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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (21/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 225097 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de junio de 2002 e) Para personas jurídicas presentar Testimonio de Cons- titución de Empresa. f) Contrato de alquiler vigente (en caso que el solicitan- te sea arrendatario). g) Copia del D.N.I. h) Copia del Certificado RUC. i) Original o copia fedateada de la autorización de la Institución Pública correspondiente en caso de Boticas y Farmacias, Venta de Gasolina, Gas y afines, Consultorios profesionales (acreditar colegiatura), Centro Educativos y otros giros en los cuales sea necesario. j) Pago de Hoja de Ruta. Artículo Cuarto.- El otorgamiento de la Licencia Provi- sional o Permanente sólo se hará efectivo siempre y cuan- do la zonificación, compatibilidad de uso y acondi- cionamiento de local resulte declarado conforme. El pago por derecho de licencia se abonará dentro del plazo de 15 días calendario de notificada la aprobación de Certificado de Zonificación, Compatibilidad de Uso y Acon- dicionamiento de Local, de lo contrario el solicitante perde- rá el beneficio otorgado por la presente Ordenanza, de- biendo cancelar el monto indicado en el Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos (TUPA). Artículo Quinto.- Aprobar el Formato de Solicitud - Declaración Jurada el cual forma parte de la presente Or- denanza, en el que se unifica el pedido de Zonificación, Compatibilidad de Uso, acondicionamiento de local y licen- cia, sea éste Provisional o Permanente. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza tendrá vigen- cia desde el día siguiente de su publicación hasta el 31/8/ 02. Artículo Sétimo.- Encargar a la Dirección Municipal, Dirección de Desarrollo Urbano, Dirección de Administración Tributaria, Oficina de Imagen Institucional y División de Par- ticipación Vecinal, el cumplimiento de la presente Ordenan- za. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 11056 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Exoneran de proceso de selección de adjudicación directa sin publicación la ejecución de la obra "Pavimentación de Pistas en el Asentamiento Humano Ma- ranga" ACUERDO DE CONCEJO Nº 07-2002/MDSM San Miguel, 19 de junio de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MIGUEL Vista la propuesta técnico-económica alcanzada por ODENA - Batallón de Asuntos Civiles Nº 112-2da. Región del Ejército Peruano para la ejecución de la Obra: "Pavi- mentación de Pistas en el Asentamiento Humano Maran- ga"; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 23853) en su Artículo 3º establece que las Municipalidades repre- sentan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circuns- cripciones de su jurisdicción y según el Artículo 62º de di- cha Ley, corresponde a las Municipalidades, según el caso, planificar, ejecutar e impulsar a través de los organismos competentes el conjunto de acciones destinadas a propor- cionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfac- ción de sus necesidades vitales de vivienda, salubridad, abastecimiento, educación, recreación, transportes y comu- nicaciones; Que, entre las funciones de las Municipalidades en ma- teria de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva señaladas en el Artículo 65º de la Ley Nº 23853,se mencionan en el inciso 5) de dicho artículo el mantener y en la medida de sus recursos, construir la infraestructura urbana y rural (vías vecinales, servicios de agua, desagüe, luz, pavimentos, puentes, monumentos, parques, etc.) in- dispensables para el desenvolvimiento de la vida del vecin- dario; Que, con Oficio Nº 019-2002(16/4/2002) la Junta Direc- tiva del Asentamiento Humano Maranga presenta a la Mu- nicipalidad de San Miguel el Expediente Técnico de Pavi- mentación de Pistas y Veredas para ejecutarse por contrata por un monto de S/. 257,965.50 para la pavimentación de pistas; Que, con Oficio Nº 021-2002-DM/MDSM (15/5/2002) de la Dirección Municipal se invita al Batallón de Asuntos Civi- les Nº 112 - 2da. Región del Ejército Peruano para que haga llegar su propuesta técnico-económica para la ejecución de la pavimentación de pistas en el Asentamiento Humano Maranga, la que es alcanzada con Oficio Nº 005/BAC- 112(23/5/2002) por un monto de obra equivalente a S/. 175,000.00, de cuya evaluación, se concluye que la pro- puesta alcanzada es la más favorable y ventajosa que la ejecutada por contrata y por empresas civiles, ya que en el monto de su propuesta económica no considera el % de utilidades y el IGV, además que sus gastos indirectos, de 10.66% son menores, asimismo, que sus costos unitarios en las partidas de ejecución de la obra son menores que los de contrata, pues la tarifa del alquiler de equipo mecáni- co aplicada es la del MTC y de ella sólo consideran el costo de operación de la maquinaria; Que, en cuanto a infraestructura, se indica que el Bata- llón Nº 112-EP cuenta con la infraestructura necesaria para ejecutar la obra, ya que cuenta con el equipo mecánico com- pleto y operativo, planta de asfalto propia y mano de obra calificado en estos trabajos de construcción; además, en el expediente técnico alcanzado se aprecia que el Batallón Nº 112-EP puede ejecutar la obra con calidad comprobada y eficiencia, pues efectuará las pruebas de ensayo de labora- torio de suelos y materiales a emplearse en las diferentes partidas de construcción; alcanzándose también el crono- grama de obra para una ejecución en 45 días, cronograma de desembolsos por quincena, cantidades de horas hom- bre, materiales y equipo mecánico a emplearse en la obra, conjuntamente con las especificaciones técnicas y planos correspondientes; Que, siendo el Batallón de Asuntos Civiles Nº 112-2da. Región del Ejército Peruano un ente del sector público in- tegrante del Gobierno Central, con el cual se contratará para la ejecución de la pavimentación de pistas en el Asen- tamiento Humano Maranga, estando dentro de los alcan- ces del inciso a) del Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, TUO de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, respecto de la exoneración del Pro- ceso de Licitación Pública, Concurso Público, y Adjudica- ción Directa; Que, en cumplimiento al Artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Acuerdo a adoptarse respecto de la exoneración del Proceso de Selección, para el caso requiere obligatoriamente de un in- forme técnico-legal previo, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 029- 2001-PCM que modifica el Artículo 106º del Decreto Su- premo Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, los informes técnico y económico elaborados por la Municipalidad deben conte- ner ciertos parámetros, los cuales son fundamento de Acuer- do a adoptar; Que, aparece del Informe Nº 727-2002-DEOP/DIDU/ MDSM de la División de Estudios y Obras Públicas, que actualmente es necesidad la pavimentación de pistas del Asentamiento Humano Maranga, señalando como ventajo- sa desde el punto de vista económico la contratación para la ejecución de la obra al Batallón de Asuntos Civiles Nº 112 - 2da. Región del Ejército Peruano con relación a los precios del mercado, respecto de similar servicio con ca- racterísticas análogas, asimismo es técnicamente idónea y viable su contratación, concluyéndose por la necesidad del servicio a prestar por esta entidad estatal; Que, del Informe Nº 205-2002-OAJ/MDSM de la Oficina de Asesoría Jurídica, se establece que la contratación se encuentra contenida dentro de los alcances del Artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, pudiendo exonerarse del Proceso de Selección res- pectivo la contratación del servicio de obra antes referida, de acuerdo a los criterios de economía que se establecen