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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2002 (11/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 219116 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de marzo de 2002 Artículo 3º.- Para efectos del Crédito contra el Im- puesto a la Renta, previsto en el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF, se considera el costo computable equiva- lente a S/. 114 269,00 (Ciento Catorce Mil Doscientos Sesenta y Nueve y 00/100 Nuevos Soles), según Decla- ración Jurada de Donación en Especie de fecha 11 de julio de 2001. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de la comprobación posterior que corresponda efectuar a la Superintendencia Nacional de Administración Tribu- taria - SUNAT. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 4744 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 084-2002-EF Lima, 8 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Empresa Financiera CMR S.A. ha efectuado una donación a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI- consistente en frazadas, que serán destinadas como ayuda para los damnificados del sis- mo ocurrido el 23 de junio del presente año en el sur del Perú; De conformidad con lo dispuesto por el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99- EF; el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, apro- bado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF y el Decreto Supremo Nº 124-2001-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y Aprobar, la donación efectua- da por la Empresa Financiera CMR S.A., a favor del Ins- tituto Nacional de Defensa Civil -INDECI- consistente en 7 000 frazadas capullo 2 x 1.30 (popular), 1 778 fraza- das capullo 1 ½ (plaza) y 222 frazadas ribeteadas 1 ½ (plaza), según Carta de Donación de fecha 25 de junio de 2001 y Declaración Jurada sin fecha. Dicha donación será destinada como ayuda para los damnificados del sismo ocurrido el 23 de junio del presente año en el sur del Perú. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF y el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, apro- bado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Artículo 3º.- Para efecto del Crédito contra el Im- puesto a la Renta, previsto en el numeral 1) del inciso d)del Artículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF, se considera el costo computable equiva- lente a S/. 74 682,30 (Setenta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Dos y 30/100 Nuevos Soles), según Decla- ración Jurada sin fecha. Lo dispuesto en este artículo se aplica sin perjuicio de la comprobación posterior que corresponda efectuar a la Superintendencia Nacional de Administración Tribu- taria - SUNAT. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Su- prema a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 4745 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 085-2002-EF Lima, 8 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Compañía Industrial Nuevo Mundo S.A. ha efectuado una donación a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI- consistente en pantalones desti- nados como ayuda para los damnificados del sismo ocurrido el 23 de junio de 2001 en el sur del Perú; De conformidad con lo dispuesto por el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99- EF; el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, apro- bado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF y el Decreto Supremo Nº 124-2001-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y Aprobar, en vía de regulari- zación, la donación efectuada por la Compañía Indus- trial Nuevo Mundo S.A., a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI- consistente en 200 pantalones, según Carta de Donación de fecha 11 de julio de 2001. Donación destinada como ayuda para los damnificados del sismo ocurrido el 23 de junio de 2001 en el sur del Perú. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99- EF y el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, apro- bado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF. Artículo 3º.- Para efecto del Crédito contra el Im- puesto a la Renta, previsto en el numeral 1) del inciso d) del Artículo 88º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF, se considera el costo computable equiva- lente a S/. 5 329,28 (Cinco Mil Trescientos Veintinueve y 28/100 Nuevos Soles), según Declaración Jurada de fe- cha 9 de julio de 2001.