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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2002 (18/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 219488 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de marzo de 2002 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Precisan disposiciones municipales que deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano ORDENANZA Nº 366 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión de fe- cha, de acuerdo con lo informado por la Oficina Gene- ral de Asuntos Jurídicos en su Informe Nº 292-2002- MML-OGAJ y lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 032- 2002-MML/CEPP;Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PRECISA LAS DISPOSICIONES MUNICIPALES QUE DEBEN SER PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Artículo Primero.- Se publicarán en el Diario Oficial El Peruano las siguientes normas que emita la Municipalidad Metropolitana de Lima: a)Las Ordenanzas. b)Los Edictos. c)Los Acuerdos de Concejo cuando así lo disponga el propio Acuerdo. d)Los Decretos de Alcaldía que generen obliga- ciones a los administrados, establezcan normas de eje- cución de Ordenanzas, o las Reglamenten o tengan carácter general. Artículo Segundo.- Las Resoluciones de Concejo de Alcaldía o de cualquier otro órgano de la Municipalidad se publicarán cuando así se disponga en su propio texto.Tipo de Infracción Criterio Calificación UIT’s Aplicable 20. No reparación dentro de los tiempos de respuesta Por cada día Grave 7 señalados por OSITRAN de los daños ocasionados a las de instalaciones incumplimiento 21. Falta de equipos de seguridad, vestimenta adecuada Cada vez que Grave 45 y otros se compruebe 22. Ejecutar el Contrato de Operación celebrado con el Cada vez que Muy Grave 130 Operador Principal en contra de las disposiciones ocurra establecidas en el contrato de concesión 23. Ejecutar el Contrato de Colaboración Empresarial Cada vez que Muy Grave 130 celebrado con CORPAC S.A. en contra de las ocurra disposiciones establecidas en el contrato de concesión 24. Incumplimiento a que se refiere el Numeral 15.2.1.1. Cada vez que Grave 45 ocurra 25. Incumplimiento a que se refiere el Numeral 15.2.1.2. Cada vez que Grave 45 ocurra 26. Incumplimiento a que se refiere el Numeral 15.2.1.3. Cada vez que Grave 45 ocurra 27. Incumplimiento a que se refiere el Numeral 15.2.1.4. Cada vez que Grave 45 ocurra 28. Incumplimiento a que se refiere el Numeral 15.2.1.5. Cada vez que Grave 45 ocurra 29. Incumplimiento a que se refiere el Numeral 15.2.1.6. Cada vez que Grave 45 ocurra 30. Incumplimiento a que se refiere el Numeral 15.2.1.7. Cada vez que Grave 45 ocurra 31. No cumplir con realizar la transferencia de las Mejoras Por cada día Grave 7 en la forma y plazo señalada en el contrato de retraso 32. No cumplir con mantener la cuenta de activos Por cada día Grave 7 intangibles a que se refiere el numeral 5.7.1. del contrato de retraso de concesión 33. No mantener como ciertas las declaraciones Cada vez que Muy Grave 130 efectuadas por el concesionario al Concedente en el ocurra contrato 34. No realizar las acciones a su cargo en materia de Cada vez que Grave 45 solución de controversias, de conformidad con el contrato ocurra 35. Incumplir con sus obligaciones en materia de Cada vez que Muy Grave 130 confidencialidad de conformidad con el contrato ocurra 36. No dirigir sus solicitudes de modificación contractual u Cada vez que Muy Grave 130 otras a OSITRAN, en los casos que el contrato así lo ocurra establezca 37. No cumplir con sus obligaciones con las entidades del Cada vez que Grave 45 Estado que realizan funciones en el Aeropuerto en contra ocurra de lo dispuesto por el contrato 38. No cumplir con sus obligaciones en materia de Cada vez que Grave 45 propiedad intelectual a favor del Concedente, de ocurra conformidad con lo establecido en el contrato 5086