Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2002 (22/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 22 de junio de 2002

Que, la Circular Nº B-2075-2000 establece que las solicitudes para la prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario la solicitud sera rechazada; Que, la indicada Circular establece la metodologia a seguir en el calculo de las provisiones a constituir por los inmuebles en referencia; asimismo, establece que la valuacion de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el Registro de Peritos Valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del Capitulo IV de la Resolucion SBS Nº 57297 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "C" mediante el Informe Nº DESF "C" 077-OT/2002, y con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 807-99, y en virtud de la Resolucion SBS Nº 034-2002; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco de Comercio proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Banco de Comercio debera proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las provisiones correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) ANEXO Relacion de inmuebles recibidos en dacion de pago de obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza al Banco de Comercio prorroga del plazo para su enajenacion (venta), conforme a lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular SBS Nº B-2075-2000.
MORDAZA de bien Inmueble Inmueble Descripcion / Ubicacion Situado en Av. MORDAZA Pena Nº 228, oficina 201 - Callao Ubicado en Av. Los Cipreses Nº 250 distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y Dpto. de Lima. Fecha de Adjudicacion 2002.6.22 2002.6.22 Valor MORDAZA en Libros (S/.) 244,346 1 074,000

Visto el Oficio Nº 145-2002-OASA recepcionado el 10 de junio de 2002, por cuyo intermedio el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares remite el informe tecnico de contratacion de servicio de publicidad para el MORDAZA de admision 2002-I de la UNAC; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 034-2002-CU de fecha 11 de MORDAZA del 2002, el Consejo Universitario, aprobo el cronograma del MORDAZA de Admision 2002 de la Universidad; Que, dentro de este contexto se hace necesario dar la debida difusion a este MORDAZA, debiendose para el efecto contratar los servicios de publicidad para este concurso hasta por la suma de $ 7,136.70 dolares americanos o su equivalente en moneda nacional de conformidad con el Informe Tecnico Nº 001-OASA-2002; Que, teniendo en cuenta la normatividad vigente por los costos que demanda esta contratacion ($ 7,136.70) deberia realizarse un MORDAZA de Adjudicacion Directa, pero de acuerdo con el D.S. Nº 071-2001-PCM establece que este MORDAZA de contrataciones se encuentra inmerso dentro de las causales de exoneracion estipuladas en el Articulo 19º inciso h) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendose ademas cumplir con el Art. 20º de la citada Ley y el Art. 113º de su Reglamento; Estando a lo glosado; al Informe Legal Nº 591-2002-AL de la Oficina de Asesoria Legal recepcionado el 11 de junio del 2002; al Decreto Legislativo Nº 909; a los Decretos Supremos Nºs. 012, 013 y 071-2001-PCM; y, en uso de las atribuciones que confieren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad y el 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º AUTORIZAR a la OFICINA DE ABASTECIMIENTOS Y SERVICIOS AUXILIARES realizar los servicios de contratacion de publicidad en diferentes medios de comunicacion, para el MORDAZA de Admision 2002-I, hasta por la suma de $ 7,136.70 incluido IGV o su equivalente en moneda nacional, el cual debe sujetarse conforme a Ley. 2º DISPONER que el egreso que origine la presente Resolucion se cargara a la Actividad 1-00199 "Desarrollo de la Educacion Universitaria", Componente 3-0498 "Desarrollo de la Ensenanza", Especifica del Gasto 39 "Otros Servicios a Terceros" con cargo a los recursos directamente recaudados de admision. 3º TRANSCRIBIR la presente Resolucion a los Vicerrectores, Facultades, Escuela de Postgrado, Oficina de Informacion y Relaciones Publicas, Oficina de Admision, Oficina de Auditoria Interna, Oficina de Asesoria Legal, Oficina de Archivo General y Registros Academicos, Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, Oficina General de Administracion, Oficina de Contabilidad y Presupuesto, Oficina de Tesoreria, interesados, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIALE Rector Universidad Nacional del Callao

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UNIVERSIDADES
Autorizan contratar servicios de publicidad en diferentes medios de comunicacion para el MORDAZA de admision 2002-I de la Universidad Nacional del Callao
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION RECTORAL Nº 342-02-R Callao, 11 de junio de 2002 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO:

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS
Establecen disposiciones para la aplicacion de gravamen adicional del 10% Ad Valorem CIF a productos originarios y procedentes de Venezuela
CIRCULAR Nº INTA-CR.42-2002 Callao, 20 de junio de 2002

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