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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2002 (20/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 219572 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de marzo de 2002 Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Artículo 7º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Con- trol y la Resolución Ministerial Nº 439-2001-PE; Con la visación de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, de Administración y de Planificación y Presu- puesto; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Convenio Interinstitucional en- tre el Ministerio de Pesquería y el Fondo Nacional de De- sarrollo Pesquero (FONDEPES), para el desarrollo de ac- tividades y proyectos del FONDEPES, por la suma de SIE- TE MILLONES CUATROCIENTOS CINCO MIL CUATRO- CIENTOS OCHENTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ .7 405 481,00), con cargo al Presupuesto del Pliego 018: Ministerio de Pesquería, Fuente de Financiamiento: Recur- sos Directamente Recaudados, Año Fiscal 2002, los mis- mos que conjuntamente con el Programa de Actividades y Proyectos y Presupuesto forman parte integrante de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- Autorízase al Viceministro de Pesquería para que, en representación del Ministerio de Pesquería, suscriba el Convenio Interinstitucional que se aprueban en el artículo precedente. Artículo 3º.- Las Oficinas Generales de Administración, de Planificación y Presupuesto y de Auditoría Interna del Ministerio de Pesquería quedan facultadas a adoptar las acciones dentro de sus competencias, para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de las Actividades y Proyectos materia del presente Convenio, así como de la utilización racional de los recursos presupuestales y finan- cieros asignados en el marco de las normas de austeri- dad, racionalidad y transparencia en el gasto público. Artículo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución se afectará al Presupuesto del Pliego 018: Ministerio de Pesquería hasta por la suma de S/. 7 405 481,00, Fuente de Financiamiento: Recursos Di- rectamente Recaudados, Año Fiscal 2002, según detalle a nivel de Actividad y Proyecto por Fuente de Financiamien- to, Grupo Genérico del Gasto, para el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), que en anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería 5305 Autorizan contratar servicios de organi- zación de eventos y de hoteles para el desarrollo de reunión del Grupo de Tra- bajo de Pesquería - APEC 2002, median- te proceso de adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 099-2002-PE Lima, 18 de marzo del 2002 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo previsto en el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre- to Supremo Nº 012-2001-PCM, las contrataciones de ser- vicios personalísimos que correspondan a licitaciones y concursos públicos o adjudicaciones directas se encuen- tran exoneradas de los indicados procesos de selección, procediendo que se efectúen mediante una adjudicación directa de menor cuantía, conforme a lo establecido en el Artículo 20º de la misma norma; Que el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que son ser-vicios personalísimos aquellos celebrados con personas naturales o jurídicas en los que se haya tomado en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especia- les o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que en los Artículos 105º y 116º del referido Regla- mento se establecen los procedimientos a que deben so- meterse tales contrataciones, precisándose que en la re- solución exoneratoria deberá indicarse el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación, así como que, una vez aprobada ésta deberá realizarse a través de ac- ciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla con los requisitos establecidos en las Bases; Que el Ministerio de Pesquería está encargado de or- ganizar la Décimo Tercera Reunión del Grupo de Trabajo de Pesquería - APEC 2002, evento internacional que se realizará en la ciudad de Lima, entre los días 19 y 24 de mayo del 2002, que contará con la asistencia de represen- tantes de los veintiún miembros del APEC, que versará sobre temas de relacionados a la administración de las pesquerías, acuicultura, alcances de la Reunión Ministe- rial de Océanos y pestes acuáticas introducidas; Que el Grupo de Trabajo de Pesquería del FONDO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA DE ASIA PACIFICO - APEC, mencionado en el considerando anterior, se encar- ga de armonizar las políticas sectoriales y realizar segui- miento potencial a dicho sector, promoviendo el desarrollo sostenible de los recursos pesqueros y velar por su con- servación, desarrollo de la actividad de acuicultura soste- nible, búsqueda de soluciones de manejo pesquero, pro- moción de sanidad y calidad de productos pesqueros y desarrollo de comercio de los mismos; Que para el desarrollo del mencionado evento, se re- quiere -en primer lugar- contratar los servicios de asesoría de una empresa que cuente con amplia y reconocida ex- periencia en la organización de eventos internacionales, a fin de garantizar que la reunión mencionada cumpla los objetivos para los cuales ha sido planificada; Que a través del Oficio Nº 372-2002-PE/OGA e Infor- me Nº 002-2002-PE/OGAJ, se informa que el servicio de asesoría en organización de eventos será prestado por la empresa ROSMAR & Asociados S.A.C. la cual cuenta con amplia trayectoria y experiencia en la asesoría y consultoría en la organización de tales eventos internacionales, inte- grado por profesionales independientes, en número ade- cuado, que le permitirá prestar un eficiente servicio según los requerimientos del Ministerio; Que asimismo, se ha informado que para el desarrollo del evento mencionado se requiere contratar los servicios e instalaciones de un local como sede central del evento, el cual cuente con infraestructura de máxima seguridad y comodidad y esté ubicado fuera de una zona comercial de Lima, así como que tenga amplia y reconocida experiencia en la prestación de los referidos servicios; por ello, se ha determinado que el Country Club Lima Hotel reúne las ca- racterísticas mencionadas anteriormente, por ser un hotel de reconocido prestigio y tener experiencia como sede de eventos de talla internacional; Que, adicionalmente, se informa que es preciso contra- tar las instalaciones y servicios de hospedaje de un hotel de primera categoría en la Bahía de Paracas, para atender a la delegación de miembros del APEC que asistirán a la reunión, que incluya traslado ida y vuelta de Lima a Para- cas, así como una visita a las Islas Ballestas y a las plan- tas pesqueras y acuícolas; al respecto, conforme a lo in- formado, el Hotel Paracas de la Bahía de Paracas es la única instalación de primera categoría en la mencionada zona que permitirá atender de forma idónea a los partici- pantes del evento y ofrecer una recepción como cierre del evento internacional; Que para la contratación de tales servicios debe tomar- se en cuenta determinadas consideraciones personales y experiencia de las personas que los presten a efectos de garantizar la debida consecución de los objetivos del Mi- nisterio de Pesquería; Que lo expuesto en los citados informe y oficio, emiti- dos por las Oficinas Generales de Administración y Ase- soría Jurídica del Ministerio de Pesquería, respectivamente, se califica los servicios de asesoría para la organización de eventos de la empresa ROSMAR & Asociados S.A.C.,