Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2002 (20/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 20 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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Humano - PROMUDEH, a la MORDAZA MORDAZA, Bolivia, del 18 al 20 de marzo del 2002, para el fin expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, las funcionarias mencionadas en el Articulo 1º presentaran al Despacho Ministerial un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 5210

Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Procuraduria Publica del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, a la Procuraduria Publica del Ministerio de Educacion y demas organos que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 5211 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 178-2002-PROMUDEH MORDAZA, 15 de marzo de 2002 Vistos el Oficio Nº 544-2002-PROMUDEH/PP de fecha 25 de febrero del 2002, emitido por la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 092-2002-PROMUDEH de fecha 13 de febrero del 2002, se autorizo a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representacion de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales contra las personas mencionadas en el Informe Especial Nº 036-2001-02-0197 y los que resulten responsables, por hechos relacionados con el pago de estipendios del Programa Nacional de Alfabetizacion; Que la Septima Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 27573 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002 y el Decreto Supremo Nº 003-2002-ED, transfiere el Programa Nacional de Alfabetizacion del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano al Ministerio de Educacion, motivo por el cual a traves del documento de vistos la Procuradora Publica del PROMUDEH solicita se deje sin efecto la referida Resolucion Ministerial precisando que los procesos judiciales relacionados con dicho Programa fueron remitidos al Sector Educacion, para que la defensa del Estado sea asumida por su Procurador Publico; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto, en todos sus extremos la Resolucion Ministerial Nº 092-2002-PROMUDEH, que autorizaba a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representacion de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales contra las personas mencionadas en el Informe Especial Nº 036-2001-02-0197 y los que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Procuraduria Publica del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, a la Procuraduria Publica del Ministerio de Educacion y demas organos que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 5212

Dejan sin efecto las RR.MM. Nºs. 095 y 092-2002-PROMUDEH que autorizaron a procuradora iniciar acciones contra presuntos responsables de la comision de delitos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 177-2002-PROMUDEH MORDAZA, 15 de marzo de 2002 Vistos el Oficio Nº 702-2002-PROMUDEH/PP de fecha 6 de marzo del 2002, emitido por la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 095-2002PROMUDEH de fecha 13 de febrero del 2002, se autorizo a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representacion de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales contra las personas mencionadas en el Informe Especial Nº 044-2001-02-0197 y los que resulten responsables, por los hechos relacionados con el pago de estipendios del Programa Nacional de Alfabetizacion; Que la Septima Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 27573 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002 y el Decreto Supremo Nº 003-2002-ED, transfiere el Programa Nacional de Alfabetizacion del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano al Ministerio de Educacion, motivo por el cual a traves del documento de vistos la Procuradora Publica del PROMUDEH solicita se deje sin efecto la referida Resolucion Ministerial precisando que los procesos judiciales relacionados con dicho Programa fueron remitidos al Sector Educacion, para que la defensa del Estado sea asumida por su Procurador Publico; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto en todos sus extremos la Resolucion Ministerial Nº 095-2002-PROMUDEH, que autorizaba a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, para que en representacion de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales contra las personas mencionadas en el Informe Especial Nº 044-2001-02-0197 y los que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion.

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