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Pág. 225604 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de junio de 2002 INTERIOR Aceptan renuncia de Director de la Oficina de Asesoría Legal de la Direc- ción General de Gobierno del Minis- terio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1165-2002-IN/0901 Lima, 29 de junio del 2002 Visto, la carta de renuncia de 14 de junio de 2002, al cargo público de confianza de Director de Sistema Admi- nistrativo II F-3, Director de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Gobierno del Ministerio del In- terior, formulada por el Dr. EDUARDO CABRERA REYES; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 0957-2001-IN-0901 de 25 de setiembre de 2001, se designó al Dr. EDUARDO CABRERA REYES, en el cargo público de confianza de Director de Sistema Administrativo II F-3, Director de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Go- bierno del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funciona- rios Públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el Dr. EDUARDO CABRERA REYES, en el cargo público de confianza de Director de Sistema Administrativo II F-3, Di- rector de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección Ge- neral de Gobierno del Ministerio del Interior, a partir del 14 de junio de 2002, dándosele las gracias por los servicios prestados al Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 11649 JUSTICIA Autorizan a persona jurídica el funcionamiento de su "Centro de Con- ciliación Promotores de Paz y Bie- nestar", en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 146-2002-JUS Lima, 21 de junio de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 10812, de fecha 17 de abril de 2002, de la asociación denominada ASOCIACIÓN PROMOTORES DE PAZ Y BIENESTAR; CONSIDERANDO: Que la asociación denominada ASOCIACIÓN PROMO- TORES DE PAZ Y BIENESTAR, es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la fun- ción conciliadora; Que la mencionada asociación civil ha solicitado auto- rización para el funcionamiento del "Centro de Concilia- ción Promotores de Paz y Bienestar" su forma abreviada "Promoviendo Paz", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 29 de abril de 2002, se realizó la constatación res- pectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación;Que la recurrente cumple con los requisitos estable- cidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016- 2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funciona- miento de su Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1103-2002-JUS/ STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinen- te atender la solicitud de la asociación denominada ASO- CIACIÓN PROMOTORES DE PAZ Y BIENESTAR; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la asociación denominada ASOCIACIÓN PROMOTORES DE PAZ Y BIENESTAR, el funcionamiento de su Centro de Conciliación denomi- nado "Centro de Conciliación Promotores de Paz y Bien- estar" su forma abreviada "Promoviendo Paz", con sede en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicación de la Ley de Conciliación y su Reglamento, supervisará el correcto funcionamiento del Centro de Conciliación y aplicará, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Viceministro de Justicia 11564 RELACIONES EXTERIORES Nombran a embajador como Cónsul General del Perú en Shanghai, Repú- blica Popular China RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 230-2002-RE Lima, 28 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que el Consulado General del Perú en Shanghai , República Popular China, se encuentra vacante; De conformidad con los Artículos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República, de 24 de diciembre de 1996; literales a) y m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciem- bre de 1992; y el Artículo 169º del Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 0002-79- RE, de 17 de enero del año 1979; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al Embajador en el Ser- vicio Diplomático de la República, don Jaime Stiglich Bérninzon, Cónsul General del Perú en Shanghai, Repú- blica Popular China. Artículo Segundo.- La jurisdicción consular será la establecida en la Resolución Suprema Nº 527-2001-RE, de 8 de diciembre de 2001. Artículo Tercero.- Extenderle las Letras Patentes co- rrespondientes. Artículo Cuarto.- La fecha en que el mencionado fun- cionario diplomático deberá asumir funciones será fijada por Resolución Ministerial.