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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (22/06/2002)

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Pág. 225132 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de junio de 2002 for Central Bank Researchers", organizado por el Study Center Gerzensee, una Fundación del Banco Nacional de Suiza, el que se realizará en la ciudad de Gerzensee - Suiza; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado el Directo- rio en su sesión de fecha 4 de octubre de 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje por estudios del señor Marco Vega de la Cruz, Analista I de la Gerencia de Estu- dios Económicos, a la ciudad de Gerzensee - Suiza, del 23 al 29 de junio inclusive, a fin de participar en el curso indica- do en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje es como sigue: Pasaje US$1 902,14 Tarifa única de aeropuerto US$25,00 ------------------- Total US$1 927,14 Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. RICHARD WEBB DUARTE Presidente 11000 CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comisión de delito de peculado y perjui- cio económico en agravio de la Munici- palidad Distrital de Hualmay RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 116-2002-CG Lima, 18 de junio de 2002 Vistos, los Informes Especiales Nºs. 037 y 038-2002- CG/LR, resultantes del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Hualmay, provincia de Huaura, departamento de Lima, período enero 1999 - diciembre 2000; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de las denuncias formuladas por ciu- dadanos del distrito de Hualmay, provincia de Huaura y departamento de Lima, este Organismo Contralor dispuso una acción de control en el citado municipio, por el período enero 1999 - diciembre 2000, acreditán- dose la respectiva Comisión de Auditoría mediante Oficio Nº 116-2001-CG/SC; Que, como consecuencia de la acción de control efec- tuada en la Municipalidad Distrital de Hualmay, la Comi- sión de Auditoría ha evidenciado que en mérito al Memo- rándum Nº 172-99-ALC/MDH se giró un cheque a nom- bre del ex Jefe de la Unidad de Abastecimientos por la cantidad de S/. 4 000,00 (Cuatro mil nuevos soles 00/ 100), para el supuesto pago a un tercero a fin de que tramite la obtención de un préstamo bancario, siendo di- cha autorización irregular, por considerarse que este trá- mite forma parte de las funciones que corresponden des- empeñar a las unidades administrativas de la municipali- dad; habiéndose afectado presupuestalmente el egreso al Proyecto Pavimentación del jirón Florián Díaz y jirón Juan B. Rosadio y Construcción de Palacio Municipal, no existiendo evidencia de que se haya contratado a un ter- cero para la tramitación del préstamo ni informe sobre el supuesto trabajo desempeñado, por lo que se presume que hubo una disposición indebida de esta suma de di-nero; hechos que constituyen indicios de la comisión del delito de Peculado, previsto y penado en el Artículo 387º del Código Penal; Que, asimismo la Comisión de Auditoría ha determi- nado que como resultado de la unión de los expedientes técnicos de las obras "Pavimentación del jirón Florián Díaz y jirón Juan B. Rosadio" en un solo proyecto, los cuales originalmente estaban aprobados en forma independiente, la duplicidad de pagos por concepto de Obras Prelimina- res que comprende las partidas de Movilización de Maqui- narias y Herramientas e Instalaciones Provisionales, lo cual ha generado un perjuicio económico de S/. 7 916,35 (Siete mil novecientos diez y seis nuevos soles 35/100), que debe ser resarcido con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 1321º del Código Civil; Que, en atención a los hechos expuestos y habiéndose acreditado la existencia de indicios de comisión de delito y perjuicio económico - no recuperable en la vía adminis- trativa - como consecuencia de la acción de control practi- cada, cuya comisión involucra a autoridades y funciona- rios de la Municipalidad Distrital de Hualmay en ejercicio o que han desempeñado función pública en la misma; co- rresponde a la Contraloría General de la República proce- der conforme a sus atribuciones; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19º inci- so f) de la Ley del Sistema Nacional de Control - Decreto Ley Nº 26162, cuando en la ejecución directa de una ac- ción de control, encuentre daño económico o presunción de acto doloso, es deber de la Contraloría General de la República, disponer el inicio de las acciones judiciales res- pectivas; resultando, en tal sentido, necesario autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judi- ciales de la Contraloría General de la República, para que inicie las acciones legales contra los responsables com- prendidos en los Informes de Vistos; y, De conformidad con el Artículo 19º inciso f) de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge- neral de la República, para que en nombre y representa- ción del Estado, inicie las acciones legales correspondien- tes, por los fundamentos expuestos en la parte considera- tiva de la presente resolución, contra los presuntos res- ponsables comprendidos en los Informes de Vistos, remi- tiéndose para el efecto los antecedentes correspondien- tes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 10971 J N E Declaran improcedente pedido atípico de nulidad interpuesto contra la Res. Nº 972-2000-JNE RESOLUCIÓN Nº 213-2002-JNE Lima, 20 de junio de 2002 VISTO, el pedido atípico de nulidad de la Resolución Nº 972-2000-JNE formulado por doña Fredesvinda Var- gas Porras de Guido, quien fuera Regidora del Concejo Distrital de Surquillo, provincia y departamento de Lima, presentado el 14 de mayo del 2002; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 972-2000-JNE el Jurado Nacional de Elecciones declaró infundado el recurso de revisión interpuesto por doña Fredesvinda Vargas Porras