Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2002 (09/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, sabado 9 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 219059

5º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CERRO Presidente Ejecutivo ESSALUD 4575

FONCODES
Autorizan contratacion de procuradores adjuntos mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia
RESOLUCION DE LA DIRECCION EJECUTIVA Nº 056-2002-FONCODES/DE MORDAZA, 5 de marzo de 2002 VISTO: El Informe Nº 005-2002-FONCODES/GAF-SGL de fecha 25 de febrero del 2002, Informe Nº 031-2002-FONCODES/GPyS de fecha 15 de febrero del 2002, y el Informe Legal Nº 093-2002-FONCODES/GAL de fecha 1 de marzo del 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 165-2001-JUS publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de MORDAZA de 2001, se designo a los doctores MORDAZA Narcizo Chac y MORDAZA MORDAZA Steer Polack como Procuradores Adjuntos del Procurador Ad Hoc doctor MORDAZA MORDAZA Paz Hume designado por Resolucion Suprema Nº 003-2001JUS; Que, mediante Informe Nº 005-2002-FONCODES/ GAF-SGL, la Subgerencia de Logistica solicita exonerar la contratacion de los procuradores adjuntos MORDAZA senalados del MORDAZA de seleccion correspondiente, al reunir las caracteristicas previstas en el Articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decretos Supremos Nºs. 071 y 128-2001-PCM, por cuanto se trata de personas que cuentan con determinada calidad y sobre las cuales el requisito esencial es la persona de los locadores, en la medida que dichos servicios solo pueden ser prestados por dichos funcionarios al haber sido designados expresamente por Resolucion Suprema, pudiendo ser contratados conforme al procedimiento establecido en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y normas concordantes; Que, de conformidad con lo previsto por el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y concordado con los Articulos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones de servicios personalisimos, procediendo su contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia conforme a lo establecido por el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Articulo 111º del Reglamento MORDAZA senalado, modificado por Decretos Supremos Nºs. 071 y 128-2001PCM, establece las condiciones que deben reunir las contrataciones de servicios personalisimos, senalando que estos se celebran con personas naturales o juridicas cuando para dichas contrataciones se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte, u oficio;

Que, mediante Informe Nº 031-2002-FONCODES/ GPyS del Vistos, concordado con el Memorandum Nº 0752002-FONCODES/GAF de fecha 12 de febrero del 2002, se emite la disponibilidad presupuestal, entre otros, para la contratacion de los servicios a que se refiere la presente Resolucion por el monto de S/. 124,000.00, del 1 de marzo y hasta el 31 de diciembre del 2002, precisandose que el financiamiento se efectua con cargo a la fuente Recursos Ordinarios; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Sistemas, Subgerencia de Logistica y Gerencia de Asesoria Legal; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, y en uso de las atribuciones establecidas en los literales q) y o) del numeral 4.2.2 del Manual y Reglamento de Organizacion y Funciones de FONCODES respectivamente y el Art. 24º literal n) del Estatuto de FONCODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 05793-PCM; RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar la contratacion de los doctores MORDAZA Narcizo Chac y MORDAZA MORDAZA Steer Polack como Procuradores Adjuntos al Procurador Ad Hoc de la Institucion, del MORDAZA de seleccion correspondiente, autorizando que la contratacion de dichos profesionales que tienen el caracter de personalisimos, se efectue mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia a que se refiere el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y normas concordantes. Articulo 2º.- Precisar que el valor referencial de la contratacion asciende hasta la suma de S/. 124,000.00 Nuevos Soles, del 1 de marzo y hasta el 31 de diciembre del 2002, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas, a traves de la Subgerencia de Logistica, efectue la publicacion de la presente Resolucion, y asimismo, remita una MORDAZA de la misma y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme lo establece el Articulo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM que aprueba el Reglamento y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respectivamente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRANCKE BALLVE Director Ejecutivo 4618

INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU
Precisan articulo de la Res. Nº 151-IGP/ 01 en lo referido al valor referencial para la ejecucion de obras civiles del Laboratorio Central de Mayorazgo
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 019-IGP/02 MORDAZA, 11 de febrero del 2002 Visto el Informe del Comite Especial Nº 002-CE-MAYORAZGO para la ejecucion de la Obra "Construccion del Laboratorio Central de Mayorazgo" y los informes tecnico y legal, respectivamente;

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