Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2002 (22/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 22 de junio de 2002

for Central Bank Researchers", organizado por el Study Center Gerzensee, una Fundacion del Banco Nacional de Suiza, el que se realizara en la MORDAZA de Gerzensee - Suiza; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado el Directorio en su sesion de fecha 4 de octubre de 2001; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje por estudios del senor MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Analista I de la Gerencia de Estudios Economicos, a la MORDAZA de Gerzensee - Suiza, del 23 al 29 de junio inclusive, a fin de participar en el curso indicado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje es como sigue: Pasaje US$ 1 902,14 Tarifa unica de aeropuerto US$ 25,00 ------------------Total US$ 1 927,14 Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. MORDAZA WEBB DUARTE Presidente 11000

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones contra presuntos responsables de la comision de delito de peculado y perjuicio economico en agravio de la Municipalidad Distrital de Hualmay
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 116-2002-CG MORDAZA, 18 de junio de 2002 Vistos, los Informes Especiales Nºs. 037 y 038-2002CG/LR, resultantes del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Hualmay, provincia de Huaura, departamento de MORDAZA, periodo enero 1999 - diciembre 2000; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de las denuncias formuladas por ciudadanos del distrito de Hualmay, provincia de Huaura y departamento de MORDAZA, este Organismo Contralor dispuso una accion de control en el citado municipio, por el periodo enero 1999 - diciembre 2000, acreditandose la respectiva Comision de Auditoria mediante Oficio Nº 116-2001-CG/SC; Que, como consecuencia de la accion de control efectuada en la Municipalidad Distrital de Hualmay, la Comision de Auditoria ha evidenciado que en merito al Memorandum Nº 172-99-ALC/MDH se giro un cheque a nombre del ex Jefe de la Unidad de Abastecimientos por la cantidad de S/. 4 000,00 (Cuatro mil nuevos soles 00/ 100), para el supuesto pago a un tercero a fin de que tramite la obtencion de un prestamo bancario, siendo dicha autorizacion irregular, por considerarse que este tramite forma parte de las funciones que corresponden desempenar a las unidades administrativas de la municipalidad; habiendose afectado presupuestalmente el egreso al Proyecto Pavimentacion del MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA B. MORDAZA y Construccion de Palacio Municipal, no existiendo evidencia de que se MORDAZA contratado a un tercero para la tramitacion del prestamo ni informe sobre el supuesto trabajo desempenado, por lo que se presume que hubo una disposicion indebida de esta suma de di-

nero; hechos que constituyen indicios de la comision del delito de Peculado, previsto y penado en el Articulo 387º del Codigo Penal; Que, asimismo la Comision de Auditoria ha determinado que como resultado de la union de los expedientes tecnicos de las obras "Pavimentacion del MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA B. Rosadio" en un solo proyecto, los cuales originalmente estaban aprobados en forma independiente, la duplicidad de pagos por concepto de Obras Preliminares que comprende las partidas de Movilizacion de Maquinarias y Herramientas e Instalaciones Provisionales, lo cual ha generado un perjuicio economico de S/. 7 916,35 (Siete mil novecientos diez y seis nuevos soles 35/100), que debe ser resarcido con arreglo a lo dispuesto en el Articulo 1321º del Codigo Civil; Que, en atencion a los hechos expuestos y habiendose acreditado la existencia de indicios de comision de delito y perjuicio economico - no recuperable en la via administrativa - como consecuencia de la accion de control practicada, cuya comision involucra a autoridades y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Hualmay en ejercicio o que han desempenado funcion publica en la misma; corresponde a la Contraloria General de la Republica proceder conforme a sus atribuciones; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 19º inciso f) de la Ley del Sistema Nacional de Control - Decreto Ley Nº 26162, cuando en la ejecucion directa de una accion de control, encuentre dano economico o presuncion de acto doloso, es deber de la Contraloria General de la Republica, disponer el inicio de las acciones judiciales respectivas; resultando, en tal sentido, necesario autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que inicie las acciones legales contra los responsables comprendidos en los Informes de Vistos; y, De conformidad con el Articulo 19º inciso f) de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en los Informes de Vistos, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 10971

JNE
Declaran improcedente pedido atipico de nulidad interpuesto contra la Res. Nº 972-2000-JNE
RESOLUCION Nº 213-2002-JNE MORDAZA, 20 de junio de 2002 VISTO, el pedido atipico de nulidad de la Resolucion Nº 972-2000-JNE formulado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quien fuera Regidora del Concejo Distrital de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, presentado el 14 de MORDAZA del 2002; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 972-2000-JNE el MORDAZA Nacional de Elecciones declaro infundado el recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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