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Pág. 225136 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de junio de 2002 b. Los intereses que generen los fondos en las cuen- tas de las ICLV, recibidos de los emisores, para ser destinados al pago a los titulares de beneficios u otros derechos en efectivo derivados de los valores registra- dos en las ICLV; y, c. Los intereses que generen los fondos en las cuentas de las ICLV, recibidos de los participantes, para ser desti- nados a cubrir márgenes de garantía, sólo por el período comprendido desde la fecha de la correspondiente liquida- ción de las operaciones y su efectivo cobro." Artículo 3º.- Sustitúyase el inciso h) y agréguese el inciso i) al Artículo 112º del Reglamento de Instituciones de Compensación y Liquidación de Valores, aprobado por Resolución CONASEV Nº 031-99-EF/94.10, conforme al texto siguiente: "Artículo 112º.- (...) h) La información acerca de las transacciones con va- lores registrados en la respectiva ICLV que realicen sus funcionarios, empleados y directores que tengan acceso a la información contenida en sus registros, al día siguiente de conocidas, debiendo establecer la ICLV el mecanismo interno correspondiente para que dichas transacciones se informen de inmediato; i) Cualquier otra información y documentación estable- cida en los reglamentos, el Reglamento, Reglamentos In- ternos u otra requerida por CONASEV." Artículo 4º.- Los beneficios por la administración de fondos bursátiles generados antes de la entrada en vigen- cia de la Octava Disposición Final del Reglamento de Ins- tituciones de Compensación y Liquidación de Valores, en las cuentas a nombre de la Institución de Compensación y Liquidación de Valores, pueden ser utilizados por dicha ins- titución, siempre que correspondan a los supuestos com- prendidos en la citada Disposición Final. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución a CA- VALI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS EYZAGUIRRE GUERRERO Presidente 11110 Disponen inscripción de "Coril Instru- mentos de Corto Plazo 4 - Fondo de In- versión" en el Registro Público del Mer- cado de Valores RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 039-2002-EF/94.11 Lima, 18 de junio de 2002 VISTOS: El Expediente Nº 2002/03541 presentado por Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A., así como el In- forme Nº 26-2002-EF/94.55 de fecha 31 de mayo de 2002 presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 035-99-EF/ 94.10 de fecha 9 de marzo de 1999 se autorizó a Progre- so S.A. Sociedad Administradora de Fondos, hoy Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A., a admi- nistrar fondos de inversión, así como se dispuso la ins- cripción del fondo de inversión denominado Progreso Ins- trumentos de Corto Plazo 1 - Fondo de Inversión; Que, mediante escritos presentados con fechas 26 de marzo, 21 y 23 de mayo de 2002, Grupo Coril Socie-dad Administradora de Fondos S.A. solicitó a esta Comi- sión Nacional la inscripción del fondo de inversión denominado "Coril Instrumentos de Corto Plazo 4 - Fon- do de Inversión", en la sección correspondiente del Re- gistro Público del Mercado de Valores; Que, de conformidad con la documentación presenta- da, Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha cumplido con lo previsto en los Artículos 14º, 15º, 16º y 17º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Socie- dades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 002-97-EF/94.10, para la inscripción de un fondo de inversión; y, Estando a lo dispuesto en el Artículo 2º inciso a) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONA- SEV, aprobado por el Decreto Ley Nº 26126; y a las facul- tades delegadas al Gerente General de CONASEV por Acuerdo Nº 115-99 del Directorio de esta Institución reuni- do en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción del fondo de inver- sión denominado "Coril Instrumentos de Corto Plazo 4 - Fondo de Inversión" en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- El Reglamento de Participación, así como el Modelo de Contrato a suscribir con los partícipes, con- tienen las disposiciones aplicables al funcionamiento y a las operaciones del referido fondo de inversión y se en- cuentran a disposición de los inversionistas y del público en general en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Grupo Coril Sociedad Administradora de Fon- dos S.A. deberá remitir al Registro Público del Mercado de Va- lores dos (2) ejemplares del Reglamento de Participación y el Modelo de Contrato del fondo de inversión "Coril Instrumentos de Corto Plazo 4 - Fondo de Inversión", en el plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente resolución o antes del inicio de la colocación de cuotas, lo que ocurra primero. Artículo 4º.- La inscripción a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución no implica que CONASEV recomiende la suscripción de certificados de participación del mencionado fondo de inversión u opine favorablemente sobre la rentabilidad o calidad del mismo. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su notificación. Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución a Gru- po Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PUGA POMAREDA Gerente General 10987 ESSALUD Aprueban inclusión y exclusión de di- versos procesos de selección en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes de ESSALUD para el año 2002 RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE LOGÍSTICA E INFRAESTRUCTURA Nº 000319-GCLI-ESSALUD-2002 Lima, 5 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, el 15 de marzo del 2001, entró en vigencia el Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 081-GG-ESSALUD-2002, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones (PAAC) de ESSALUD co- rrespondiente al año 2002;