuarto.- El otorgamiento de la Licencia Provisional o Permanente solo se MORDAZA efectivo siempre y cuando la zonificacion, compatibilidad de uso y acondicionamiento de local resulte declarado conforme. El pago por derecho de licencia se abonara dentro del plazo de 15 dias calendario de notificada la aprobacion de Certificado de Zonificacion, Compatibilidad de Uso y Acondicionamiento de Local, de lo contrario el solicitante perdera el beneficio otorgado por la presente Ordenanza, debiendo cancelar el monto indicado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). Articulo Quinto.- Aprobar el Formato de Solicitud Declaracion Jurada el cual forma parte de la presente Ordenanza, en el que se unifica el pedido de Zonificacion, Compatibilidad de Uso, acondicionamiento de local y licencia, sea este Provisional o Permanente. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza tendra vigencia desde el dia siguiente de su publicacion hasta el 31/8/ 02. Articulo Setimo.- Encargar a la Direccion Municipal, Direccion de Desarrollo MORDAZA, Direccion de Administracion Tributaria, Oficina de Imagen Institucional y Division de Participacion Vecinal, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 11056

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa sin publicacion la ejecucion de la obra "Pavimentacion de Pistas en el Asentamiento Humano Maranga"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 07-2002/MDSM
San MORDAZA, 19 de junio de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Vista la propuesta tecnico-economica alcanzada por ODENA - Batallon de Asuntos Civiles Nº 112-2da. Region del Ejercito Peruano para la ejecucion de la Obra: "Pavimentacion de Pistas en el Asentamiento Humano Maranga"; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades (Ley Nº 23853) en su Articulo 3º establece que las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion y segun el Articulo 62º de dicha Ley, corresponde a las Municipalidades, segun el caso, planificar, ejecutar e impulsar a traves de los organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfaccion de sus necesidades vitales de vivienda, salubridad, abastecimiento, educacion, recreacion, transportes y comunicaciones; Que, entre las funciones de las Municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva senaladas en el Articulo 65º de la Ley Nº 23853,

se mencionan en el inciso 5) de dicho articulo el mantener y en la medida de sus recursos, construir la infraestructura MORDAZA y rural (vias vecinales, servicios de agua, desague, luz, pavimentos, puentes, monumentos, parques, etc.) indispensables para el desenvolvimiento de la MORDAZA del vecindario; Que, con Oficio Nº 019-2002(16/4/2002) la Junta Directiva del Asentamiento Humano Maranga presenta a la Municipalidad de San MORDAZA el Expediente Tecnico de Pavimentacion de Pistas y Veredas para ejecutarse por contrata por un monto de S/. 257,965.50 para la pavimentacion de pistas; Que, con Oficio Nº 021-2002-DM/MDSM (15/5/2002) de la Direccion Municipal se invita al Batallon de Asuntos Civiles Nº 112 - 2da. Region del Ejercito Peruano para que haga llegar su propuesta tecnico-economica para la ejecucion de la pavimentacion de pistas en el Asentamiento Humano Maranga, la que es alcanzada con Oficio Nº 005/BAC112(23/5/2002) por un monto de obra equivalente a S/. 175,000.00, de cuya evaluacion, se concluye que la propuesta alcanzada es la mas favorable y ventajosa que la ejecutada por contrata y por empresas civiles, ya que en el monto de su propuesta economica no considera el % de utilidades y el IGV, ademas que sus gastos indirectos, de 10.66% son menores, asimismo, que sus costos unitarios en las partidas de ejecucion de la obra son menores que los de contrata, pues la tarifa del alquiler de equipo mecanico aplicada es la del MTC y de MORDAZA solo consideran el costo de operacion de la maquinaria; Que, en cuanto a infraestructura, se indica que el Batallon Nº 112-EP cuenta con la infraestructura necesaria para ejecutar la obra, ya que cuenta con el equipo mecanico completo y operativo, planta de asfalto propia y mano de obra calificado en estos trabajos de construccion; ademas, en el expediente tecnico alcanzado se aprecia que el Batallon Nº 112-EP puede ejecutar la obra con calidad comprobada y eficiencia, pues efectuara las pruebas de ensayo de laboratorio de suelos y materiales a emplearse en las diferentes partidas de construccion; alcanzandose tambien el cronograma de obra para una ejecucion en 45 dias, cronograma de desembolsos por quincena, cantidades de horas hombre, materiales y equipo mecanico a emplearse en la obra, conjuntamente con las especificaciones tecnicas y planos correspondientes; Que, siendo el Batallon de Asuntos Civiles Nº 112-2da. Region del Ejercito Peruano un ente del sector publico integrante del Gobierno Central, con el cual se contratara para la ejecucion de la pavimentacion de pistas en el Asentamiento Humano Maranga, estando dentro de los alcances del inciso a) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respecto de la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica, Concurso Publico, y Adjudicacion Directa; Que, en cumplimiento al Articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Acuerdo a adoptarse respecto de la exoneracion del MORDAZA de Seleccion, para el caso requiere obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 0292001-PCM que modifica el Articulo 106º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, los informes tecnico y economico elaborados por la Municipalidad deben contener ciertos parametros, los cuales son fundamento de Acuerdo a adoptar; Que, aparece del Informe Nº 727-2002-DEOP/DIDU/ MDSM de la Division de Estudios y Obras Publicas, que actualmente es necesidad la pavimentacion de pistas del Asentamiento Humano Maranga, senalando como ventajosa desde el punto de vista economico la contratacion para la ejecucion de la obra al Batallon de Asuntos Civiles Nº 112 - 2da. Region del Ejercito Peruano con relacion a los precios del MORDAZA, respecto de similar servicio con caracteristicas analogas, asimismo es tecnicamente idonea y viable su contratacion, concluyendose por la necesidad del servicio a prestar por esta entidad estatal; Que, del Informe Nº 205-2002-OAJ/MDSM de la Oficina de Asesoria Juridica, se establece que la contratacion se encuentra contenida dentro de los alcances del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, pudiendo exonerarse del MORDAZA de Seleccion respectivo la contratacion del servicio de obra MORDAZA referida, de acuerdo a los criterios de economia que se establecen

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