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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MARZO DEL AÑO 2002 (11/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 219128 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de marzo de 2002 2. dentro del territorio de cualquier Estado Parte en el presente Convenio debido a que ese Estado Parte en uno o más de los instrumentos mencionados en los apar- tados a) y e) anteriores. Artículo 56 - Estados con más de un sistema jurídico 1. Si un Estado tiene dos o más unidades territoriales en las que son aplicables diferentes sistemas jurídicos con relación a cuestiones tratadas en el presente Conve- nio, dicho Estado puede declarar en momento de la fir- ma, ratificación, aceptación, aprobación o adhesión que el presente Convenio se extiende a todas sus unidades territoriales o únicamente a una o más de ellas y podrá modificar esta declaración presentando otra declaración en cualquier otro momento. 2. Esas declaraciones se notificarán al Depositario e indicarán explícitamente las unidades territoriales a las que se aplica el Convenio. 3. Respecto a un Estado Parte que haya hecho esa declaración: a) las referencias a "moneda nacional" en el Artículo 23 se interpretarán como que se refiere a la moneda de la unidad territorial pertinente de ese Estado; y, b) la referencia en el Artículo 28 a la "ley nacional" se interpretará como que se refiere a la ley de la unidad territorial pertinente de ese Estado. Artículo 57 - Reservas No podrá formularse ninguna reserva al presente Con- venio, salvo que un Estado Parte podrá declarar en cual- quier momento, mediante notificación dirigida al Deposi- tario, que el presente Convenio no se aplicará: a) al transporte aéreo internacional efectuado directa- mente por ese Estado Parte con fines no comerciales respecto a sus funciones y obligaciones como Estado soberano; ni b) al transporte de personas, carga y equipaje efectua- do para sus autoridades militares en aeronaves matricu- ladas en ese Estado Parte, o arrendadas por éste, y cuya capacidad total ha sido reservada por esas autoridades o en nombre de las mismas. EN TESTIMONIO DE LO CUAL los plenipotenciarios que suscriben, debidamente autorizados, firman el pre- sente Convenio. HECHO en Montreal el día veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y nueve en español, árabe, chino, francés, inglés y ruso, siendo todos los textos igualmen- te auténticos. El presente Convenio quedará depositado en los archivos de la Organización de Aviación Civil Inter- nacional y el Depositario enviará copias certificadas del mismo a todos los Estados Partes en el presente Conve- nio, así como también a todos los Estados Partes en el Convenio de Varsovia, el Protocolo de La Haya, el Con- venio de Guadalajara, el Protocolo de la ciudad de Gua- temala y los Protocolos de Montreal. 4748 SALUD Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Escuela Nacio- nal de Salud Pública "Mario León Ugar- te" para el ejercicio 2002 ESCUELA NA CIONAL DE SALUD PÚBLICA "DR. MARIO LEÓN UGAR TE" RESOLUCION JEF ATURAL N° 0010-2002-ENSAP/J Lima, 16 de enero del 2002VISTO: El expediente presentado por la Dirección Ejecuti- va de Logística de la Dirección General de Adminis- tración de la Escuela Nacional de Salud Pública “Dr. Mario León Ugarte” que contiene el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal del año 2002; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7° del Texto Unico Ordenado-TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, así como los Artículos 5°,6° y 7° del Re- glamento de la Ley en referencia, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, establecen que cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones, el mismo que deberá pre- ver el tipo de bienes, servicios y obras que se re- querirán durante el presente ejercicio, debiendo de- terminar la modalidad de adquisición, en concordan- cia con lo establecido por la Ley N° 27573 del Pre- supuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2002; Que, la Dirección Ejecutiva de Logística de la Direc- ción General de Administración de la Escuela Nacional de Salud Pública (ENSAP) “Dr. Mario León Ugarte” ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes correspondiente al Ejercicio Fiscal 2002, en el que se consigna los bienes y servicios que deberán adquirir- se durante el ejercicio presupuestal 2002, mediante los diversos procesos de selección requeridos por la Es- cuela Nacional de Salud Pública, consignados en el anexo 1; Que, el numeral 4 del Artículo 7° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013- 2001-PCM, establece que el Plan Anual aprobado deberá encontrarse a disposición de los interesados en la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la entidad y en la página Web de ésta, debiendo además remitirse a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa –PROM- PYME; Que, en tal sentido, es necesario oficializar la vigen- cia y cumplimiento del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Escuela Nacional de Salud Públi- ca “Mario León Ugarte” , en aplicación a las normas glo- sadas precedentemente; De conformidad con el TUO de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, la Directiva N° 022-2001-CONSUCODE/ PRE, aprobado por la Resolución N° 200-2001-CONSUCO- DE/ PRE; en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el “Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de la Escuela Nacional de Salud Pública “ Mario León Ugarte” para el Ejercicio Fiscal 2002” que consta en el Anexo 1, el mismo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer que el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones, a que se refiere el artículo an- terior, sea puesto a disposición del público en la Direc- ción Ejecutiva de Logística, y se remita en el plazo máxi- mo de diez (10) días de aprobado al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado-CONSU- CODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa-PROMPYME, publicándose la presen- te resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese, JAIME ADOLFO CABRERA VALENCIA Jefe