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Pág. 219058 NORMAS LEGALES Lima, sábado 9 de marzo de 2002 RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Javier Poggi Campodónico, Gerente de Estudios Económicos, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 13 al 16 de marzo de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento del presente dispositivo legal, según se indica, se- rán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Superin- tendencia de Banca y Seguros, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$765,76 Viáticos 600,00 Tarifa CORPAC 25,00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Adua- na de cualquier clase o denominación a favor del funciona- rio cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente de Banca y Seguros (e) 4668 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ESSALUD Autorizan arrendar ambientes y servi- cios conexos del Hospital Honorio Del- gado mediante proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 062-PE-ESSALUD-2002 Lima, 1 de marzo del 2002 VISTA: La solicitud presentada por la Gerencia de Red Asisten- cial Arequipa para que se exonere el arrendamiento de los ambientes hospitalarios del Hospital Honorio Delgado del Ministerio de Salud y los servicios conexos, del proceso de Adjudicación Directa Pública, al amparo del inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 012-2001-PCM; CONSIDERANDO: Que, el 23 de junio del 2001, ocurrió un sismo de gran escala en la zona sur del país, afectando la infraestructura de algunos centros asistenciales, entre ellos el Hospital Nacional Alberto Seguín Escobedo; Que, de acuerdo al Informe Técnico que sustenta la exoneración, debido a los trabajos de reparación en la in- fraestructura del Hospital Nacional Alberto Seguín Esco- bedo, es necesario, por un período de seis (6) meses, tras- ladar fuera de allí 100 camas, y reubicar una sala de ope- raciones, lo cual implica también contar con servicios com- plementarios como lavandería, estacionamiento y uso de ascensor en forma exclusiva; Que, según el referido Informe Técnico, el único que tiene la capacidad inmediata de atender íntegramente los requerimientos de ambientes y servicios para el traslado temporal que se proyecta, es el Hospital Honorio Delgado del Ministerio de Salud; Que, el arrendamiento de los ambientes del Hospital Honorio Delgado del Ministerio de Salud y los servicios conexos asciende a la suma de S/.38,000.00 mensuales, por lo que en función a los topes establecidos en el nume-ral 1.2.3.2 de la Directiva Nº 001-2002/FONAFE, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 002-2001/020-FONA- FE, correspondería la realización de una Adjudicación Di- recta Pública; Que el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 102-2001-PCM, esta- blece que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa las ad- quisiciones y contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos; Que, conforme a lo indicado en el Informe Técnico, los ambientes del Hospital Honorio Delgado del Ministerio de Salud y los servicios conexos, en cuanto a su capacidad y disponibilidad de los servicios requeridos, no pueden ser sustituidos por otros ubicados en la misma zona; Que, en ese sentido, la realización de una Adjudicación Directa Pública para el arrendamiento de dichos ambientes y los servicios conexos no cumpliría función alguna, toda vez que los mismos no admiten sustitutos, esto es, se trata de los únicos ambientes en la zona que permiten satisfa- cer las necesidades de la Institución y que, además, son arrendados por un único proveedor - el Hospital Honorio Delgado del Ministerio de Salud; Que, al haberse configurado la causal prevista en el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, resulta procedente exonerar el arrendamiento de los ambientes del Hospital Honorio Delgado del Ministerio de Salud y los servicios conexos, de la realización de una Adjudi- cación Directa Pública; en consecuencia, corresponde realizar una Adjudicación de Menor Cuantía, tal como lo dispone el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el Artí- culo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM; Que, según el Artículo 20º inciso a) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la exoneración de licitación pública, concurso público o adjudicación directa debe ser aprobada por resolución del Titular de la Entidad; Que, de acuerdo con el Artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, concordado con el Artículo 2º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Presidente Ejecu- tivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titu- lar del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde apro- bar la exoneración; Que, el Artículo 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median- te Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que el Titu- lar de la Entidad determinará la dependencia u órgano que se encargará de realizar la adquisición o contratación exo- nerada; En uso de las atribuciones conferidas, SE RESUELVE: 1º.- Exonerar el arrendamiento de los ambientes del Hospital Honorio Delgado del Ministerio de Salud y los ser- vicios conexos, del proceso de Adjudicación Directa Públi- ca; autorizando que el mismo se realice a través del proce- so de Adjudicación de Menor Cuantía, por un período de seis (6) meses y por un valor referencial total de S/. 228,000.00 (doscientos veintiocho mil y 00/100 nuevos soles). 2º.- Disponer que la Gerencia de Red Asistencial Arequi- pa se encargue de realizar la presente contratación vía Adjudicación de Menor Cuantía. 3º.- Disponer que la Secretaría General haga de conoci- miento de la Contraloría General de la República la pre- sente resolución, dentro del plazo establecido por la Ley. 4º.- Disponer que la Secretaría General haga de conoci- miento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud y de la Gerencia Central de Finanzas la presente resolución.