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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2002 (20/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 219579 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de marzo de 2002 NOMBRE DE LA NÚMERO DE TN TAMAÑO SISTEMA DE EMBARCACIÓN MATRÍCULA DE MALLA PRESERVACIÓN PANAMÁ TUNA 9175028 1,320 250 mm (9.09 pulg) R.S.W. Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el Artículo 1º de la presente resolución caducará automáti- camente al vencer el plazo establecido en el citado artícu- lo, por incumplimiento de los pagos por concepto de dere- cho de explotación o por el cumplimiento de la cuota de esfuerzo pesquero que fije el Ministerio de Pesquería para la temporada de pesca. El permiso de pesca otorgado a través de la presente resolución podrá ser renovado auto- máticamente por un período igual con el pago de los co- rrespondientes derechos de pesca, siempre que se man- tenga la vigencia de los requisitos presentados para la ob- tención del permiso de pesca, conforme a lo establecido en numeral 7.4 del Reglamento de Ordenamiento Pesque- ro del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001- PE, modificado por Decretos Supremos Nºs. 038-2001-PE y 001-2002-PE. Artículo 3º.- Las operaciones de pesca que se autori- zan a través de la presente resolución están sujetas a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Ordena- miento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-PE, modificado por Decretos Supremos Nºs. 038-2001-PE y 001-2002-PE, normas sobre sanidad y medio ambiente y demás que le sean aplicables. Artículo 4º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, previo infor- me de la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de Pesquería, impedirá que la embarcación a que se refiere el Artículo 1º abandone aguas jurisdiccionales peruanas si al finalizar el plazo de vigencia de su permiso de pesca registrara alguna obligación pendiente frente al Ministerio de Pesquería derivada de las obligaciones de pesca autorizadas por la presente resolución. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución Di- rectoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNÁNDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 5217 PROMUDEH Oficializan Paneles Regionales "Esta- do de las Investigaciones en Violen- cia Familiar y Sexual", a realizarse en las ciudades de Trujillo, Ayacucho e Iquitos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 171-2002-PROMUDEH Lima, 15 de marzo de 2002 Vistos el Oficio Nº 099-2002-PROMUDEH/PNCVFS de fecha 7 de febrero del 2002, de la Subdirectora del Progra- ma Nacional contra la Violencia Familiar y Sexual del Mi- nisterio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Huma- no; CONSIDERANDO: Que mediante el documento de vistos, la Subdirectora del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano manifiesta que dentro de las actividades progra- mas se ha contemplado la realización de tres Paneles Regionales: "Estado de las Investigaciones en Violencia Familiar y Sexual", a realizarse los días 22 de marzo, 28 de junio y 27 de setiembre del año en curso en las ciudadesde Trujillo, Ayacucho e Iquitos respectivamente, por lo que solicita la oficialización de los mismos; Que el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desa- rrollo Humano tiene entre sus funciones promover el estu- dio e investigación sobre las causas de violencia familiar y sexual, y de las medidas a adoptarse para su corrección o prevención, por lo que en este contexto resulta procedente oficializar los mencionados eventos; Con la opinión favorable de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Administración de Recursos del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Hu- mano a través del Oficio Nº 294-2002-PROMUDEH/OGAR- OP; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministe- rio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Su- premo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Oficializar los Paneles Regiona- les: "Estado de las Investigaciones en Violencia Fami- liar y Sexual" a realizarse los días 22 de marzo, 28 de junio y 27 de setiembre del año en curso, en las ciuda- des de Trujillo, Ayacucho e Iquitos respectivamente, organizados por el Programa Nacional contra la Vio- lencia Familiar y Sexual. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BLONDET MONTERO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 5208 Autorizan viaje de funcionario a Costa Rica para participar en el "Encuentro Latinoamericano: Fomento de la Paternidad Responsable: Normas Lega- les y Políticas Públicas" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 172-2002-PROMUDEH Lima, 15 de marzo de 2002 Vistos el Oficio MCM-PE-132-02 de fecha 20 de febre- ro del 2002 de la Ministra de la Condición de la Mujer de Costa Rica y Presidenta Ejecutiva del INAMU; CONSIDERANDO: Que mediante el documento de vistos, la Ministra de la Condición de la Mujer de Costa Rica y Presidenta Ejecuti- va del INAMU, invita a la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano a participar del "Encuentro Latinoamericano : Fomento de la Paternidad Responsable: Normas Legales y Políticas Públicas" que se llevará a cabo los días 19 y 20 de marzo del 2002, en la ciudad de San José, Costa Rica; Que resulta importante la participación de un repre- sentante del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano en el referido evento con el objeto de conocer y analizar la Ley de Paternidad Responsable y la Política para el Fomento de la Paternidad Responsable de Costa Rica, sus implicaciones sociales, culturales y su contribución a la igualdad y equidad social y de género, resultando necesario en consecuencia autorizar el viaje del señor Econ. Julián Antezana Alvarado, Gerente de Desa- rrollo Humano del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, con la finalidad que asista al referi- do Encuentro; Que los pasajes y viáticos necesarios para el viaje del citado funcionario serán asumidos por el Fondo de Pobla- ción de las Naciones Unidas - UNFPA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PRO-