Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2002 (20/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 20 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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documento una multa a favor de la entidad entre dos y cinco Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago; y, ademas, si la conducta se adecua a los supuestos previstos en el Titulo XIX Delitos Contra la Fe Publica del Codigo Penal, esta debera ser comunicada al Ministerio Publico para que interponga la accion penal correspondiente. (Ley Nº 27444, Articulo 32º, numeral 3). MORDAZA, 14 de marzo de 2002. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Comision R.M. Nº 001-2002-ED 5261

Articulo 3º.- La Comision de Concertacion, debera solicitar la participacion de los Sectores e Instituciones pertinentes, a fin de realizar los estudios conducentes a la busqueda de soluciones para cada caso especifico a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 5215

ENERGIA Y MINAS
Constituyen Comision de Concertacion para resolver conflictos en actividades de la pequena mineria y mineria artesanal en areas reservadas y naturales protegidas o de Comunidades Nativas y Campesinas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 146-2002-EM/DM MORDAZA, 15 de marzo de 2002 Visto el Oficio Nº 558-2002-AG-SEGMA, de la Secretaria General del Ministerio de Agricultura; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27651, Ley de Formalizacion y Promocion de la Pequena Mineria y la Mineria Artesanal, se establece en la Legislacion Minera un MORDAZA legal que permitira la adecuada regulacion de actividades mineras desarrolladas por pequenos productores mineros y mineros artesanales, propendiendo la formalizacion, promocion y desarrollo de dicha actividad; Que, la Cuarta Disposicion Transitoria Final de la mencionada Ley, dispone que se conformara una Comision de Concertacion, integrada por representantes de los Sectores Agricultura y Energia y Minas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del Articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM y en la Ley Nº 27651; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir la Comision de Concertacion que se encargara de evaluar y resolver los conflictos que se suscitan por las actividades de la pequena mineria y mineria artesanal en areas reservadas y areas naturales protegidas, asi como en areas pertenecientes a Comunidades Nativas y Campesinas. Articulo 2º.- La Comision de Concertacion, estara integrada por los siguientes funcionarios:
Sector Agricultura: Sr. MORDAZA MORDAZA de Freitas Sr. MORDAZA Betancour Bosio Sector Energia y Minas: Ing. MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA Ing. MORDAZA Bonelli MORDAZA Director General de Mineria. Director General de Asuntos Ambientales. Director General de Areas Naturales Protegidas (INRENA) Asesor de la Alta Direccion del Ministerio de Agricultura.

Autorizan a procurador formular denuncia penal y otras acciones contra presunto responsable de la extraccion de mineral no metalico en agravio del Estado
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 147-2002-EM/DM MORDAZA, 15 de marzo de 2002 VISTO: el expediente sobre extraccion de mineral no metalico sin derecho alguno en agravio del Estado, en el area del petitorio minero denominado ARENERA PANDA codigo Nº 01-00153-92, ubicado en el paraje MORDAZA de MORDAZA, distrito de MORDAZA MORDAZA de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, de la investigacion realizada por la Direccion General de Mineria, se expidio la Resolucion Directoral de fecha 28 de enero de 2000, que declaro comprobada la extraccion de mineral no metalico sin derecho alguno en agravio del Estado, dentro del area del petitorio minero mencionado en el visto, efectuada por MORDAZA MORDAZA Mendoza; Que, contra la mencionada Resolucion Directoral, MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de revision, el mismo que fue declarado infundado por el Consejo de Mineria mediante Resolucion Nº 224-2000-EM/CM, de fecha 26 de junio de 2000; Que, del estudio y analisis del expediente administrativo, se ha determinado que existen indicios razonables de la comision de delito en agravio del Estado, por lo que es procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales contra MORDAZA MORDAZA Mendoza; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas y los Articulos 20º y 21º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado, formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitase al referido Procurador Publico los antecedentes de la presente Resolucion con transcripcion de la misma, para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 5214

Ing. MORDAZA MORDAZA Barcellos MORDAZA Jefe del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero (INACC) Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Asesora del Viceministerio de Minas.

Designan Agregado de Asuntos Energeticos a la Embajada del Peru en la Republica de Bolivia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 149-2002-EM/DM MORDAZA, 18 de marzo de 2002

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