Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2002 (09/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, sabado 9 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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OFICINAS REGISTRALES REGIONALES
Autorizan a persona natural ejercer cargo de martillero publico a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 291-2002-ORLC/JE MORDAZA, 6 de marzo de 2002 Visto, el expediente organizado por don MORDAZA UGAZ MORDAZA, sobre obtencion del titulo de Martillero Publico a nivel nacional y el Informe Nº 010-2002-ORLC/JER.MART. del 4 de marzo del 2002; emitido por el Registro de Martilleros Publicos; CONSIDERANDO: Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la SUNARP y de sus organos desconcentrados, modificado por el Decreto Supremo Nº 009-2000-JUS; con el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948; y con el Reglamento de Martilleros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema del 27 de MORDAZA de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeno del cargo de Martillero Publico a nivel nacional, segun se desprende de la documentacion que acompana su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolucion Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolucion Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las modalidades de garantia que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Publico, el recurrente ha optado por otorgar garantia efectiva a favor de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao hasta por Una y Media Unidades Impositivas Tributarias (UIT), mediante deposito administrativo Nº 2002009800952 del Banco de la Nacion; Que, de conformidad con el Articulo 3º concordado con el Articulo 6º de la Resolucion MORDAZA indicada, al inicio de cada semestre los Martilleros Publicos que desean continuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actualizar la garantia constituida a favor de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 185-96-SUNARP, la Resolucion Nº 022-95SUNARP, los Articulos 28º y 29º del Estatuto de la SUNARP aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS, y lo dispuesto por el Articulo 1º de la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 131-96-SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a don MORDAZA UGAZ MORDAZA, para ejercer el cargo de Martillero Publico a nivel Nacional, con sujecion a las leyes y disposiciones vigentes sobre la materia. Articulo Segundo.- Conceder a don MORDAZA Ugaz MORDAZA, la habilitacion correspondiente, a fin de que ejerza sus funciones durante el primer semestre del ano 2002. Articulo Tercero.- La presente Resolucion constituye el titulo respectivo al que se refiere el Articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Publicos de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao 4581

PROMPEX
Declaran nulidad de MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa publica para la contratacion de servicio de vigilancia
RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 025-2002-PROMPEX/PCD MORDAZA, 5 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 001-2002-PROMPEX/GG, se designo a los miembros titulares y suplentes del Comite Especial encargado de llevar a cabo el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-PROMPEX, para la contratacion del servicio de vigilancia de las instalaciones de PROMPEX; Que, mediante Resolucion Nº 003-2002-PROMPEX/GG, se aprobaron las bases para el referido MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-PROMPEX; Que, de la revision de las Bases se han detectado errores referidos a los factores de evaluacion y calificacion de los postores, que comprometen el MORDAZA de seleccion, como es el caso del factor referido al postor, Antecedentes y experiencia. Tiempo en la Actividad, el mismo que esta dividido en: de 1 a 5 anos (9 puntos), de 5 a 10 anos (12 puntos) y de 10 a 15 anos (15 puntos), donde se aprecia que si un postor tiene 5 anos, tendria dos puntajes (9 o 12 puntos); lo mismo sucede si tendria 10 anos (12 o 15 puntos); Que, respecto al factor de evaluacion de infraestructura, se otorga un puntaje mayor al postor que cuenta con inmuebles propios, en lugar de alquilados, criterio que no resulta razonable, toda vez que la infraestructura propia o alquilada del postor no tiene ninguna relacion con la calidad del servicio que se solicita contratar y por ende no puede constituir un factor de calificacion, puesto que ello contravendria con lo dispuesto en el tercer parrafo del numeral 1 del Articulo 40º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, que prohibe expresamente el establecer caracteristicas, especificaciones, requerimientos tecnicos o factores de evaluacion desproporcionados o incongruentes con relacion al objeto de la convocatoria; Que los hechos MORDAZA senalados contravienen con las normas establecidas en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento, toda vez que se han establecido criterios que vulneran el MORDAZA de trato MORDAZA e igualitario, senalado en el Articulo 3º de la referida Ley, asi como lo dispuesto en el Articulo 4º, numeral 1 de su reglamento, al establecer factores de evaluacion desproporcionados e incongruentes con el servicio solicitado; De conformidad con lo establecido en el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Articulo 26º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar la nulidad del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002-PROMPEX, por las consideraciones senaladas en la parte resolutiva de la presente resolucion. Articulo 2º.- Facultar al Comite Especial designado mediante Resolucion Nº 001-2002-PROMPEX/GG, a que proceda a elaborarlas nuevas Bases para el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2002PROMPEX. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PENDAVIS MORDAZA Presidente Comision para la Promocion de Exportaciones 4713

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