TEXTO PAGINA: 42
Pág. 225092 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de junio de 2002 RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección corres- pondiente, la contratación del Dr. Leoncio Rodríguez Rodrí- guez, para la prestación de los servicios personalísimos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolu- ción. La contratación se efectuará conforme a lo previsto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decre- to Supremo Nº 012-2001-PCM, concordado con los Artícu- los 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y demás normas concordantes. Artículo 2º.- El valor referencial de la contratación por el período junio-setiembre del 2002, será hasta por un monto máximo de S/. 56,640.00 Nuevos Soles, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Logística, efec- túe la publicación de la presente Resolución, y asimismo, remita una copia de la misma y de los informes que susten- tan esta exoneración a la Contraloría General de la Repú- blica, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme lo establece el Artículo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Reglamento y el Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO NARVÁEZ LICERAS Director Ejecutivo Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social 10970 INDECOPI Aceptan renuncia de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del INDECOPI que opera en la Universidad de Lima RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 043-2002-INDECOPI/DIR Lima, 18 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que el señor Fernando Arrunátegui Martínez ha pre- sentado renuncia al cargo de miembro de la Comisión De- legada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Universidad de Lima; Que la citada renuncia ha sido aceptada por el Direc- torio de la Institución; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del De- creto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Fernando Arrunátegui Martínez al cargo de miembro de la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Universidad de Lima, dándo- sele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 10899 Designan miembro de la Comisión Dele- gada de Reestructuración Patrimonial del INDECOPI que opera en la Univer- sidad de Lima RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 044-2002-INDECOPI/DIR Lima, 18 de junio de 2002CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 788 y en la Ley Nº 27146 y en el marco de la descentra- lización de sus funciones, el Indecopi ha suscrito Conve- nios de Delegación de Funciones con distintas entidades de prestigio, públicas y privadas, estableciendo Comisio- nes Delegadas de Reestructuración Patrimonial encarga- das de tramitar y resolver los procedimientos a que se re- fiere la Ley de Reestructuración Patrimonial; Que en ese contexto, resulta pertinente efectuar la in- corporación de un nuevo miembro a la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Universidad de Lima; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio de la ins- titución; y, De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del De- creto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Julio Pastor Borda en el cargo de miembro de la Comisión Delegada de Rees- tructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la Uni- versidad de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 10900 Prorrogan plazo para la presentación de solicitudes de autorización establecido en el Reglamento para la Autorización de Empresas de Servicios Metrológicos RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0056-2002/INDECOPI-CRT Lima, 12 de junio de 2002 VISTO: El Artículo 1º del Reglamento para la Autorización de Empresas de Servicios Metrológicos; y, CONSIDERANDO: Que, el 19 de junio de 2000 se publicó el Reglamento para la Autorización de Empresas de Servicios Metrológicos aprobado mediante Resolución Nº 0032-2000/INDECOPI- CRT a fin de establecer un régimen de autorización de empresas de servicios metrológicos como etapa transitoria orientada a la acreditación de Laboratorios de Calibración; Que, en concordancia con el carácter transitorio del Reglamento para la Autorización de Empresas de Servi- cios Metrológicos se estableció en el Artículo 1º de dicha norma que las solicitudes de autorización serían admitidas hasta el 30 de mayo de 2002; Que, a la fecha sólo se ha autorizado a tres empresas de servicios metrológicos para la calibración de determinados instrumentos de medición tales como balanzas y tolvas, sien- do necesario en tal sentido prorrogar la fecha de presentación de solicitudes a fin de propiciar el incremento de dichas em- presas considerando su importancia para el fortalecimiento del sistema de acreditación que administra el Indecopi; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Indecopi y con el acuerdo unánime de sus miembros reunidos en sesión del 12 de junio de 2002 RESUELVE: PRORROGAR por un año el plazo establecido en el Ar- tículo 1º del Reglamento para la Autorización de Empresas de Servicios Metrológicos, aprobado mediante Resolución Nº 0032-2000/INDECOPI-CRT, a fin de hacer viable la pre- sentación de solicitudes de autorización dentro de dicho período. Regístrese y comuníquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 10966