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Pág. 225141 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, la recurrente ha cumplido con presentar la docu- mentación requerida para el trámite correspondiente y abo- nado los pagos por derechos administrativos señalados en el TUPA y en el Reglamento Nacional de Construcciones; Que, MACRILU S.A., propietaria del Lote Nº 178 con 1,057.00 m2, ha adquirido los Sublotes 2 de la Sección "C", Sublote Nº 181-A y el Sublote Nº 182-A para acumu- larlo al Lote Nº 178 y conforma una nueva unidad Inmobi- liaria denominada Lote Nº 178-A con 1,277.58 m2 median- te Minuta de Compraventa de fecha 2 de julio del año 2001; Estando con los Informes Nº 04 y Nº 015-2002-MML- DMDU-DHU-DSD de fechas 23 de enero del 2002 y 10 de abril del 2002 respectivamente, emitido por la División de Subdivisiones de la Dirección de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Artículo 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Art. 3º del Decreto de Al- caldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997 y la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, la Subdivisión sin Cambio de Uso y sin Obras Complementarias con fines de acumulación de la siguiente manera: LA SECCIÓN "C" CON UN ÁREA DE 478.00 m2 (CUA- TROCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRA- DOS) SE SUBDIVIDE EN DOS (2) SUBLOTES DENOMI- NADOS: - Sublote Nº 1 con 387.92 m2 (TRESCIENTOS OCHEN- TA Y SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS). - Sublote Nº 2 con 90.08 m2 (NOVENTA METROS CUADRADOS CON OCHO DECÍMETROS CUADRA- DOS). EL LOTE Nº 181 CON UN ÁREA DE 604.00 m2 (SEIS- CIENTOS CUATRO METROS CUADRADOS) SE SUBDI- VIDE EN DOS (2) SUBLOTES DENOMINADOS: - Sublote Nº 181-A con 72.00 m2 (SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS). - Sublote Nº 181-B con 532.00 m2 (QUINIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS). EL LOTE Nº 182 CON UN ÁREA DE 490.75 m2 (CUA- TROCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS CON SETENTICINCO DECÍMETROS CUADRADOS) SE SUB- DIVIDE EN DOS (2) SUBLOTES DENOMINADOS: - Sublote Nº 182-A con 58.50 m2 (CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍME- TROS CUADRADOS). - Sublote Nº 182-B con 432.25 m2 (CUATROCIEN- TOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO DECÍMETROS CUADRADOS). El Sublote Nº 2 de la Sección "C" con un área de 90.08 m2 (NOVENTA METROS CUADRADOS CON OCHO DE- CÍMETROS CUADRADOS), el Sublote Nº 181-A con 72.00 m2 (SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS) y el Su- blote Nº 182-A con 58.50 m2 (CINCUENTA Y OCHO ME- TROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS) se acumularán al Lote Nº 178 con 1,057.00 m2 (UN MIL CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRA- DOS) para forma una sola Unidad Inmobiliaria de 1,277.58 m2 (UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO DECÍMETROS CUADRADOS) denominada Lote Nº 178-A. Las características de los Sublotes resultantes figuran en el Plano signado con el Nº 11-2002-MML-DMDU-DHU y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ESTABLECER, que la presente resolución aprueba sólo la subdivisión de los lotes, no convalidando ni regularizando la falta de Licencia de Cons-trucción que podría existir, así mismo, deberá regulari- zarse la construcción existente sobre el nuevo Lote Nº 178-A. Artículo Tercero.- AUTORIZAR la inscripción ante la Oficina Registral de Lima y Callao de los Sublotes Nº 178- A, Nº 181-B, Nº 182-B y el Sublote Nº 1 de la Sección "C", así como la libre venta de los mismos disponiendo que el propietario está obligado a insertar en los contratos de Venta que celebre una cláusula en la que establezca la indivisibi- lidad de los Sublotes señalados sin la correspondiente au- torización Municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano, la cual estará a cargo de los interesados, debiendo efectuarse en un plazo máximo de treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscrip- ción correspondiente, a la Municipalidad Distrital de San Isidro, a la Dirección Municipal de Fiscalización y Control de la Municipalidad Metropolitana de Lima (DMFC) y a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. ROSA CÁCERES VALENCIA Directora de Habilitaciones Urbanas Dirección Municipal de Desarrollo Urbano Dirección General de Obras 10867 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 01-04-00000002 Mediante Oficio Nº 03-90-00000051 el Servicio de Ad- ministración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita se publique FE DE ERRATAS de la R.J. Nº 01-04-00000002 (Reglamento de Fraccionamiento de Deu- das Tributarias y No Tributarias), publicada en nuestra edi- ción del día 16 de junio de 2002, en la página 224832. En el cuarto considerando y el Artículo 1º inciso c) modificado por el Artículo 1º de la Resolución Jefatural. DICE: (...) 0.3% de la UIT (...) DEBE DECIR: (...) 0.3 de la UIT (...) 11069 MUNICIPALIDAD DE ATE Otorgan plazo para que establecimien- tos comerciales, industriales y de acti- vidades profesionales o de servicios cumplan con obtener autorización mu- nicipal de funcionamiento (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Secretaría General de la Municipalidad de Ate, mediante Oficio Nº 060-02-SG/MDA, recibido el 20 de junio de 2002) ORDENANZA Nº 022-2001-MDA Ate, 26 de diciembre del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE