Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2002 (30/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 30 de junio de 2002

ronaves, helices o partes que la integran que operen para un poseedor de un AOC emitido por la DGAC; el cual debera obtener la aprobacion de la Autoridad Aeronautica del MORDAZA de matricula de la aeronave para su cumplimiento. 39.17 Directivas Tecnicas Extraordinarias y Normas Tecnicas Complementarias El cumplimiento y control de las Directivas Tecnicas Extraordinarias y Normas Tecnicas Complementarias son responsabilidad del explotador de la aeronave. Esta responsabilidad incluye que el explotador se agencie de la DGAC todas las Directivas Tecnicas Extraordinarias y Normas Tecnicas Complementarias publicadas y aplicables a su flota, al igual que mantener su vigencia. 11557

en los Articulos 88º y 164º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que cumplidos con los requisitos de inscripcion, el MORDAZA Nacional de Elecciones procede inmediatamente a efectuar la inscripcion provisional, la que se convierte en definitiva despues de resueltas las tachas que pudiera formularse dentro de los tres dias naturales siguientes a la publicacion de la presente resolucion o transcurrido dicho plazo sin que se MORDAZA formulado tachas, de conformidad con lo establecido en los Articulos 96º y 101º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones en cumplimiento de lo establecido en los numerales 2) y 3) del Articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru; RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir provisionalmente en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones a la organizacion politica nacional "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru - FREPAP "; asi como el simbolo que la identifica que consiste en la figura de color MORDAZA de un pescado, dentro de la cual se senala la sigla FREPAP en letras mayusculas, tal como se acompana en el anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Tengase presente el domicilio senalado por la organizacion politica inscrita provisionalmente ubicado en el MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 296 - Oficina 603, MORDAZA MORDAZA, distrito del Cercado, provincia de Lima; asi como la acreditacion del senor Yon MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero legal titular. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLENAS MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General

ORGANISMOS AUTONOMOS JNE
Disponen inscripcion provisional de la organizacion politica "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru - FREPAP" en el Registro de Organizaciones Politicas del JNE
RESOLUCION Nº 221-2002-JNE MORDAZA, 26 de junio de 2002 VISTO: El Expediente Nº 231-2002, iniciado con la solicitud de inscripcion en el Registro de Organizaciones Politicas de la organizacion politica nacional "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru - FREPAP", recibida el 2 de MORDAZA del ano 2002 y presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General de la organizacion politica nombrada; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el inciso b) del Articulo 88º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, para la inscripcion de una organizacion politica nacional en el Registro de Organizaciones Politicas, se requiere la MORDAZA de una relacion de adherentes no menor del 1% del total nacional de votantes que participaron en las elecciones generales del 8 de MORDAZA del ano 2001, cifra que equivale a 122,643 firmas de ciudadanos, segun lo determinado mediante la Resolucion Nº 636-2001-JNE de fecha 4 de setiembre del ano 2001; Que es de competencia del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la comprobacion de la autenticidad de las firmas y la numeracion de los documentos nacionales de identificacion correspondientes a los ciudadanos que se ha adherido a favor de la inscripcion de una determinada organizacion politica, de conformidad con el procedimiento establecido en los Articulos 91º y 92º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, modificados por el Articulo 10º de la Ley Nº 27369; Que de la comprobacion de las doscientos cuarenta y cinco mil novecientos noventa y tres (245,993) firmas de adherentes presentadas por la organizacion politica "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru - FREPAP", se tiene que dicha organizacion ha obtenido ciento veintitres mil sesenta y cinco (123,065) firmas de adherentes validas, segun los informes remitidos el 22 de MORDAZA del ano 2002 mediante Oficio Nº 239-2002-JEF/RENIEC; el 19 de junio del mismo ano mediante Oficio Nº 376-2002-JEF/RENIEC; y, el 24 de junio del presente ano mediante Oficio Nº 3902002-JEF/RENIEC; Que la organizacion politica "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru - FREPAP " ha cumplido con los requisitos exigidos para la inscripcion de una organizacion politica nacional en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, establecidos

ANEXO SIMBOLO DE LA ORGANIZACION POLITICA "FRENTE POPULAR MORDAZA FIA DEL PERU"

11624

Precisan funciones de Jurados Electorales Especiales de Huaral y MORDAZA Este en la inscripcion de organizaciones politicas y candidatos para las elecciones regional y provincial del ano 2002
RESOLUCION Nº 224-2002-JNE MORDAZA, 28 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que para el MORDAZA de elecciones regionales y municipales en curso, mediante Resolucion Nº 147-2002-JNE

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