Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2002 (22/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

Pag. 225142
POR CUANTO:

NORMAS LEGALES
DENOMINACION DEL PROYECTO
LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL LEY 27268 (Ley de promocion de microempresas y pequenas empresas licencia provisional por un ano)

MORDAZA, sabado 22 de junio de 2002
REQUISITOS
1.- Folder 2.-Solicitud-Declaracion Jurada 3.-Certificado de Compatibilidad de Uso conforme 4.- MORDAZA de RUC 5.- Derecho de Tramite 6.- Declaracion Jurada de ser Pequena o Micro Empresa conforme al inciso c) del Art. 56º del D.S. Nº 030-2000 ITINCI. 6.- Declaracion Jurada del solicitante fedateada por la Municipalidad Distrital de Ate en los casos de que se requiera autorizacion previa del sector, no siendo responsabilidad de la Municipalidad de Ate. la No previa autorizacion en caso que no cumpla con los requisitos MORDAZA previstos 1.- Folder 2.- Solicitud valorada 3.-Certificado de compatibilidad de Uso conforme 4.- MORDAZA de RUC 5.- Derecho de Tramite 6.- Declaracion Jurada del solicitante fedateada por la Municipalidad Distrital de Ate en los casos de que se requiera autorizacion previa del sector, no siendo responsabilidad de la Municipalidad de Ate. la No previa autorizacion en caso que no cumpla con los requisitos MORDAZA previstos 1.- Folder 2.- Formato valorado 3.-Certificado de Compatibilidad de Uso conforme 4.- MORDAZA de RUC 5.- Derecho por Autorizacion 6.- Declaracion Jurada del solicitante fedateada por la Municipalidad Distrital de Ate en los casos de que se requiera autorizacion previa del sector, no siendo responsabilidad de la Municipalidad de Ate. la No previa autorizacion en caso que no cumpla con los requisitos MORDAZA previstos

DERECHOS
S/.5.00 S/ .3.00

El Concejo Distrital de Ate, en Sesion Extraordinaria de Concejo fecha 26 de diciembre del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, otorga a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru, senala que el Concejo Municipal ejerce funcion normativa, dentro de los Gobiernos Locales; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario senala que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el numeral 7) del Art. 68º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, senala que son funciones de la Municipalidades en materia de abastecimiento y comercializacion de productos, el otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales e industriales y de actividades profesionales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas; Que, con fecha 28 de junio del 2001, se ha publicado la Ordenanza Nº 005-01-MDA, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ate, donde se senala expresamente los requisitos y pagos para obtener la Autorizacion Municipal de Funcionamiento; Que, se ha constatado que en la jurisdiccion del distrito de Ate, existe una gran cantidad de establecimientos comerciales e industriales que se encuentran operando sin la debida Autorizacion Municipal de funcionamiento infringiendo las normas municipales al no contar con la debida autorizacion; siendo pasible de sancion; Que, la presente administracion se encuentra abocada al ordenamiento progresivo y formalizacion de los establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales o de servicio, otorgandoles las mas amplias facilidades para que puedan llevarlo a cabo; Estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Articulo 36º y los Articulos 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, contando con el MORDAZA por Unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la presente Ordenanza; ORDENANZA QUE OTORGA FACULTADES A LOS LOCALES COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE ACTIVIDADES PROFESIONALES O DE SERVICIO PARA QUE SE FORMALICEN OBTENIENDO SU AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Articulo 1º.- OTORGAR, un plazo de 90 dias calendario; a fin de que los establecimientos comerciales, industriales, de actividades profesionales y/o servicios, que se encuentren laborando sin la debida Autorizacion Municipal de Funcionamiento, cumplan con obtenerla acogiendose al presente dispositivo. Articulo 2º.- Suspendase, por el periodo de tiempo senalado en el articulo precedente los requisitos formales establecidos en los numerales 2, 4, 5 y 40 de la Subdireccion de Autorizaciones, Certificaciones y Registros del Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 005-01-MDA, cuyas se ceniran a los requisitos y pagos siguientes:
DENOMINACION DEL PROYECTO
CERTITIFICADO DE COMPATIBILIDAD DE USO

S/. 50.00

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DEFINITIVA LEY 27268 ( Ley de Promocion de Microempresas y Pequenas Empresas)

S/.5.00 S/ .8.00

S/. 160.00

AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, ACTIVIDADES Y/O SERVICIOS PROFESIONALES.

S/.5.00 S/ .8.00

S/. 160.00

REQUISITOS
1.- Carpeta adjuntando: Hoja de Tramite Formato de Solicitud (por duplicado) firmado por el interesado. 2.- Recibo de Pago por Derecho de Tramite.

DERECHOS

S/. 20.00 Por carpeta S/. 72.50

Articulo 3º.- Con la finalidad de dar facilidades a los establecimientos comerciales, industriales, de actividades profesionales y/o servicios, la actual gestion ha considerado conveniente reducir en un 50% el pago por derecho de tramite de los precedentes que es MORDAZA de esta Ordenanza. Articulo 4º.- Las Personas Naturales y/o juridicas que al entrar en vigencia la presente ordenanza se encuentran sancionadas con multas administrativas por carecer de Autorizacion Municipal de Funcionamiento, podran pagar las mismas con una reduccion del 70%, previo acogimiento a la subsanacion de la infraccion, mediante los procedimientos senalados en el presente dispositivo. Articulo 5º.- Culminado el periodo de vigencia del presente dispositivo, la Municipalidad de Ate, iniciara una MORDAZA masiva de fiscalizacion a las personas naturales y juridicas que se encuentren realizando actividades comerciales, industriales profesionales y/o servicios en la jurisdiccion del distrito de Ate, sancionando a los que no cuenten con Autorizacion municipal de funcionamiento, para operar sus respectivos establecimientos de acuerdo a la Ley. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

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