Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2002 (09/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, sabado 9 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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aprobado por D.S. Nº 008-2000-MTC, propugnan la formalizacion de la actividad edificadora, buscando la legalizacion de las edificaciones ejecutadas MORDAZA del 20 de MORDAZA del ano 1999 y estableciendo un procedimiento especial para las edificaciones ejecutadas con posterioridad; Que, la Ley Nº 27333, en el numeral 8.1 del Articulo 8º, establece que las edificaciones que se construyan a partir de la vigencia de la Ley Nº 27157, sin cumplir con los procedimientos que esta establece, seran sancionadas con una multa equivalente al 10% del valor declarado de la obra, que constituye renta propia de la Municipalidad respectiva; Que, dada la dificil situacion economica por la que atraviesa la poblacion del distrito; y, habiendose detectado la existencia de un elevado numero de inmuebles edificados con posterioridad al 20 de MORDAZA del ano 1999, resulta indispensable implementar el dispositivo que haga posible la regularizacion de dichas edificaciones a un bajo costo; Que, de conformidad con la competencia normativa reguladora en la materia que senala la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias, el Concejo Municipal, por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- DECLARAR AMNISTIA DE LICENCIAS DE CONSTRUCCION EN EL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA, por un plazo de 90 dias calendario contados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, a todos los propietarios de inmuebles que han realizado edificaciones, ampliaciones y modificaciones sin la respectiva Autorizacion Municipal; en consecuencia, deberan proceder a su regularizacion SIN PAGOS DE LAS MULTAS Y MORAS que se hayan generado debido a la carencia de la Licencia de Obra. Articulo Segundo.- PRECISAR que las edificaciones que se pueden acoger a la presente Ordenanza seran las destinadas al uso de vivienda y/o comercio y servicios menores, entendiendose a estas ultimas como aquellas actividades cuyo valor predial de la edificacion que ocupan, no supere las seis Unidades Impositivas Tributarias (6 UIT). Articulo Tercero.- Aquellos casos que se encuentren en tramite, podran acogerse a los alcances de la presente Ordenanza, incluidos los que se hallen en la via coactiva. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, Direccion de Rentas y Ejecutor Coactivo, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 4533

007-AL-MDLA-2002, relacionados con declarar en Situacion de Urgencia, la Adquisicion de Insumos para el citado Programa correspondiente al periodo de dos meses; CONSIDERANDO: Que, mediante Acta de fecha 20 de febrero del 2002, los miembros integrantes del Comite de Administracion del Programa Vaso de Leche, conformada segun Ley Nº 27470, acordaron solicitar se declare en Situacion de Urgencia la adquisicion de Insumos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, peticion que formulan, debido a que los Procesos de Seleccion convocados con dicho proposito, se encuentran a la fecha, aun en tramite, al haberse declarado Desiertas las Primeras Convocatorias, impidiendo se atienda con la inmediatez que el caso amerita, al existir desabastecimiento de dichos insumos; Que, en efecto, con fecha 20 de diciembre del 2001, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, convoco la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2001/MDLA, para la adquisicion del producto MORDAZA Azucarada del Programa Vaso de Leche, correspondiente a los meses de setiembre, octubre, noviembre, diciembre y reintegro enero a MORDAZA del 2001; Que, de acuerdo al cronograma establecido en las correspondientes Bases, con fecha 10 de enero del 2002, se otorgo la Buena Pro del proceso; sin embargo, dicho resultado fue impugnado por una de las empresas postoras; Que, mediante Resolucion Nº 036-2002-MDLA/A, de fecha 30 de enero del 2002, se declaro Fundado el Recurso de Apelacion presentado; y, al haberse descalificado a una de las Empresas postoras, de conformidad con lo establecido por el Art. 32º del D.S. Nº 012-2001-PCM, se resolvio declarar Desierta la Primera Convocatoria de la Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2001-MDLA, al haber quedado valida una unica oferta, Resolucion que quedo firme y consentida al no haber sido impugnada ante el CONSUCODE; MORDAZA que se encuentra en tramite, en MORDAZA Convocatoria; Que, asimismo, con fecha 4 de febrero del 2002, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, convoco la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2002-MDLA, para la adquisicion del producto MORDAZA Azucarada del Programa Vaso de Leche, correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo del 2002; Que, de acuerdo al cronograma establecido en las respectivas bases, este MORDAZA de seleccion fue declarado, Desierto en Primera Convocatoria, al no existir en el Acto de MORDAZA y evaluacion de propuestas llevado a cabo el dia 18 de febrero del 2002, mas de una oferta valida; encontrandose igualmente, a la fecha en tramite la MORDAZA Convocatoria; Que, conforme a lo preceptuado por el Art. 113º del D.S. Nº 013-2001-PCM "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", se requirio el informe tecnico legal respectivo, sobre la peticion formulada, los mismos que fueron emitidos tanto por la Oficina de Contabilidad como de Asesoria Juridica de la Municipalidad; Que, en efecto, con Informe Nº 11-2002-MDLA/CONT, la Oficina de Contabilidad ha senalado que el Abastecimiento de alimentos para el Programa Vaso de Leche no se ha efectuado en los ultimos meses, debido a que los Procesos de Seleccion, Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2001-MDLA y Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0012002-MDLA han sido declarados desiertos por el Comite Especial Permanente de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantia, segun consta en el respectivo Libro de Actas; Que, senala asimismo, que se ha producido una acumulacion de fondos por el monto de S/. 234,301.14 nuevos soles, lo cual ha originado un desabastecimiento de producto al sector beneficiario (ninos de 0-6 anos y otros) con las consecuencias negativas que ello podria significar en el MORDAZA normal de su desarrollo; por lo que en dicho informe tecnico recomienda la adquisicion de insumos del Programa Vaso de Leche correspondiente a dos (2) meses, con lo cual se lograra normalizar la atencion a los beneficiarios de dicho programa, en forma inmediata, requiriendo para ello que el Concejo Municipal MORDAZA el Acuerdo, autorizando la ejecucion del mismo;

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA
Autorizan la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2002-MDLA La MORDAZA, 21 de febrero del 2002 VISTO: El Acta de fecha 20 de febrero del 2002 elaborada por los miembros del Comite de Administracion del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de La Arena; asi como los Informes Nº 11-2002-MDLA/CONT y Nº

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